Texto aprobado por el Senado

Fecha04 Abril 2022
I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS
PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY
(621/000042)
(Cong. Diputados, Serie A, núm. 57
Núm. exp. 121/000056)
TEXTO APROBADO POR EL SENADO
El Pleno del Senado, en su sesión número 46, celebrada el día 23 de marzo de 2022, ha aprobado
el Dictamen de la Comisión de Transición Ecológica sobre el Proyecto de Ley de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, con el texto que adjunto se publica.
Las enmiendas aprobadas por el Senado y el correspondiente mensaje motivado han sido remitidos
al Congreso de los Diputados a los efectos previstos en el artículo 90.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Palacio del Senado, 30 de marzo de 2022.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
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SENADO
XIV LEGISLATURA
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PROYECTO DE LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR
ÍNDICE
Preámbulo
Título preliminar. Disposiciones y principios generales
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Subproductos
Artículo 5. Fin de la condición de residuo
Artículo 6. Clasificación y Lista europea de residuos
Capítulo II. Principios de la política de residuos y competencias administrativas
Artículo 7. Protección de la salud humana y el medio ambiente
Artículo 8. Jerarquía de residuos
Artículo 9. Autosuficiencia y proximidad
Artículo 10. Acceso a la información y a la justicia, y participación en materia de residuos
Artículo 11. Costes de la gestión de los residuos
Artículo 12. Competencias administrativas
Artículo 13. Comisión de Coordinación en materia de residuos
Título I. Instrumentos de la política de residuos
Artículo 14. Programas de prevención
Artículo 15. Planes y programas de gestión de residuos
Artículo 16. Medidas e instrumentos económicos
Título II. Prevención de residuos
Artículo 17. Objetivos de la prevención de residuos
Artículo 18. Medidas de prevención
Artículo 19. Reducción de residuos alimentarios
Título III. Producción, posesión y gestión de los residuos
Capítulo I. De la producción y posesión de los residuos
Artículo 20. Obligaciones del productor inicial u otro poseedor relativas a la gestión de sus residuos
Artículo 21. Obligaciones del productor inicial u otro poseedor relativas al almacenamiento, mezcla,
envasado y etiquetado de residuos
Artículo 22. Residuos domésticos peligrosos
Capítulo II. De la gestión de residuos
Sección 1.ª Obligaciones en la gestión de residuos
Artículo 23. Obligaciones de los gestores de residuos
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Sección 2.ª Medidas y objetivos en la gestión de residuos
Artículo 24. Preparación para la reutilización, reciclado y valorización de residuos
Artículo 25. Recogida separada de residuos para su valorización
Artículo 26. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización
Artículo 27. Eliminación de residuos
Sección 3.ª Medidas de gestión para residuos específicos
Artículo 28. Biorresiduos
Artículo 29. Aceites usados
Artículo 30. Residuos de construcción y demolición
Sección 4.ª Traslados de residuos
Artículo 31. Régimen de los traslados de residuos en el interior del territorio del Estado
Artículo 32. Entrada y salida de residuos del territorio nacional
Capítulo III. Régimen de autorización y comunicación de las actividades de producción y gestión de residuos
Artículo 33. Autorización de las operaciones de recogida y tratamiento de residuos
Artículo 34. Exenciones de los requisitos de autorización
Artículo 35. Comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos
Artículo 36. Restablecimiento de la legalidad ambiental
Título IV. Responsabilidad ampliada del productor del producto
Capítulo I. Obligaciones del productor del producto. Disposiciones generales
Artículo 37. Obligaciones del productor del producto
Artículo 38. Cumplimiento de las obligaciones del productor del producto
Artículo 39. Cumplimiento voluntario de obligaciones del productor del producto
Artículo 40. Representante autorizado del productor del producto
Capítulo II. Requisitos mínimos generales aplicables al régimen de responsabilidad ampliada del productor
Sección 1.ª Disposiciones comunes sobre los regímenes de responsabilidad ampliada del productor
Artículo 41. Contenido mínimo de las normas que regulen regímenes de responsabilidad ampliada
del productor
Sección 2.ª Disposiciones comunes sobre el funcionamiento de los sistemas de responsabilidad ampliada
Artículo 42. Obligaciones relativas a la organización y a la financiación de la gestión de los residuos
Artículo 43. Alcance de la contribución financiera de los productores del producto a los sistemas de
responsabilidad ampliada
Artículo 44. Convenios con las administraciones públicas que intervengan en la organización de la
gestión de los residuos
Artículo 45. Acuerdos con otros operadores para la organización y financiación de la gestión de los
residuos
Artículo 46. Autocontrol
Artículo 47. Transparencia y diálogo
Artículo 48. Confidencialidad de la información
Sección 3.ª Constitución de los sistemas de responsabilidad ampliada
Artículo 49. Constitución de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada
Artículo 50. Constitución de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada
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