ATS, 6 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Mayo 2022

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: PRIMERA

Auto núm. /

Fecha del auto: 06/05/2022

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 7233/2021

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excma. Sra. D.ª María Isabel Perelló Doménech

Procedencia: T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín

Transcrito por: BPM

Nota:

R. CASACION núm.: 7233/2021

Ponente: Excma. Sra. D.ª María Isabel Perelló Doménech

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: PRIMERA

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

D. César Tolosa Tribiño, presidente

D.ª María Isabel Perelló Doménech

D. José Luis Requero Ibáñez

D.ª Ángeles Huet De Sande

D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

En Madrid, a 6 de mayo de 2022.

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª María Isabel Perelló Doménech.

HECHOS

PRIMERO

Por providencia de esta Sala y Sección de 16 de marzo de 2022 se acordó la inadmisión del RCA 7233/2021, promovido por la representación procesal de la mercantil Centaurus Ventures, S.L. frente a la sentencia n.º 845/2021, de 1 de julio, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Octava) del Tribunal Superior de Justicia del Madrid, por la que se desestimó el recurso n.º 1434/2019.

SEGUNDO

La procuradora D.ª Raquel Vilas Pérez, en nombre y representación de Centaurus Ventures, S.L., ha interpuesto recurso de queja contra esta providencia de 16 de marzo de 2022.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO

Como ha quedado expuesto, la parte recurrente ha dirigido un escrito a esta Sala Tercera del Tribunal Supremo interponiendo recurso de queja contra la providencia de esta Sala de 16 de marzo de 2022, que inadmitió su recurso de casación.

Con toda evidencia, este recurso de queja es inadmisible, puesto que la providencia que inadmite el recurso de casación es firme y contra ella no cabe recurso alguno ( artículo 90.5 LJCA), menos aún el de queja, que por definición jamás procede contra resoluciones del propio Tribunal Supremo [por todos, AATS de 20 de septiembre de 2019 y 26 de enero de 2022 ( recurso de queja números 311/2019 y 1400/2021)].

SEGUNDO

Procede, por tanto, inadmitir el presente recurso de queja y ordenar su inmediato archivo; sin que haya lugar a efectuar pronunciamiento en materia de costas, al no existir intervención procesal de parte contraria.

LA SALA ACUERDA:

Inadmitir el presente recurso de queja interpuesto contra la providencia de esta Sala de 16 de marzo de 2022, y ordenar su archivo sin más trámites. Sin costas.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR