Acerca de los modelos político-criminales de reparación a la víctima: la responsabilidad civil ex delicto versus la reparación penal

AutorJosé Antonio Posada Pérez
CargoDoctor en Derecho
Páginas181-222
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 138, III, Época II, diciembre 2022, pp. 181-222
ACERCA
DE LOS MODELOS POLÍTICO-CRIMINALES
DE REPARACIÓN A LA VÍCTIMA:
LA RESPONSABILIDAD CIVIL EX DELICTO
VERSUS LA REPARACIÓN PENAL
Regarding political-criminal models
of victim reparation:
ex delicto civil liability versus criminal reparation
JOSÉ ANTONIO POSADA PÉREZ*
Fecha de aceptación: 15/10/2022
Fecha de aprobación: 18/11/2022
DOI: 10.14679/1952
RESUMEN: Este artículo pretende analizar dos paradigmas de la repara-
ción en vía punitiva. Particularmente, el tradicional modelo de respon-
sabilidad civil ex delicto versus el moderno sistema alemán de la tercera
vía. En esta contribución contrastaremos las ventajas e inconvenientes
de una aproximación con las de la otra. Finalmente, expondremos nues-
tras conclusiones del estudio.
PALABRAS CLAVE: Reparación, responsabilidad civil ex delicto,
Derecho penal, víctima, Derecho civil.
ABSTRACT: This article aims to analyze two paradigms of restoration in
criminal proceedings. Particularly, the traditional ex delicto civil liability
* Doctor en Derecho. Docente e investigador en Derecho penal. Universidad
Internacional de la Rioja (joseantonio.posada@unir.net). Universidad del Atlántico Medio
(joseantonio.posada@pdi.atlanticomedio.es). Universidad de Almería (jposadap@ual.es).
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model versus the modern German system of the third way. In this paper
we will contrast the advantages and disadvantages of one approach
with those of the other. Finally, we will present our conclusions from the
research.
KEYWORDS: Restoration, ex delicto civil liability, Criminal law, victim,
Derecho civil.
Sumario: I. Presentación de la problemática 1. Introducción y justifi-
cación del estudio 2. Objetivo, planteamiento metodológico y
aproximación. II. La reparación penal 1. Presentación, cau-
sas y antecedentes históricos 2. Principios fundamentadores
3. ¿Relación con las teorías de la pena? ¿y con la pena o medida
de seguridad en sí? 4. ¿Es o debe ser la reparación penal un fin en
sí mismo? 5. Sobre su incorporación al ordenamiento punitivo.
5.1 Argumentos a favor. 5.2 Argumentos en contra 6. Una breve
recapitulación del estado de la ciencia e influencia del AE-WGM.
III. La responsabilidad civil ex delicto 1. Antecedentes históri-
cos 2. Generalidades acerca del modelo 2.1 Lineamientos básicos
2.2 La construcción del sistema 2.2.1 Sobre la naturaleza ju-
rídica de la institución 2.2.2 El nacimiento de la responsa-
bilidad civil ex delicto y la estructura de la norma generadora
2.2.3 El contenido de la responsabilidad civil derivada de delito
3. Sobre las funciones político-criminales del modelo de respon-
sabilidad civil ex delicto 3.1 Opiniones doctrinales defensoras
del uso político-criminal 3.2 Opiniones doctrinales partidarias
de la economía procesal. IV. Análisis y contraste de los modelos
1. La responsabilidad civil “ex delicto”. 2. El Proyecto Alternativo
alemán. 2.1 Acerca de los argumentos a favor de su adopción.
2.2 Sobre los argumentos en contra de su adopción V. Conclusiones.
I. PRESENTACIÓN DE LA PROBLEMÁTICA
1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO
El debate sobre los modelos político-criminales de reparación a la
víctima del delito es, muy probablemente, una cuestión ya trasnochada
en nuestra producción científica. Ello se debe, casi con total seguridad, al
escaso interés que hoy despierta tal problemática en la doctrina. Tras un
considerable periodo de intenso estudio y atención, el tiempo y el esfuer-
zo dedicados a la investigación sobre este tema han decaído de manera
evidente. Por el contrario, el interés de los estudiosos ha ido acercándose
a otras cuestiones que, parece ser, revisten más actualidad y, en conse-
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cuencia, reciben prácticamente toda la atención de nuestros autores. De
cualquier forma, bien puede decirse que el número de contribuciones de
la doctrina española sobre la problemática relativa a la reparación en
sede penal se acentuó particularmente en aquellas fechas inmediatamen-
te posteriores a la presentación del Proyecto Alternativo alemán de 1992
o AE-WGM1. Este texto suponía una novedosa aproximación al papel de
la víctima del delito así como a la forma en la que concebir la reparación
en vía punitiva, aunque siempre desde el contexto histórico-jurídico y la
experiencia alemana, donde existía una separación muy pronunciada en-
tre las esferas punitivas y resarcitorias que dificultaban obtener una in-
demnización en vía criminal2. Por el contrario, lo cierto es que en nuestro
sistema, así como en el resto de ordenamientos de corte romanista, ya se
contaba con instituciones jurídicas bien consolidadas que tutelaban los
intereses de la víctima en el propio proceso penal en contraste con el mo-
delo germánico. En este orden de cosas, durante algún tiempo se discutió
en nuestra doctrina acerca de la conveniencia político-criminal de adop-
tar este modelo de reparación penal en nuestro ordenamiento, así como
sobre sus ventajas e inconvenientes. Con el tiempo, como decíamos, el
interés por este debate decayó y la atención de nuestra doctrina se dirigió
hacia otras cuestiones.
En este orden de cosas, ¿por qué se vuelve aquí a retomar el deba-
te acerca de esta problemática? Ante todo quisiéramos acentuar la im-
portancia que reviste la cuestión por sí sola. Así, se debe comenzar esta
justificación reconociendo que buena parte del objeto de estudio de las
ciencias jurídico-penales es casi siempre reconducible a los principios
fundamentadores del Derecho penal. En este sentido, también se debe
hacer valer que la estructura, función, contenidos y fundamentos del
Derecho penal propio del Estado moderno, en perspectiva histórica,
nacen precisamente con la inocuización de la víctima del delito. A par-
tir de la asunción exclusiva y excluyente del ius puniendi por parte del
Estado en régimen de monopolio, éste se atribuye la totalidad de la re-
gulación del tratamiento de la actividad criminal apartando a la vícti-
ma a un segundo plano y centrando su atención en el delincuente. En
1 Por todos, recalcando el interés científico del Proyecto, De Vicente Remesal, J.
(1997). “La consideración de la víctima a través de la reparación del daño en el Derecho
penal español: posibilidades actuales y perspectivas de futuro”, en Silva Sánchez, J. M.
(Ed.). Política criminal y nuevo Derecho Penal. Libro Homenaje a Claus Roxin, Bosch,
Barcelona, págs. 205-206.
2 Así, Roxin, C. (1991). “La reparación en el sistema jurídico-penal de sanciones”,
en Jornadas sobre la “Reforma del Derecho Penal en Alemania”, Consejo General del
Poder Judicial¸ Madrid, pp. 19-31.

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