ATS, 20 de Julio de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Julio 2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 20/07/2022

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 2302 /2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 DE STA. CRUZ DE TENERIFE

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu

Transcrito por: PRG/P

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2302/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Andres Sanchez Guiu

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Pedro José Vela Torres

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 20 de julio de 2022.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Sebastián, D. Segundo y D. Severiano, presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra sentencia de 6 de marzo de 2020, dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sección Tercera, que resuelve el recurso de apelación núm. 60/2019, dimanante del procedimiento de juicio ordinario núm. 33/2018, seguido en el juzgado de primera instancia e instrucción n º 1 de Puerto de la Cruz.

SEGUNDO

Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones al Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos por este Tribunal, la procuradora D.ª Elena Lara Rodríguez, presentó escrito en nombre y representación de D. Sebastián, D. Segundo y D. Severiano, personándose como partes recurrentes. Asimismo, la procuradora D.ª Pilar González Casanova Rodríguez, en nombre y representación de La Comunidad Bienes APARTAMENTO000, presentó escrito personándose como parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Sebastián, D. Segundo y D. Severiano, al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.

SEGUNDO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 474 y 485 de la LEC, la parte recurrida para formalizar su oposición al recurso, por escrito, en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 473.3 y 483.5 de la LEC, contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Sebastián, D. Segundo y D. Severiano, contra sentencia de 6 de marzo de 2020, dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sección Tercera, que resuelve el recurso de apelación núm. 60/2019, dimanante del procedimiento de juicio ordinario núm. 33/2018, seguido en el juzgado de primera instancia e instrucción n º 1 de Puerto de la Cruz.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

  3. ) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 473.3 y 483.5 de la LEC, contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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