Academias jurídicas salmantinas del siglo XIX

AutorEugenia Torijano Pérez
CargoUniversidad de Salamanca
Páginas465-519
AHDE, tomo LXXXVI, 2016
Academias jurídicas salmantinas del siglo * 1·
RESUMEN
El objetivo de este estudio ha sido dar a conocer el funcionamiento de las acade-
mias jurídicas de la Universidad salmantina durante el siglo XIX, además de la efímera
Academia de Legislación y Jurisprudencia de la misma ciudad, nacida al amparo del
Colegio de Abogados y de la propia Facultad de Derecho. Como vestigio de las Acade-
mias del Antiguo Régimen en un mundo jurídico liberal, el fracaso de estas Academias
universitarias fue evidente y así lo demuestra el hecho de que no todos los planes de
estudios decimonónicos las establecieron, solo aquellos de ideario más conservador y
no todos de la misma manera. Siendo la base de las fuentes el Archivo de la Universi-
dad de Salamanca se pone de manifiesto, por un lado, el fracaso de este método de
enseñanza, poco estimulante para profesores y alumnos, y, de otra parte, los intentos, a
veces desesperados, para promover en Salamanca una institución que dinamizara el
cultivo del derecho, teórico y práctico, y que complementara, de alguna manera, las
enseñanzas de la Universidad.
PALABRAS CLAVE
Academias, enseñanza del derecho, Universidad de Salamanca, liberalismo.
ABSTRACT
The aim of this study is to present the operation of the legal academies of the Uni-
versity of Salamanca during the nineteenth century, and the ephemeral Academy of
* · Este trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación «Análisis y recogida de datos de
expedientes de oposiciones y concursos a cátedras de derecho y de expedientes de títulos universi-
tarios correspondientes al ámbito jurídico», con referencia DER2011-29740-c02- 02/JURI, finan-
ciado por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
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AHDE, tomo LXXXVI, 2016
Legislation and Jurisprudence in the same city, set up by the Bar Association and the
Faculty of Law. As a vestige of the Academies of the Old Regime in a liberal legal world,
the failure of these university academies was evident, as it is revealed by the fact that
they were not stablished by all the nineteenth-century curricula, but only by those of
more conservative ideas and not all in like manner. Based on sources of the Archive of
the University of Salamanca, we show, on the one hand, the failure of this method of
teaching, uninspiring for teachers and students and, on the other hand, attempts, some-
times desperate, to promote an institution in Salamanca that would invigorate the culti-
vation of Law, both theoretical and practical and would complement, somehow, the tea-
chings of the University.
KEYWORDS
Legal Academies, Teaching of Law, University of Salamanca, liberalism.
Recibido: 6 de septiembre de 2015.
Aceptado: 20 de mayo de 2016.
S: I. Academias. II. Las Academias jurídicas de la Universidad de Salaman-
ca. II.1 Academia de Leyes. II.1.1 Periodo postilustrado, 1813-1836. II.1.2 De
1842 a 1866. II.1.3 El final de las Academias: de 1883 a 1900. II.2 Academia de
Cánones. III. La Academia de Legislación y Jurisprudencia de Salamanca.
IV. Reflexiones finales.
I. ACADEMIAS
Academia es una palabra plurívoca, a pesar de que entre sus acepciones hay
un elemento común como es el hecho de reunirse personas doctas para el culti-
vo de una rama del conocimiento. Las acepciones recogidas desde 1780 en el
Diccionario de la Real Academia nos muestran las diferencias que existen entre
unas y otras y así, por lo que ahora nos interesa, quisiera destacar dos de ellas:
por un lado, la asociación de personas especialistas para el cultivo de una cien-
cia determinada, reunión que cuenta con la autorización pública, y, de otra
parte, la reunión de profesores de jurisprudencia, o de otras Facultades, para
ejercitarse en la teoría o práctica 1. Veamos cómo recogen los diccionarios el
término «academia»:
1 El de Autoridades es el único que define «academia» como sinónimo de «universidad»,
acepción que luego no veremos en el resto de diccionarios históricos. Otra de las acepciones que
recoge es la de reunión de eruditos. Para la primera: «2. Entre los Latinos (de quienes la tomaron
los Españóles) se llama el Estúdio generál, dicho comunmente Universidád, donde se enseñan las
ciencias y facultádes, como Salamanca, Alcalá, Valladolid, y otras partes. Diósele este nombre à
imitación de la de Athénas. Lat. Académia. Studia generalia. Univérsitas. LOP. la Circ. fol. 2. Os
dió por tanto lustre agradecida. Del Tormes la Académia generosa». Para la segunda de las acep-
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DRAE 1780
Entre los modernos se toma común-
mente por una sociedad de personas
literatas, o facultativas establecida con
autoridad pública para el cultivo y ade-
lantamiento de las Ciencias, Artes, Bue-
nas Letras, &c. como la Real ACADE-
MIA Española, la ACADEMIA Real de
la Historia, la Real ACADEMIA de las
tres nobles Artes, con título de S. Fer-
nando. Academia eruditorum consessus
litteris excolendis.
