SAP Santa Cruz de Tenerife 61/2008, 4 de Febrero de 2008

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APTF:2008:624
Número de Recurso416/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución61/2008
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

SANTA CRUZ DE TENERIFE

SENTENCIA Nº 61/2008

Rollo nº 416/2007

Autos nº 458/2006

Jdo. 1ª Inst. nº 2 de San Cristóbal de La Laguna

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

Magistrados:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

En Santa Cruz de Tenerife, a cuatro de febrero de dos mil ocho.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante,

contra la sentencia dictada en los autos nº 458/2006, juicio ordinario, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San

Cristóbal de La Laguna, promovidos por don Bernardo y don Carlos Alberto representados por la

Procuradora doña Carmen Luisa Cruz Núñez contra don Jorge representado por la Procuradora doña Carlota

Falcón Lisón, doña Antonia representada por el procurador don Claudio García del Castillo, Pedro representado por la Procuradora doña Pilar Reboso Machín, Mapfre-Guanarteme, S.A. representada por la procuradora

doña Carlota Falcón Lisón, Cía. Directa Seguros representada por la Procuradora doña Carmen Luisa Cruz Núñez, Winterthur

S.A. Seguros representada por la Procuradora doña Pilar Reboso Machín; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la

presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los

siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. Maria Paloma Fernández Reguera, dictó sentencia el 23 de enero de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Primero.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña Pilar Reboso Machín, en nombre y representación de don Pedro, contra don Bernardo y la entidad Cía. Direct Seguros S.A. y se desestima contra don Bernardo, don Jorge y la entidad Mapfre Guanarteme S.A. y, en consecuencia, se condena a don Bernardo y a la entidad Direct Seguros S.A., a que abonen solidariamente a don Pedro, en el importe de los daños traseros que habrán de ser desglosados en trámite de ejecución de sentencia, tomando como base el informe pericial emitido por don Mariano de 31 de marzo de 2005, así como a la entidad Direct Seguros S.A. a que abone el interés moratorio correspondiente a dicha cantidad, consistente en el pago de un interés anual igual al interés legal del dinero, vigente a fecha de 1 de diciembre de 2004, incrementado en un 50 %. Se absuelve a don Bernardo, don Jorge y a la entidad de seguros, Mapfre Guanarteme S.A..

Segundo

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, don Claudio García del Castillo, en nombre y representación de doña Antonia, contra la entidad Winterthur S.A., y se desestima contra la entidad Mapfre Guanarteme S.A. y Direct Seguros S.A. y, en consecuencia, se condena a Winterthur S.A. a que abone a doña Antonia, la cantidad de 806,40 euros, así como el interés moratorio correspondiente a dicha cantidad, consistente en el pago de un interés anual igual al interés legal del dinero, vigente a fecha de 1 de diciembre de 2004, incrementado en un 50 %. Se absuelve a la entidad Mapfre Guanarteme S.A. y Direct Seguros S.A..

Tercero

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña Carmen Luisa Cruz Núñez, en nombre y representación de don Bernardo y don Bernardo, contra don Jorge y la entidad Mapfre Guanarteme S.A., en reclamación de daños materiales y, en consecuencia, se condena a los demandados a que abonen solidariamente la cantidad de 334,57 euros, por los daños traseros ocasionados en el vehículo propiedad de don Bernardo, así como a la entidad Mapfre Guanarteme S.A., a que abone el interés moratorio...

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