ORDEN ECI/3830/2005, de 18 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre, por la que se establecen convalidaciones a efectos académicos entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales en el ámbito de la actividad física y del deporte con las correspondientes del bloque común de Técnicos Deportivos establecidas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, así como la Orden ECI/3341/2004, de 8 de octubre, que completa aquélla.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Diciembre de 2005
MarginalBOE-A-2005-20289
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/3830/2005, de 18 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre, por la que se establecen convalidaciones a efectos académicos entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de tÃtulos oficiales en el ámbito de la actividad fÃsica y del deporte con las correspondientes del bloque común de Técnicos Deportivos establecidas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, asà como la Orden ECI/3341/2004, de 8 de octubre, que completa aquélla.

La Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre (BOE de 8 de octubre), establece convalidaciones a efectos académicos entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de tÃtulos oficiales en el ámbito de la actividad fÃsica y del deporte, con las correspondientes del bloque común de Técnicos Deportivos establecidas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. Los anexos de la Orden citada se hicieron públicos con la Orden ECI/3341/2004, de 8 de octubre (BOE de 15 de octubre).

Las dos normas referidas dictan de modo especÃfico determinadas convalidaciones cuya aplicación corresponde a los centros que impartan las oportunas enseñanzas, y además, prevén el supuesto de convalidación de otros módulos distintos cuando se acrediten estudios oficiales, que esté relacionados o no lo estén con la actividad fÃsica y deportiva.

Por acuerdo adoptado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en su reunión de 30 de noviembre de 2004, y en relación con lo establecido en el apartado Dos a) de la Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre, se requiere de incompetencia al Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artÃculo 63 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Tal requerimiento lo concreta el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en solicitar del Gobierno del Estado que adopte el acuerdo de derogar el ya citado apartado octavo, punto Dos a), y derogar también el anexo VI contenido en la Orden ECI/3341/2004, de 8 de octubre.

El Gobierno, analizadas las alegaciones en que se fundamenta el requerimiento y los preceptos aplicables en el caso, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, en la reunión del Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2004, acordó aceptar el requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña.

Sobre la base de tal acuerdo, el Ministerio de Educación y Ciencia ha elaborado...

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