STSJ Castilla y León 173/2022, 9 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución173/2022
Fecha09 Marzo 2022

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00173/2022

RECURSO DE SUPLICACIÓN Num.: 20/2022

Ponente Ilma. Sra. Dª. María Jesús Martín Álvarez

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº : 173/2022

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Jesús Carlos Galán Parada

Magistrado

Ilma. Sra. Dª. María Jesús Martín Álvarez

Magistrada

En la ciudad de Burgos, a nueve de Marzo de dos mil veintidós.

En el recurso de Suplicación número 20/2022 interpuesto de una parte por IBERMUTUAMUR, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales nº 274 y de otra DON Pablo Jesús, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, en autos número 688/2019 (y acumulados 763/2019 del Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos, seguidos a instancia de Don Pablo Jesús, contra Mutua Ibermutuamur, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO, en reclamación sobre Invalidez. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jesús Martín Álvarez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que f‌iguran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 28 de Septiembre de

2021 cuya parte dispositiva dice: "FALLO .- Desestimo la demanda acumulada interpuesta frente a DON Pablo Jesús, INSS, TGSS, EXCMO AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE EBRO, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES nº 74 IBERMUTUAMUR y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- El demandante DON Pablo Jesús nació el NUM000 .1964 Está af‌iliado a la Seguridad Social con NSS NUM001

. Ha venido prestando servicios para el ayuntamiento de Miranda de Ebro mediante contratos temporales, ostentando la categoría profesional de Jardinero entre sus tareas preparar tierra acondicionando el suelo, cultivar y mantener árboles, plantar árboles, setos, bulbos.... Cultivar f‌lores, instalar soportes de plantas y protecciones, y el enrollado, siega bordeado y aireado de césped. Dicha Entidad Local tiene concertados los riesgos profesionales con IBERMUTUAMUR. El actor sufrió un accidente de Trabajo en fecha 28.07.2017 cuando estando trabajando y manejando una máquina cortacésped notó un chasquido por un fuerte tirón en la espalda. La Mutua ha venido atendiendo médicamente al actor desde el 31 de julio de 2017. Se emitió parte de baja por lumbalgia postesfuerzo. En la Mutua siguió tratamiento médico con fármacos oral e inyectable y rehabilitación; Se emite informe del doctor Conrado médico de la Mutua con las siguientes conclusiones :las patologías diagnosticadas con las pruebas complementarias realizadas son de contingencias común: lumboartrosis incipiente. Raíz anclada/médula anclada y Ataxia con sospecha de alteración del sistema nervioso central. Y las limitaciones objetivadas por los especialistas son de carácter muy leve. En fecha 31 de julio de 2018 se realizó una nueva RMN de columna lumbar que informó discopatía degenerativa con pérdida de altura de la porción posterior de los disco L4-L5 Y L5-S1 . PROTUSIONES DISCALES POSTERIORES l4-l5 y l5-s1 asociando leve estenosis de los agujeros foraminales en estos niveles, sin aparente compromiso radicular. Con fecha 10.01.2021 se emite informe del Doctor Enrique . Las patologías diagnosticadas en el Dictamen Propuesta derivan del accidente de trabajo de 28 de julio de 2017 y limitan la actividad funcional del actor para su trabajo habitual de jardinero. SEGUNDO.- Con fecha 9.07.2019 el INSS dicta Resolución por la que se declara DON Pablo Jesús en situación de incapacidad permanente TOTAL derivada conjuntamente de accidente laboral y de enfermedad común y compartida al 50% entre Ibermutua y el INSS y a la vista del Dictamen propuesta del equipo de valoración de incapacidades de 13 de junio de 2019 en el que constan las dolencias siguientes: Cuadro clínico residual: lumbalgia/ lumbociática de larga evolución. EMG SIGNOS DE AFECTACIÓN RADICULAR L5 DERECHA Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Patología degenerativa discal-lumbar dolorosa y protusiones discales con escasa respuesta al tratamiento. afectación L5 derecha con marcha claudicante Limitación para moderados requerimientos de deambulación bipedestación, bajar, subir cuestas, cargar pesos etc. TERCERO.- Informe médico de síntesis de 29.05.2019 : DIAGNÓSTICO lumbalgia / lumbociatica de larga evolución EMG signos moderados de afectación radicular L5 derecha EA: En IT desde 31/07/17 por lumbalgia por AT. Ref‌iere que está fatal, no le hacen nada las inf‌iltraciones. No puede hacer nada, ni caminar más de 50 metros, los días buenos 300 mts incluso con cuestas (dice que le cuesta más bajarlas que subirlas), ya no puede ir a pescar. Dice que apenas sale de casa. Sale con los amigos al bar del barrio. Utiliza un bastón por falta de estabilidad, ref‌iere haberse caído dos o tres veces. El 6/5/19 en el Juzgado le han considerado AT.COT le ha remitido a Unidad de espalda de León. En seguimiento por Cardio por arritmias: digoxina, Bisoprolol. EXPL: Acude con un bastón. Sin él, marcha claudicante pierna izq. Flexión con DDS 60 cm. Puntillas talones difícil pero posible con inestabilidad. Lassegue y Bragart negativos, ROT presentes y simétricos. Solicita ayuda para incorporarse de la camilla. DOCUMENTAL:- RMN LUMBAR (05/10/17):Cambios degenerativos incipientes en los dos últimos discos lumbares. Hernia discal L5-S1 paramediana izquierda, valorar si existe signos de radiculopatía S1 izquierda.- ESTUDIO NEUROMUSCULAR (10/10/17): signos moderados de afectación radicular L5 derecha POSIBLE RAÍZ ANCLADA ESTUDIO BIOMECÁNICO (02/02/18). La funcionalidad global del raquis está alterada.- INFORME TRAUMATOLOGÍA PESQUERA (18/10/17):Lumbociática izquierda. Recomiendo RHB durante 2 semanas y enviar neurocirujano si persisten síntomas en un MESIN FORME NEUROCIRUGÍA (20/08/18): Persisten dolores en columna y EID que achaca a accidente. RM Columna dorsal: Hemangioma en cuerpo vertebral D8. Discreta deshidratación discal dorsal. RM Columna lumbar de 31 de julio de 2019: Hemangioma en cuerpo vertebral de L2. Discopatía degenerativa con pérdida de altura de la porción posterior de los discos L4-L5 y L5-S1. Protrusiones discales posteriores L4-L5 y L5-S1, asociando leve estenosis de los agujeros foraminales en estos niveles, sin aparente compromiso radicular. No indicación quirúrgica Derivo de nuevo a su traumatólogoINFORME COT (13/11/18):EMG signos moderados de afectación radicular L5 derecha Neurocirugia descartan intervención. PTe de inf‌iltraciones por unidad dolor si no mejorase valorar remitir a León.-INFORME UNIDAD DOLOR (17/12/18):Bloqueo facetario bilateral con ropiv al 0,2% y 1 amp de trigon ( 2 ml por espacio). Tecnica aseptica sin incidencias. Revisión en marzo para valorar resultados- Cardiología 8/4/19: consulta por palpitaciones. Solicito Holter (hecho 24/5/19) Map : valorar ajuste del tratamiento ansiolitico - COT 28/5/19: Varón de 54 años lumbalgia / lumbociática de larga evolución EMG signos moderados de afectación radicular L5 derecha... Ha sido inf‌iltrado por unidad de dolor con mejoría parcial. Neurocirugia descartaron intervención. Remito y a Unidad de dolor y unidad raquis de Hospital de León. TTO realizados: 2 bloqueos

