SAP Orense 105/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE
ECLIES:APOU:2007:518
Número de Recurso86/2007
Número de Resolución105/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE

SECCIÓN 2ª

Rollo: 86/2007

Órgano de procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº DOS DE OURENSE

Proc. De Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 232/2006

SENTENCIA Nº 105/2007

ILMOS/AS. SRES/SRA. MAGISTRADOS DE SALA:

Presidente:

D. FERNANDO ALAÑON OLMEDO

Magistrados/as:

ANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE

MANUEL CID MANZANO

En OURENSE a dieciocho de junio de dos mil siete.

Visto, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE el Rollo de apelación número 86/2007, relativo al recurso de apelación interpuesto por la procuradora Dª INES FERNANDEZ RAMOS, en representación de Benito, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número DOS de Ourense; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma Sra. Dª ANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 21/03/07, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que debo condenar y condeno al acusado, Benito, como autor responsable de un delito de abandono de familia, a la pena de ocho fines de semana de arresto, y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a Pilar en la cantidad de 1.472,45 euros más intereses legales, así como al pago de las costas causadas"

Y los siguientes HECHOS PROBADOS: "UNICO: Se declara probado que el acusado, Benito, mayor de edad y sin antecedentes penales, venía obligado ne virtud de sentencia de separación dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de esta ciudad, de fecha 26 de octubre de 2001, a abonar en concepto de pensión alimenticia a favor de sus hijas menores la cantidad de 35.000 pts. mensuales (210,35 euros), no habiendo abonado cantidad alguna desde el mes de diciembre de 2002 hasta, al menos el 3 de junio de 2003, pudiendo hacerlo".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación, que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso, por el MINISTERIO FISCAL se presentó escrito de impugnación en base a las alegaciones expuestas en su escrito de 27/04/07.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se formó el Rollo de apelación de su clase nº 86/2007 para resolución del recurso interpuesto.

Se...

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