SAP Asturias 200/2022, 13 de Mayo de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 13 Mayo 2022 |
Número de resolución | 200/2022 |
AUD.PROVINCIAL SECCION CUARTA
OVIEDO
SENTENCIA: 00200/2022
Modelo: N10250
C/ CONCEPCIÓN ARENAL Nº 3 - 3
-Teléfono: 985968737 Fax: 985968740
Correo electrónico:
Equipo/usuario: ARM
N.I.G. 33031 41 1 2020 0000470
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000042 /2022
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de LANGREO
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000121 /2020
Recurrente: Jose Antonio
Procurador: MARIA TERESA CASAR GONZALEZ
Abogado: JUAN ANTONIO DIAZ SUAREZ
Recurrido: AYUNTAMIENTO DE LANGREO AYUNTAMIENTO DE LANGREO, COMUNIDAD DE HEREDEROS DE Carlos Alberto Y Pura
Procurador: MANUEL GARROTE BARBON,
Abogado: FRANCISCO JAVIER SAN MARTIN RODRIGUEZ,
NÚMERO 200
En OVIEDO, a trece de mayo de dos mil veintidós, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por Don Francisco Tuero Aller, Presidente, D. Javier Alonso Alonso y D. José Manuel Raposo Fernández, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación número 44/22, en autos de JUICIO ORDINARIO Nº 121/20, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Langreo, promovido por don Jose Antonio, demandante en primera instancia, contra el AYUNTAMIENTO DE LANGREO y la COMUNIDAD DE HEREDEROS DE DON Carlos Alberto Y Pura, demandados en primera instancia; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Alonso Alonso.-
Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Langreo se dictó Sentencia con fecha veinte de octubre de dos mil veintiuno, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
" Desestimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Casar González en nombre y representación de don Jose Antonio, contra la comunidad de herederos de don Carlos Alberto y doña Pura, y contra el Ayuntamiento de Langreo.
Don Jose Antonio deberá pagar las costas causadas."
Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, celebrándose la deliberación, votación y fallo el día 11 de mayo de dos mil veintidós, si bien se acordó oir a las partes sobre la posible existencia de un motivo de nulidad de actuaciones, realizándose una vez evacuado el trámite.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
La demanda que inició este procedimiento se dirigió frente a la "Comunidad de herederos de don Carlos Alberto y doña Pura ", señalando como domicilio a efectos de notificaciones el de DIRECCION000, nº NUM000, de Ciaño, Langreo, que se corresponde con la situación del inmueble sobre el que versan la acciones reivindicatoria y de deslinde ejercitadas en ella. Según resulta de los autos, en su momento se tramitaron unas diligencias preliminares destinadas a determinar la identidad de los herederos de aquellas personas, que se entendieron con doña Luisa, quien, tras ser citada personalmente, compareció en ellas señalando que su padre había fallecido sin haber otorgado testamento, y su madre bajo la disposición testamentaria que entonces identificaba, explicando por igual que, como consecuencia de ello, las únicas herederas de aquellos eran, además de la propia compareciente, sus hermanas doña Marisa y doña Mercedes, quienes, por la buena relación que mantenían, no habían procedido aún a la división de las herencias de sus padres. Consta en autos que se intentó el emplazamiento para comparecer en este juicio ordinario en el domicilio designado en la demanda, depositándose en el buzón el día 15 de mayo de 2020 por el servicio de correos, quedando identificada una persona cuya relación con cualquiera de...
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