En las Universidades se llaman así las
juntas que los profesores de Jurispru-
dencia, o de otras facultades tienen
establecidas para exercitarse en la teóri-
ca, o práctica. Concertatio scbolastica
ad comparandas scientias instructa.
DRAE 1817
La sociedad de personas literatas o
facultativas establecida con autoridad
pública para el cultivo y adelantamiento
de las ciencias, artes, buenas letras &c.
como la Real ACADEMIA Española, la
ACADEMIA Real de la Historia, la
Real ACADEMIA de las tres nobles
Artes con título de S. Fernando. Acade-
mia, eruditorum consessus litteris exco-
lendis.
En las universidades y otras partes la
junta que los profesores de Jurispruden-
cia o de otras facultades tienen para
ejercitarse en la teórica ó práctica.
Alumnis exercendis ludus litterarius.
DRAE 1884
Sociedad de personas literatas o facul-
tativas, establecida con autoridad públi-
ca para el adelantamiento de las cien-
cias, buenas letras, artes, etc.
En las universidades y otras partes,
junta que los profesores tienen para
ejercitarse en la teoría o práctica de sus
respectivas facultades.
DRAE 1925
3. Sociedad científica, literaria o
artística establecida con autoridad
pública.
Establecimiento en que se instruye a los
que han de dedicarse a una carrera o
profesión.
DRAE 1992
Sociedad científica, literaria o artística
establecida con autoridad pública.
f. Establecimiento docente, público o
privado, de carácter profesional, artísti-
co, técnico, o simplemente práctico.
De estas dos acepciones que tomamos de entre las que recogen los diversos
diccionarios históricos nos interesan las dos porque si bien el objeto principal de
este estudio es el de las academias de jurisprudencia que a lo largo del siglo 
se constituyeron en el seno de la universidad salmantina, según lo preceptuado en
los sucesivos planes de estudio, creadas fundamentalmente para la formación en
la práctica jurídica de los futuros juristas, lo cierto es que el otro tipo de acade-
mias, las que forman los profesionales para cultivo de su ciencia, en este caso del
Derecho, nos interesan también porque serán instituciones a las que se les atribu-
ciones aludidas: «3. Es tambien la Junta ò Congresso de personas eruditas, que se dedican à el
estudio de las buenas letras, y à tratar y conferir lo que condúce à su mayór ilustración, como lo
executan las Académias de Itália, España, Francia, y Portugál, llamadas Española, Francesa, Por-
tuguesa, y de la Crusca, que es la Italiana, instituídas principalmente para la formación de los
Diccionários de las lenguas. Lat. Académia. Eruditorum virorum consessus, congressus. LOP.
Dorot. fol. 152. Como lo hacen en Itália en aquellas floridissimas Académias». La acepción de
junta de profesores universitarios desaparece en 1925 y se toma la de «Establecimiento en que se
instruye a los que han de dedicarse a una carrera o profesión», que también aparecía en el de 1884.
Diccionario de Autoridades (1726), http://web.frl.es/DA.html. Para el resto de diccionarios histó-
ricos de la RAE, I  I R L  L R A E-
 (2013), Mapa de diccionarios [en línea], http://web.frl.es/ntllet, [Consulta: 11/03/2016]

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