ORDEN de 7 de junio de 2006, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas para el desarrollo de acciones de prevención de riesgos laborales y promoción de actividades destinadas a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo y se convocan para el ejercicio de 2006. [2006/7004] ...
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Economia, Hacienda y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 7 de junio de 2006, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas para el desarrollo de acciones de prevención de riesgos laborales y promoción de actividades destinadas a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo y se convocan para el ejercicio de 2006. [2006/7004]
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que la política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, dirigida a elevar el nivel de protección y de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. Del mismo modo, las administraciones públicas fomentarán aquellas actividades en orden a reducir los riesgos laborales y a la promoción de estructuras eficaces de prevención.
La prevención de los riesgos laborales ha de estar concebida como un elemento integrador presente en todas las decisiones empresariales y en todo el ámbito de las relaciones laborales, así como en las fases de los procesos productivos de bienes y servicios, por lo que las políticas de empleo deben considerar la prevención como un factor esencial de las mismas.
El tejido productivo de la Comunidad Valenciana constituido mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, que a menudo no cuentan con los conocimientos y recursos necesarios para implantar en sus centros de trabajo unas medidas de seguridad adecuadas, hace necesario que desde la administración se fomente el que por las asociaciones empresariales, organizaciones sindicales, instituciones y otras entidades se realicen acciones en el campo de la prevención que por su repercusión sectorial o profesional faciliten que sus resultados alcancen a las empresas de una manera más homogénea, sin que el tamaño de las mismas sea un obstáculo insalvable para acceder a unas condiciones de seguridad y salud en el trabajo adecuadas.
En la planificación de la actividad de promoción de la prevención esta presente la difusión de la cultura preventiva de forma generalizada, pero también incidiendo en problemáticas mas especificas y con mayor repercusión en los índices de siniestralidad laboral. Por ello el Plan de Acción contra los Accidentes Mortales de la Comunidad Valenciana 2004-2006, contempla dentro de sus objetivos la realización de actuaciones en el marco de los programas de fomento y promoción de la prevención, poniendo énfasis en aquellos sectores o factores de riesgo con mayores índices de siniestralidad; por consiguiente se atenderá como criterio con especial preferencia aquellas actuaciones que se proyecten en dicho ámbito.
Las ayudas tal y como ya fueron formuladas en la Orden de 27 de julio de 2005 como trasposición del Plan de Acción contra los Riesgos Laborales, en el POCV y enfatizadas en el Plan de Acción contra los Accidentes Mortales de La Comunidad Valenciana, se destinarán a impulsar y facilitar la realización de estudios e investigaciones de carácter técnico sobre seguridad y salud en el trabajo, adecuación de los equipos de trabajo a la normativa vigente y de las interacciones entre productividad, reordenación del tiempo de trabajo y seguridad y a la elaboración de manuales y guías prácticas de evaluación y gestión de riesgos laborales y de autoaplicación en el seno de las empresas, y su promoción.
La presente orden tiene por objeto regular las bases del régimen de ayudas, y convocarlas para el ejercicio de 2006.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, y el artículo 47 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, ORDENO Artículo 1 Se aprueban las bases que regirán la concesión de las ayudas destinadas a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo y en general al fomento de la prevención de riesgos laborales en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Las bases se contienen en el anexo que sigue a la presente orden, y constituyen el texto normativo y de procedimiento al que podrán acogerse los destinatarios del régimen de ayudas que en las mismas se establece. Artículo 2 Se convocan para el ejercicio presupuestario de 2006 las ayudas citadas en el artículo primero.
El plazo de presentación de solicitudes, será de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el DOGV.
La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo financiará las ayudas con cargo al programa 315.10, Condiciones de Trabajo y Administración de las Relaciones Laborales, línea presupuestaria T2440.000. De conformidad con lo establecido en la Ley 15/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana la dotación de la línea para el presente ejercicio es de 1.397.530 euros; de este importe debe minorarse 194.200 euros para atender compromisos adquiridos debidamente en ejercicios anteriores, por lo que resulta un crédito para gasto de 1.203.330 euros, de los que 240.000 son fondos propios de la Generalitat, 288.999 son fondos condicionados aportados asimismo por la Generalitat y 674.331 son fondos provenientes del FEDER. La dotación de la línea presupuestaria podrá verse ampliada de conformidad a lo previsto en el Programa Operativo de la Comunidad Valenciana para el año 2006.
Contra lo dispuesto en la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación en el DOGV o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de dos meses de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Segunda
Se faculta al director general de Trabajo y Seguridad Laboral para dictar las instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente orden.
Tercera
La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat.
Valencia, 7 de junio de 2006
El conseller de Economía, Hacienda y Empleo, GERARDO CAMPS DEVESA ANEXO Bases que regulan el régimen de ayudas destinadas a la promoción de la prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Comunidad Valenciana Capítulo I Disposiciones generales Primera. Objeto Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas económicas para la promoción de actividades destinadas a la mejora de la seguridad y salud en el trabajo y a la promoción de la Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Las ayudas establecidas podrán financiar alguna de las actuaciones siguientes:
-
Con carácter general:
1.1. Realización de estudios e investigaciones de carácter técnico sobre seguridad y salud en el trabajo y de las interacciones entre productividad, reordenación del tiempo de trabajo y seguridad, y su promoción.
1.2. Estudios técnicos para la adaptación de los equipos de trabajo a la normativa vigente y especialmente a lo establecido en el RD 1215/97, de 18 de julio (BOE de 7 de agosto).
1.3. Elaboración de manuales y guías prácticas para el desarrollo de la gestión integral de la prevención de riesgos laborales: evaluación, planificación, formación, etc. y de autoaplicación en el seno de las empresas.
1.4. Edición de programas divulgativos en materia preventiva para su difusión por cualquier medio de comunicación social.
1.5. Creación e implantación...
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