STSJ Murcia 802/2022, 20 de Julio de 2022
Ponente | CARLOS CONTRERAS DE MIGUEL |
ECLI | ECLI:ES:TSJMU:2022:1606 |
Número de Recurso | 710/2021 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 802/2022 |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2022 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00802/2022
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
PASEO DE GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA (UPAD)
Tfno: 968817077-968229216
Fax: 968817266-968229213
Correo electrónico: tsj.social.murcia@justicia.es
NIG: 30030 44 4 2020 0000800
Equipo/usuario: JLG
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000710 /2021
Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 93/2020
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE: Laureano
ABOGADO: JOAQUIN SANCHEZ ABELLAN
RECURRIDO: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En MURCIA, a veinte de julio de dos mil veintidós.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. MARIANO GASCÓN VALERO, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA y D. CARLOS CONTRERAS DE MIGUEL, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el presente recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia nº 97/2021 del Juzgado de lo Social nº 7 de Murcia, de fecha 22 de marzo de 2021, dictada en proceso nº 93/2020, sobre incapacidad permanente, y entablado por D. Laureano frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS CONTRERAS DE MIGUEL, quien expresa el criterio de la Sala.
En la sentencia recurrida se consignaron los siguientes hechos probados:
El demandante Laureano, nacido el NUM000 /1975, con D.N.I. nº NUM001, figura afiliado Régimen General de la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como albañil.
El 5/8/2019 el demandante solicitó la pensión de incapacidad permanente. Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 30/10/2019, resolvió el 31/10/2019 denegar al demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.
Contra la anterior resolución formuló el demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 2/1/2020.
Presenta el demandante el siguiente cuadro clínico:
Melanoma ureal. El 11/4/2018 es intervenido mediante enucleación del ojo izquierdo. Episodio depresivo de origen reactivo. Cefalea cronificada. Lumbociática crónica: hernia discal L5-S1 con radiculopatía leve intervenida en 2004.
Enucleación del ojo izquierdo en abril de 2018 con buena tolerancia a la prótesis. Agudeza visual corregida 1 en el ojo derecho. Actualmente libre de enfermedad oncológica. Cefalea sin afectación neurológica. QUINTO.- La base reguladora asciende a 861'52 € al mes en caso de IPT y a 1.414'80 € mensuales en el de IPP. SEGUNDO . En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda formulada por Laureano contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo al demandado de la pretensión deducida en su contra.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado D. Joaquín Sánchez Abellán, en representación de la parte demandante.
No se ha presentado escrito de impugnación del recurso.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 13 de julio del presente año para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes
La sentencia recurrida desestimó la demanda en la que el actor solicitaba la declaración de incapacidad permanente total o, subsidiariamente, parcial para su profesión habitual de albañil.
Frente a esta sentencia, interpone recurso la parte actora, solicitando la estimación de la demanda. SEGUNDO . En el único motivo del recurso, planteado al amparo del apartado c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se invoca la vulneración de los apartados 1, 3 y 4 del artículo 194 de la Ley...
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ATS, 12 de Julio de 2023
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de fecha 20 de julio de 2022, en el recurso de suplicación número 710/2021, interpuesto por D. Domingo, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 7 de los de Murcia de fecha 22 de marzo de 2021, en el p......