El acceso a la función pública

AutorCarlos Varela Gil
Páginas227-290

Page 227

Las peculiaridades que diferencian a la Administración pública de las empresas privadas provocan que su sistema de ingreso no pueda ser arbitrario, sino conforme a unas determinadas normas encargadas de regular los requisitos necesarios para ejercer la función pública y el procedimiento de acceso que deben seguir los candidatos seleccionados.

A continuación analizaremos los dos presupuestos exigidos: requisitos de acceso y procedimiento de ingreso.

A Requisitos para el acceso a la función pública

Dada la importancia que supone para la comunidad el ejercicio de las tareas encomendadas a los funcionarios públicos, el Estado debe asegurarse de que las personas que las desarrollen no sólo tengan la capacidad y la preparación sufi cientes para desempeñar efi cazmente su trabajo, sino que además es necesario que mantengan una cierta vinculación con la nación a la que sirven y una conducta cívica correcta.

1) Vinculación con el Estado

Un 571 considerable número de los empleos desempeñados por los funcionarios implican su participación directa o indirecta en el ejer- Page 228 cicio del poder público o en la salvaguarda de los intereses generales (fuerzas armadas, policía, administración de justicia, diplomacia, etc.). La relevancia de estas funciones para el Estado obliga a exigir a quienes se encargan de su ejecución unos fuertes lazos de unión con la comunidad a la que prestan servicio, generalmente concretados en la posesión de la nacionalidad. De no ser así, la idea de soberanía quedaría desvirtuada, pues actividades de trascendencia patria deberían confi arse a súbditos extranjeros ligados al deber de sumisión a autoridades extrañas572. Sin embargo, no parece razonable imponer este tipo de vinculación con el Estado en todo caso, sino sólo dentro del ámbito de las potestades públicas. Por ello, cuando la Administración desarrolla una actividad laboral fuera de este campo, los lazos que ligan a sus trabajadores con la nación podrían tener una mayor laxitud (servicios públicos de carácter comercial, sanitarios, de enseñanza, de investigación civil, empleos subalternos, etc.).

En Roma este requisito estuvo presente, en mayor o menor medida, a lo largo de toda su historia. Sin embargo, la posesión de la ciudadanía romana no fue exigida por igual a todos los administradores públicos, por lo que al analizarla debemos distinguir a las dignidades de los subalternos.

a) Dignidades

Dignidades fueron las personas que desempeñaron funciones eminentemente políticas y de alta administración, tanto en el ámbito civil como en el militar. Con el objeto de que los principales fines e intereses públicos que se perseguían desde estos cargos sintonizaran con los que sostenía el propio Estado, la ocupación de estos puestos siempre estuvo vinculada a la tenencia de la ciudadanía romana. Pero, además, hasta la llegada del Dominado era requisito necesario que el candidato también se hallara integrado en la nobleza, grupo social que había logrado acumular, especialmente durante la etapa republicana, un notable peso político y que luchó ferozmente para que ciudadanos ajenos a ella no pusieran en peligro con su gobierno los intereses aristocráticos. Page 229

  1. En la Monarquía, durante la fase latina, el poder político permaneció en manos de las gentes que habían dado origen a la federación. Por tal motivo, los cargos públicos que durante esa etapa estuvieron subordinados al rex mantendrían una estrecha relación con el grupo latino fundador de la urbs y con sus descendientes, los patricios573. Posteriormente, con la dominación etrusca el poder se fracciona: las funciones religiosas y las civiles y militares anexas a ellas continuaron en manos gentiles; el resto fueron puestas bajo la autoridad del rey etrusco. De este modo, los sacerdocios más importantes quedarían reservados a los miembros de la clase patricia, mientras que la procedencia de los principales auxiliares del monarca, debido a la naturaleza foránea de la dinastía reinante, podría localizarse fundamentalmente dentro de la comunidad etrusca asentada en la ciudad.

