ABARCA, A. P.; ALONSO-OLEA, B.; LACRUZ, J. M.; MARTÍN, I. y VARGAS, M., El extranjero en el Derecho español, Madrid (Dykinson), 2012, 431 pp.

AutorElisa Muñoz Catalán
Páginas337-340
Abarca, A.P.; Alonso-Olea, B.; Lacruz, J.M.; Martín, I. y Vargas, M., El extranjero en el derecho español... 337
RJUAM, n.º 32, 2015-II, pp. 337-340ISSN: 1575-720-X
ABARCA, A.P.; ALONSO-OLEA, B.; LACRUZ, J.M.; MARTÍN, I. Y
VARGAS, M., EL EXTRANJERO EN EL DERECHO ESPAÑOL, ED.
DYKINSON, MADRID, 2012, 431 PP.*
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Tras 15 años desde la aprobación en España de la Ley Orgánica de extranjería, esto es,
la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en
España y su integración social (LOEX), entendemos que es buen momento para ref‌l exionar
acerca de los problemas jurídicos que están surgiendo en los últimos años a nivel nacional e
internacional y a los que la normativa española en materia de extranjería está haciendo frente
con el objetivo principal de adaptarse a una realidad social cambiante que, en ocasiones,
requiere de una interpretación jurisdiccional.
Y todo ello para tratar de abandonar progresivamente esa concepción histórica que,
desde el surgimiento del propio Imperio romano hasta hace pocas décadas, hemos tenido de
la palabra «extranjero» cuyo origen etimológico lo encontramos en los siguientes términos
latinos que denotan cierta hostilidad: hostis («enemigo«), barbarus («bárbaro», oponente),
latinus («latino», de etnia minoritaria), y peregrinus («peregrino», aquel extraño o foráneo
que llegaba a la ciudad de Roma sin ser ciudadano y, por ende, con derechos limitados).
De hecho, el pasado mes de octubre de 2014 nos llegaban noticias en torno a la posi-
bilidad de legalizar las llamadas «devoluciones en caliente», con la intención de impedir
la entrada ilegal de un creciente número de extranjeros detectados en la línea fronteriza de
Ceuta y Melilla. A lo anterior se añaden dos sucesos más acaecidos en la misma fecha: (a)
la retirada de la nacionalidad española a 242 ciudadanos colombianos que la obtuvieron
fraudulentamente a cambio de dinero y haciéndose pasar por hijos de españoles fallecidos,
que emigraron a Colombia; (b) el endurecimiento de las condiciones para que las autoridades
decreten la salida forzosa de los residentes de larga duración que han cometido un delito
pues, como aclara el Tribunal Europeo de Derechos Humanos:
* Fecha de recepción: 25 de octubre de 2014.
Fecha de aceptación: 6 de marzo de 2015.
** Profesora Doctora de Derecho Romano. Integrante del Grupo de Investigación (SEJ-460): El Derecho de
Familia: Efectos Personales y Patrimoniales, de Roma al Derecho Actual. Facultad de Derecho, Universidad
de Huelva.

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