Real Decreto 998/1989, de 28 de julio, por el que se autoriza al Instituto Nacional de Servicios Sociales para que acepte, a beneficio de inventario, el caudal hereditario dejado a su muerte por doña Pilar Benito Briongos, al haberlo nombrado heredero universal, a fin de que lo destine al mantenimiento de la Residencia de Pensionistas de Lardero (La Rioja).

MarginalBOE-A-1989-18730
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaria del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto
25086 Viernes 4agosto 1989 BOE
núm.
185
MINISTERIO
DE
TRANSPORTES,
TURISMO
Y
COMUNICACIONES
Ilustrísimo señor:
El
Real Decreto 1362/1988. de
11
de noviembre, por
el
que se
apru.eba
el
Plan Técnico Nacional de
la
Televisión Privada («Boletín
OfiCIal
~el
Estado» número 275. del
16),
establece en su disposición
final pnmera. punto 2. que corresponde
al
Ministro
de
Transportes.
Turismo
y
Comunicacíones
disponer
los ajustes
()
adaptaciones
técnicas
que resulten necesarias para resolver los problemas de incompatibilidad
radioelectrica que deriven de
la
ejecución del plan.
Por otra parte. el apartado 9.° del Plan Técnico Nacional de
la
TelevIsión Privada determina que las caractensticas técnicas que
se
señalan para los emplazamientos indicados en
el
anexo
11
estarán
sujetas alas modificaciones que pudieran derivarse de
lo
previs10
en
la
disposición final primera del citado Real Decreto. por el que se aprueba
el Plan Tecnico Nacional de
la
Televisión Privada, así
como
de los
procesos de coordinación internacional,
en
aplicación de los Acuerdos
Internacionales en la materia suscritos por
el
Estado español (Acuerdos
de
ESlúC'olmo
1961.
yGinebra 1963), además de aquellas que pudiesen
establecerse en aplicación de nuevos Acuerdos Internacionales. en el
marco de
la
Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Con objeto de resolver problemas de incompatibilidad radioeléctrica
den\-ados
de
la
ejecución del mencionado plan y-de los procesos de
coordinación internacional, es necesario realizar determinadas modifica-
ciones técnicas al Plan Técnico Nacional de
la
Televisión Privada
aprobado por Real Decreto 1362/1988, de
11
de noviembre. '
En
úrtud
de lo que antecede, dispongo;
Primero.-EI anexo II del Plan Técnico Nacional de
la
Televisión
Pri\-ada. aprobado por Real Decreto 1362/1988. de
11
de noviembre,
queda modificado
en
los siguientes términos:
18730
18729
ORDES
de 31
de
julio de
]989
por
la
qUl'
se mod(fica el
anexo JI del Plan Tecnico Xac/Olla! de
fa
Te/et'lslón
Pr¡rada,
MINISTERIO
DE
RELACIONES
CON
LAS
CORTES
YDE
LA
SECRETARIA
DEL
GOBIERNO
REAL
DECRETO
998/1989, de
28
de julio, por el que se
aUloriza
al
lnstÍluto Nacional de Servicios Sociales para
que acepte, abene/icío de inventario, el caudal hereditario
df'jado asu muerte por dona Pilar Benito Briongos,
al
haberlo nombrado heredero universal, afin de que
lo
destine
al
mantenimiento de
la
Residencia de Pensionistas
de Lardero
(La
Rioja).
Doña Pilar Benito Briongos, que falleció el día
17
de febrero de 1989
instituye heredero universal al Instituto Nacional de Servicios Sociales:
con el fin
de
que
destine Jos bienes de su herencia al mantenimiento de
la
Residencia de Pensionistas
de
Lardero
(La
Rioja), según se desprende
del testamento abierto otorgado
por
la citada señora
el
día 3de febrero
de
19~9,
ante
el
Notario
don
Antonio Ruíz
Cavijo
Laencina, del Ilustre
Coleg:¡o
de Burgos, con residencia en·
~roño.
El
Instituto Nacional
de
Servicios
SOCiales
informa
que
los bienes
de
la
citada señora se componen de
un
ajuar personal, sin valoraeión
econó~üca
alguna yuna cantidad en efectivo de 2.000,000 de pesetas,
aproXImadamente.
La Intervención General
de
la
SegU{idad Social ha informado
favorablemente el expediente de aceptación abeneficio de inventario de
la
herencia aUtulo universal.
En su
vinud,
de confotmidad con lo establecido en
eJ
número 8del
articulo
13
de
la
ley
33/1987,
de
23
de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 1988, y a tenor de lo dispuesto
en
el artículo
24
en
rela(:ióo con el artícuJo 19.3
del
peereto
10221
I964, de
15
de abriJ,
por
.el
Ql;'e
se apr:ueba el texto artIculado
de
la Ley de Bases del
Patnmomo
del Estado, yarticulo 55
en
relación con el 49.3 del
Reglamento para la apJícación de dicha
ley
apropuesta de los
Ministros de Trabajo ySeguridad Social yde Asuntos Sociales, previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de
julio
de 1989.
r'
EmpLalamienlo Columna objeto
de
modificación DoDdr dice Debe decir
Primera fase
145.62.65 I59,62.65
.\-ladrid·Torrespana Canales
Castellón-Desierto Segunda fase II
Desplazamiento portadora. 4P,4PAP OAPAP
Salamanca·Teso Canales . __
_.
_..
22.25.28 29,60,63
Salamanca·Teso
..
Desplazamiento portadora. I
O.
O.
O8P.8P,SP
Ponteyedra-Tomba. Desplazamiento portadora. '
O. O.
OO,gp,SP
Se-gundo.-La presente Orden entrará en vigor
el
día siguiente
al
de
su publicacíón en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a
V.
I. para su conocimiento yefectos oportunos.
~1adnd.
31
de
julio
de 1989.
BARR10"iUEVO
PE>;;
A
Ilmo.
Sr.
Secretario genera! de Comunicaciones.
BUi
DISPONGO;
Artículo linico.-Se autoriza al Instituto Nacional de Servicios Socia-
les, Entidad Gestora de la Seguridad Social, heredera atítulo universal
de
la
dífu,nta
dona
Pilar
Beni~o
Briongos, según
el
testamento otorgado
por
la.
misma ante
el
Notano_ de Burgos,
don
Antonio Ruiz Clavijo
Laenclna, el dia 3de febrero. de 1989, con el numero 233 de su
protocolo, para
que
acepte dicha herencia, abeneficio de inventario
cuyos bienes, tanto las cantidades de dinero
en
metálico oen títulos qué
lo~
representen, así
como
cualquier otra
que
pudieran pertenecer a
Ja
mlsma. en
la
fecha de su. faUecimiento, deberán ingresarse
en
el
presupuestt?
d~
·la
Tesorería General de
la
Seguridad Social ydestinarse
alos fines mdlcados
porlatestadoraPmantenimiento
de
la
Residencia
de
Pensjonis~s
de Lardero
(La
Rioja)], atraves de las modificaciones
presupuestanas que procedan. ;
Dado en Palma de Mallorca a
28
de julio de 1989.
JUAN
CARLOS
R.
El
Mim~IW
dé"
Relacione~
con las
Cones
yde
la
St"cretaria
del Gobierno,
VlftG!L!O L-\PATEROGOMEZ

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