STSJ Comunidad de Madrid , 1 de Marzo de 2000

PonenteENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA
ECLIES:TSJM:2000:2660
Número de Recurso2521/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Ltdo. D. Francisco Javier Lacosta Guindano Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 36.534 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 2521 de 1998 PONENTE Sr. Enrique Calderón de la Iglesia SENTENCIA N° 216 Presidente Ilmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres. Juan Ignacio González Escribano Dª. Laura Tamames Prieto Castro En Madrid a uno de marzo de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 2521 de 1998 interpuesto por el Letrado don Francisco Javier Lacosta Guindano en representación de la Congregación Religiosa Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, titular del Colegio "Sagrada Familia", contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 3 de noviembre de 1998 por la que se desestima el recurso de reposición formulado contra el acta de disconformidad n° 8253/97 incoada por la Inspección de Tributos por Impuesto sobre Actividades Económicas, por la actividad de Enseñanza de Educación Infantil; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut. La cuantía del recurso es de 102.354 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 4 de diciembre de 1998 contra el antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez- formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para inclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha de 29 de febrero de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Enrique Calderón de la Iglesia.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Discrepa la recurrente en la forma de aplicación en las actas incoadas por la Inspección de Tributos del Ayuntamiento de Madrid en cuanto a la aplicación del incremento del 25 por ciento previsto en la 2ª nota de las Comunes al Grupo 931 de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas por las actividades del Colegio Sagrada Familia de que es titular en la calle Basilio Paraíso n° 15, en cuanto a las actividades de Enseñanza de Educación General Básica y de Enseñanza reglada, con...

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