facetarios. Farmacológico actual: Lorazepam 5mg 1/2-1/2-1, Enanplus 125/75 1-0-1, nolotil y en ocasiones precisa cloruro Mórf‌ico en el hospital y en el ambulatorio Enantyum y diazepam im. (En prescripciones Medora no recoge recetas de Nexium, Nolotil ni Mirtazapina). Li mitaciones orgánicas y funcionales Varón de 55 años, jardinero, con patología degenerativa discal lumbar dolorosa y protusiones discales con escasa respuesta al tto conservador. EMG: signos moderados de afectación L5 dcha, con marcha claudicante. Descartada cirugía por Neurocirugía, COT remite a Unidad del dolor y Unidad de espalda de León. Limitación para moderados requerimientos de deambulación, bipedestación, bajar cuestas, cargar pesos, etc. CUARTO.- -El origen de la contingencia de la incapacidad permanente total reconocida al actor es derivada de accidente de trabajo de fecha 28 de julio de 2017 y de enfermedad común / (lumbociática de larga evolución ). QUINTO- La base reguladora mensual de la pensión de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo asciende a 1.403,49€ y derivada de enfermedad común 513€ y fecha de efectos desde 3.07.2019. SEXTO.- - Por Resolución 22.01.2020 el INSS valora al trabajador en revisión de grado y le considera no afecto de incapacidad permanente en ningún grado.

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