La Abogacía solicita que se suspenda el curso del procedimiento por enfermedad del abogado

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El Consejo General de la Abogacía ha pedido a los diferentes grupos parlamentarios que en el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal se contemple la enfermedad del profesional de la abogacía como una causa para la suspensión de vistas y procedimientos.

Reivindicaciones en materia de conciliación

El proyecto de ley, que ha sido remitido al Congreso tras su aprobación por el Gobierno, recoge ya las principales reivindicaciones de la Abogacía en materia de conciliación, como la suspensión de procedimientos por maternidad o paternidad, o por enfermedad de familiares. También estipula que todo el periodo navideño, del 24 de diciembre al 6 de enero, sea inhábil judicialmente.

Baja similar a la que se establece en la legislación laboral

En la enmienda introducida a instancias del Consejo General de la Abogacía se pide que se suspenda el curso del procedimiento cuando “el profesional, por enfermedad o accidente requiera hospitalización y, mientras dure esa situación y, en caso de baja médica sin hospitalización, hasta que reciba el alta, o por razones de salud pública mientras dure la situación”. Además, la Abogacía ha pedido que la duración de la baja sea similar a la que se establece en la legislación laboral, así como en aquellos sistemas alternativos de previsión social.

Gran paso hacia la conciliación

Marga Cerro, presidenta de la Comisión de Igualdad de la Abogacía, señala que “la aprobación de esta Ley supondrá un gran paso hacia la conciliación. Además, equilibra muy bien el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia de la ciudadanía con nuestro derecho a conciliar, que no confrontan y que ambos están salvaguardados”. Además, confía que la norma se apruebe “con margen suficiente para que en la Navidad de este año podamos disfrutar de todas las vacaciones judiciales”.

Fuente: Abogacía

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