¿El acogimiento es siempre un paso previo a la adopción?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

Normalmente la mayoría de los acogimientos son de menores que se encuentran internados en instituciones de guarda y que no son susceptibles de adopción. Es precisamente en estos casos donde el acogimiento cumple su principal papel de protección en una familia como medio más adecuado que la institución.

Sin embargo, también cabe la posibilidad de acogimientos, que por las circunstancias del menor, puedan desembocar en una futura adopción. En realidad son tres las clases de acogimiento que están previstas en nuestro país:

  1. Acogimiento simple

    Es aquél que tiene carácter transitorio, bien porque en un tiempo prudente sea posible la reinserción del menor en la propia familia, o bien mientras se adopte una medida de carácter más estable, como la constitución de una tutela sobre el necesitado o el paso a un acogimiento de tipo más permanente.

  2. Acogimiento permanente

    Consiste en la inserción del menor en una familia debido a su edad o a otras circunstancias que así lo aconsejen. Considero que este es el acogimiento en sentido propio, como institución que en sí misma sirve para...

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