  2. Tras la expulsión de los monarcas etruscos, durante los primeros tiempos de la República el poder político regresa nuevamente a los patricios. No obstante, la temprana introducción de la táctica hoplítica generó la necesidad de contar con un importante contingente de soldados fuertemente armados, con lo que los plebeyos que habían conseguido amasar una considerable fortuna, gracias fundamentalmente a su actividad comercial, tuvieron los recursos económicos sufi cientes para costearse un buen equipamiento y acceder a los principales cuerpos del ejército. Una vez enrolados en sus fi las, el peso que asumieron en el campo de batalla se fue trasladando paulatinamente a la escena política y de este modo, tras un inicial monopolio de la actividad pública por parte del sector patricio (magister populi o praetor maximus, etc.), a partir del s.IV a.C. -y junto a ellos-, los más importantes ciudadanos romanos de origen plebeyo se incorporaron a la alta dirección del Estado: primero, como tribuni militum consulari potestate574 y, tras las leyes Licinias del año 367 a.C., accediendo a las fl amantes magistraturas (consulado, pretura, Page 230 edilidad, cuestura, etc.)575. Una vez agotado su tiempo de funciones, los ex magistrados eran seleccionados para entrar en el senado, lo que paulatinamente les fue identifi cando como clase social. Desde ese momento, los altos cargos políticos y administrativos (magistraturas y vigintisexvirato) permanecieron bajo la infl uencia senatorial576, quedando la ciudadanía ajena a esta nobleza, salvo raras excepciones577, prácticamente excluida del gobierno de la ciudad578.

  3. En el Principado, las instituciones republicanas sufren una progresiva decadencia que es aprovechada por el emperador para hacerse con el mando del Estado. A pesar de esta circunstancia, todavía el senado logra conservar parte de sus antiguas facultades, por lo que se origina un gobierno dual en el que las competencias se reparten desequilibradamente entre ambos poderes. La dirección administrativa sigue estando reservada a la clase privilegiada, pero junto al ordo senatorio, el príncipe reúne a la próspera burguesía en una nueva aristocracia, la ecuestre, que por estar más desvinculada de la tradición le infundía una mayor confianza y manejaba más libremente579. Así, la clase senatorial desempeñó las funciones que mantenían una cierta proximidad con la tradición republicana (gobierno de la ciudad y de las provincias, etc.); los caballeros, por el contrario, disfrutaron de atribuciones esencialmente inéditas o de menor raigambre (abastecimiento y vigilancia nocturna y contraincendios de la capital, protección del emperador, seguridad de Italia, coordinación de las distintas administraciones, gestión fiscal, etc.). No obstante, la progresiva asunción de competencias por parte del príncipe en de-Page 231 trimento del senado provocó que, desde la dinastía de los Severos, los miembros de la clase senatorial comenzaran a ser sustituidos por los de la ecuestre en las funciones de gobierno (en el ámbito militar, el legatus legionis se sustituyó por un praefectus agens vices legati; en el civil, el gobernador, de origen senatorial, fue reemplazado en varias provincias por el procurator agens vices praesidis580).

    En ninguna de las dos clases se permitió la entrada a extranjeros. A pesar de ello, las personas foráneas que tuvieron el favor imperial no encontraron problemas en obtener de éste la ciudadanía romana antes del ingreso en el ordo, especialmente en el ecuestre, donde la voluntad imperial obraba con mayor discrecionalidad581.

  4. Con la llegada del Dominado, y relegado el senado a desempeñar un papel eminentemente urbano, el emperador no sólo se mantiene como la máxima autoridad del Estado, sino que además se convierte en la única de la que emana el poder público. La pérdida de infl uencia que sufrieron las clases aristocráticas durante este periodo tuvo su refl ejo en la Administración, donde desapareció la obligación de pertenecer a ellas para tener acceso a las altas funciones gubernativas. A partir de entonces, la dignidad no estuvo ligada a la sangre, sino a la ocupación -real u honorífica- de uno de los altos puestos de gobierno582. La condición de ciudadano romano debería seguir exigiéndose para la posesión de estos cargos, pero la extensión de la ciudadanía a los provincianos provocó la decadencia del orgullo nacional y facilitó la admisión de extranjeros en las más importantes funciones públicas del ámbito militar (generales bárbaros) y civil (eunucos del sacrum cubiculum)583. Page 232

    b) Subalternos

    Los subalternos fueron aquellas personas que, puestas al servicio de las dignidades, gestionaban y ejecutaban sus órdenes. La menor importancia de sus funciones y la escasa consideración que habitualmente tenían las actividades que realizaban provocaron el rechazo de estos puestos por los ciudadanos romanos, en especial por las clases privilegiadas. Con ello, el requisito de la ciudadanía no pudo ser exigido con la misma rigidez que para los altos cargos y así, durante la República, buena parte de las labores de asistencia eran desempeñadas por esclavos y libertos de origen foráneo; posteriormente, con la llegada del Principado unos y otros coincidieron en la administración subalterna con soldados de distinta procedencia hasta que, fi nalmente, todos fueron sustituidos en tiempos del Dominado por personal auxiliar esencialmente romano de las clases media y baja.

  5. Durante la Monarquía resulta complicado determinar con rotundidad la proveniencia de las personas que solían acompañar al rex (lictore...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR