STSJ Andalucía 341/2022, 24 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Febrero 2022
Número de resolución341/2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

N.B.P.

Sentencia número: 341/22

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA-Magistrados- En la Ciudad de Granada, a 24 de febrero de 2022

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican han pronunciado

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación número 2306/21, interpuesto por DOÑA María Dolores contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén de fecha 2 de julio de 2021 en Autos número 132/21 sobre DESPIDO, en el que ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén tuvo entrada demanda interpuesta por DOÑA María Dolores contra FUNDACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO DE ANDALUCÍA (FOREM-A), REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES FIRMANTES DEL ACUERDO SOBRE DESPIDO COLECTIVO, SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO y FOGASA.

SEGUNDO

Admitida a trámite y registrada la demanda con el número de autos 132/21 fue celebrado juicio, dictándose Sentencia el día 2 de julio de 2021 que contenía el siguiente fallo:

"Que estimo la excepción planteada por FUNDACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO DE ANDALUCÍA (FOREM-A) de falta de conciliación previa y como consecuencia de lo anterior, desestimo la demanda sin pronunciamiento sobre el fondo".

TERCERO

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

" 1º .- Dña. María Dolores, mayor de edad, con DNI n.º NUM000 ha venido prestando sus servicios para FUNDACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO DE ANDALUCÍA (FOREM-A) en los siguientes periodos de tiempo:

- De 11 de abril de 2005 a 12 de agosto de 2005 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico Orientador con la entidad FOREM-A.

- De 26 de septiembre de 2005 a 21 de octubre de 2005 contrato de duración determinada de interinidad con la categoría profesional de Técnico Orientador con la entidad FOREM-A.

- De 4 de noviembre de 2005 a 23 de enero de 2006 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico Orientador con la entidad FOREM-A.

- De 24 de enero de 2006 a 17 de julio de 2006 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- De 16 de noviembre de 2006 a 12 de noviembre de 2007 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- De 25 de marzo de 2008 a 25 de mayo de 2008 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- De 26 de mayo de 2008 a 1 de octubre de 2008 contrato de duración determinada de obra o servicio determinado con la categoría profesional de Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Conversión de contrato temporal en contrato indef‌inido para la realización de trabajos f‌ijos discontinuos con fecha de 2 de octubre de 2008 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 3 de octubre de 2008 a 25 de octubre de 2008 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 16 de enero de 2009 a 19 de enero de 2009 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 20 de enero de 2009 a 19 de agosto de 2009 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 16 de octubre de 2009 a 2 de noviembre de 2019 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 3 de noviembre de 2009 a 28 de agosto de 2010 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 14 de diciembre de 2010 a 2 de enero de 2011 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 3 de enero de 2011 a 27 de octubre de 2011 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 3 de abril de 2012 a 30 de noviembre de 2012 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 13 de mayo de 2016 a 28 de octubre de 2016 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 27 de febrero de 2017 a 26 de diciembre de 2018 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

- Llamamiento como f‌ijo discontinuo de 26 de febrero de 2019 a 26 de diciembre de 2020 como Técnico de Orientación con la entidad FOREM-A.

Con anterioridad a 2005 mantuvo relaciones laborales con otros empleadores y entre el 2 de febrero de 2015 y el 28 de julio de 2015 mantuvo relación laboral con Asociación Objetivo Vida.

(documentos 1 a 14 así como 21 de los aportados por FOREM-A, así como documentos I.1 y I.3 a I.22 de los aportados por la propia actora).

  1. .- La retribución por dicho puesto de trabajo ascendía en ese último llamamiento a 1977,31€ (folio 720 de la documental aportada por FOREM-A)

  2. .- La demandada Fundación Formación y Empleo de Andalucía, entidad sin ánimo de lucro, constituida mediante escritura pública de 6.07.1992 por la Confederación Sindical "Comisión Obrera de Andalucía" y que tiene por objeto: "a) Fomentar el estudio y la investigación en materia de Formación Profesional y Social de los trabajadores. b) Ayudar a la def‌inición de necesidades de formación y cualif‌icación de los trabajadores en función de las demandas sociales el desarrollo regional tecnológico y económico. c) Contribuir a la mejora

    de las condiciones de trabajo mediante la intervención en la Formación permanente de los trabajadores. Se dedicará especial atención a la creación y mejora del empleo. d) Participar en las modalidades y niveles que def‌ine la fundación en la impartición directa de Formación básica y permanente. e) Prestar atención prioritaria a la formación de desempleados con necesidades especiales de reinserción en el mercado de trabajo tales como: jóvenes de primer empleo, mujeres que reingresen al mercado de trabajo y parados de larga duración.

    f) Cualesquiera otros f‌ines que el Patronato considere de interés", es una de las entidades que participa en el Programa Andalucía Orienta, subvencionada con cargo al mismo. (folios 489 a 505 de la documental aportada por FOREM-A)

  3. .- FOREM-A percibió una subvención la aprobada por Resolución de 19 de diciembre de 2018 de la Dirección General de Políticas de empleo por un importe total de 4.323.573,16€, habiendo decidido con posterioridad no volver a concurrir a dichas subvenciones (folios 6 a 13 de la documental aportada por FOREM-A).

  4. .- El 3 de diciembre de 2020 se inició consulta para la extinción por despido de los contratos de los trabajadores, concluyendo el proceso el día 4 de enero de 2021, fecha en que se alcanzó un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores cuyo contenido damos por reproducido en aras a la brevedad (folios 738 a 1492 de la documental aportada por FOREM-A)

  5. .- El día 15 de enero de 2021 se remitió burofax por parte de FOREM-A a la Señora María Dolores comunicándole los términos del acuerdo aludido en el hecho probado anterior y conforme al cual a Doña María Dolores se le comunicaba la extinción de su contrato de trabajo con una indemnización de 25 días por año de servicio, lo que suponía un total de 16.436,98€, de los cuales 10.000 fueron abonados en ese mismo instante y el resto el 7 de mayo de 2021 (folios 1493 a 1521 y 1.821 y 1822 de la documental aportada por FOREMA)

  6. .- La actora ostentaba la cualidad de representante de los trabajadores en el año anterior a su despido.

  7. .- El SAE remitía a FOREM-A instrucciones sobre la manera de llevar a cabo los programas y FOREM-A se las remitía a su vez a los trabajadores (folios 89 a 161 de la documental aportada por la actora).

  8. - En las tarjetas de identif‌icación de la actora en los periodos de tiempo en los que ha estado contratado por FOREM-A, además del logotipo de ésta y de CCOO aparece el de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. En una de ellas, junto a este último logotipo se especif‌ica que es un programa f‌inanciado por esa Consejería (folio 162 de la documental aportada por la actora)".

CUARTO

Notif‌icada la Sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por la parte actora, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado de contrario.

QUINTO

Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En la sentencia dictada en la instancia, estimándose la excepción planteada por la Fundación Formación y Empleo de Andalucía (FOREM-A) de falta de conciliación previa, se desestima la demanda sin pronunciamiento sobre el fondo del despido litigioso. Se pedía en la demanda, también, que se declarara la existencia de una cesión ilegal, defendiendo que el verdadero empleador de la actora es el Servicio Andaluz de Empleo.

Contra dicha sentencia se formula recurso de suplicación por la parte demandante exclusivamente al amparo del apartado a) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con el objeto de que se anulen las actuaciones, en base a una supuesta infracción de normas y/o garantías procesales en la instancia. Concluye este recurso con la súplica de que "se dicte sentencia por la que, con estimación del Recurso y revocación de la recurrida, se declare la nulidad de la sentencia y se devuelvan los...

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