Abreviaturas. Preliminar

AutorAndrés Gutiérrez Gilsanz
Cargo del AutorProfesor titular de Derecho Mercantil. Universidad Rey Juan Carlos de Madrid

ABREVIATURAS

AC Actualidad Civil

ADC Anuario de Derecho Civil

BGH Bundesgerichtshof

Bull. civ. Bulletin civil

CC Código Civil

CCDC Cuadernos de Derecho y Comercio

CCJC Cuadernos de Jurisprudencia Civil

CCo Código de Comercio

CG Condición General

CP Condición Particular

EJB Enciclopedia Jurídica Básica

Giust. Civ. Giustizia Civile

LCC Ley de Crédito al Consumo

LCGC Ley de Condiciones Generales de la Contratación

LDIEC Ley sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito

LGDCU Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios

LOCM Ley de Ordenación del Comercio Minorista

LVPBM Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles

RA Repertorio Aranzadi

RCDI Revista Crítica de Derecho Inmobiliario

RDBB Revista de Derecho Bancario y Bursátil

RDM Revista de Derecho Mercantil

RdP Revista de Derecho Patrimonial

RDPriv. Revista de Derecho Privado

Rev. trim. dr. com. Revue trimestrielle de droit commercial

Rev. trim. dr. civ. Revue trimestrielle de droit civil

RGD Revista General de Derecho

WM Wert papier-Mitteilungen

PRELIMINAR

A la hora de elegir un tema para el desarrollo del segundo ejercicio correspondiente al Concurso a la Plaza de Profesor Titular de Universidad en Derecho Mercantil, tuvimos muy pocas dudas acerca de la idoneidad del tratamiento de una cuestión relativa al contrato de leasing.

Se trata de un contrato con pleno vigor en la práctica que sin embargo carece de una regulación positiva completa desde el punto de vista sustantivo. La escasez de desarrollo legislativo de la figura en tal sentido abre inmensas posibilidades a la investigación acerca de un contrato que se desenvuelve fundamentalmente sobre la base del principio de la autonomía de la voluntad, con los problemas de interpretación y de régimen jurídico aplicable que ello trae consigo.

Ha sido muchas veces resaltado el dinamismo que caracteriza al tráfico económico que dificulta sobremanera la adecuación de la norma reguladora a la cambiante realidad regulada. De hecho ya el propio legislador mercantil de 1885 fue consciente de ello y de modo congruente con su ideología liberal previó en el artículo 2 del Código de comercio la posibilidad de que en el futuro surgieran institutos mercantiles diferentes a los expresamente contemplados en ese texto legal. La propia práctica daría lugar al nacimiento de figuras más acordes con las nuevas necesidades en un largo proceso de especialización que debemos entender aún hoy inacabado. Así apareció el leasing como nueva figura...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR