La acción de la Unión Europea en materia de garantías procesales: su influencia en la legislación española

AutorCoral Arangüena Fanego
Cargo del AutorCatedrática de Derecho Procesal Universidad de Valladolid
Páginas61-84
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LA ACCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
EN MATERIA DE GARANTÍAS PROCESALES:
SU INFLUENCIA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA 1
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Catedrática de Derecho Procesal
Universidad de Valladolid
1. INTRODUCCIÓN
Los procesalistas llevamos ya largos años debatiendo sobre el modo en que
debe llevarse a cabo la deseada sustitución de nuestra más que centenaria Ley de
Enjuiciamiento Criminal por una norma de nuevo cuño que responda a las nece-
sidades del nuevo siglo.
Los intentos de reforma integral del proceso penal han resultado estériles.
Sólo en lo que va de siglo se han sucedido tres Anteproyectos cuyo recorrido no
ha pasado de su inicial aprobación por el Consejo de Ministros. Y nos henos con-
formado con el recurso a la denostada técnica del parcheo para introducir en
nuestro viejo texto de enjuiciamiento criminal las ineludibles modificaciones que
demandaba.
Si volvemos la vista atrás hacia las últimas que se ha producido, advertiremos
que buena parte de ellas se han debido a la obligada transposición de Directivas
europeas. Concretamente de Directivas europeas de armonización de garantías
procesales de investigados y acusados, adoptadas con la finalidad de establecer
normas mínimas comunes aplicables en todo el territorio de la UE en relación a
los derechos básicos que regulan. Normas de aplicación general, sin que pueda li-
1 Trabajo realizado en el marco del proyecto de investigación “Proceso penal y Unión Europea.
Análisis y propuestas” –PID2020-116848GB-I00–. Se corresponde con la ponencia del mismo título que
defendí en el Congreso homenaje al Prof. Manuel Morón Palomino: La humanización del proceso (Tenerife, 6 y 7 de
octubre de 2022). Constituye una versión actualizada del trabajo que con el título “Las directivas europeas
de armonización de garantías procesales de investigados y acusados. Su implementación en el derecho
español” se publicó en la obra colectiva dirigida por R. Castillejo Manzanares, Debates jurídicos de actualidad,
Aranzadi, Cizur Menor, 2021, pp.117-146.
Coral Arangüena Fanego
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mitarse su exigencia a situaciones transfronterizas (STJUE Moro 2) que se aplican
a todas las personas, con independencia de su situación jurídica, ciudadanía o
nacionalidad y durante todo el proceso penal.
En ocasiones anteriores nos hemos ocupado de analizar las razones que en su
día justificaron el camino emprendido por el legislador europeo para actuar en
esta materia y del largo recorrido seguido desde los iniciales pasos dados con la fa-
llida Propuesta de la Comisión de 2004 sobre Garantías procesales de sospechosos
y acusados en procesos penales en la Unión Europea 3. También del contenido de
las seis Directivas aprobadas hasta la fecha 4 siguiendo el Plan de trabajo trazado
por el Consejo en 2009 5.
Por ello el objetivo de estas páginas prescindirá de llevar a cabo ese análi-
sis para centrarse en las aportaciones que la transposición de esos instrumentos
europeos en nuestra legislación ha supuesto en la mejora de los derechos del
justiciable.
Todo ello teniendo muy presente el art.4 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial que impone a los Jueces y Tribunales la aplicación del derecho de la
Unión Europea de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de
2 STJUE de 13 de junio de 2019, Moro, C-646/17, EU:C:2019:489, §§ 32-36. Vid. un comentario a
ésta y otras sentencias del TJUE que se citarán en este trabajo en LÓPEZ ESCUDERO, M., “Reconocimiento
mutuo, armonización de legislaciones y elemento transfronterizo en la cooperación judicial penal de
la UE”, en Cortés Martín, J.M y Ruiz-Yamuza, F., Retos actuales de la cooperación penal en la Unión Europea,
Dykinson, Madrid, 2020, pp.23-60.
3 Se trata de un tema en el que a las sucesivas actuaciones del legislador europeo he procurado
darles adecuado y puntual seguimiento, en algo más de quince publicaciones que se han sucedido desde
su génesis con la fallida Propuesta de Decisión marco de 2004 [analizada en la obra Garantías procesales en
procesos penales en la Unión Europea/Procedural safeguards in criminal proceedings throughout the European Union
(Arangüena Fanego, C. coordinadora), Lex Nova, Valladolid, 2007] a sus últimos resultados [y las obras
Garantías procesales de investigados y acusados. Situación actual en el ámbito de la Unión Europea, (Arangüena
Fanego, C. y De Hoyos Sancho, M. directoras), Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2018, Garantías procesales de
investigados y acusados en procesos penales en la Unión Europea. Buenas prácticas en España (Arangüena Fanego,
C. y De Hoyos Sancho, M. directoras), Thomson Reuters-Aranzadi, Cizur Menor, 2020; Procedural safeguards
for Suspects and Accused Persons in Criminal Proceedings. Good Practices troughout the European Union (Arangüena
Fanego, C., De Hoyos Sancho, M., Hernández López, A, editors) Springer, Switzerland, 2020, constituyen
buenos ejemplos de ello].
4 En dos fases diversas. Una primera que abarcaría el período 2010-2013 en el que se aprobaron
las denominadas Directivas A, B, C (traducción e interpretación; información; asistencia letrada). Una se-
gunda abierta merced al impulso dado por la Comisión con la presentación en noviembre de 2013 de un
nuevo paquete de medidas [Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité
Económico y Social europeo y al Comité de las Regiones: Avanzar en el programa de garantías procesales de
los sospechosos o acusados de la Unión Europea – Fortalecer las bases del espacio europeo de justicia penal, Bruselas,
27.11.2013, COM (2013) 820 final] que permitió que en 2016 vieran la luz otras tres Directivas (presunción
de inocencia; derechos de menores; asistencia jurídica gratuita). Sobre todas ellas vid. FAGGIANI, V., Los
derechos procesales en el espacio europeo de justicia penal. Técnicas de armonización, Aranzadi, Cizur Menor, 2017.
5 Debido a la iniciativa de la Presidencia sueca del segundo semestre de 2009 (1 de julio de 2009:
11457/09; DROIPEN 53, COPEN 120), y aprobado por el Consejo mediante Resolución de 30 de noviem-
bre de 2009 (D.O. C 295, de 4.12.2009). Vid. al respecto, Guild, E./Carrera, S., «Towards the Next Phase of
the EU’s Area of Freedom, Security and Justice: The EC’s Proposals for the Stockholm Programme», CEPS,
n. 196, pp. 1-11; Jimeno Bulnes, M., “The EU Roadmap for Strengthening Procedural Rights of Suspected
or Accused Persons in Criminal Proceedings”, en Eucrim, 2009, nº 4.

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