SAP Madrid 610/2021, 18 de Noviembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 18 Noviembre 2021 |
Número de resolución | 610/2021 |
Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Madrid
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37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2017/0138482
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1475/2021
Origen :Juzgado de lo Penal nº 22 de Madrid
Procedimiento Abreviado 58/2020
Apelante: D./Dña. Macarena
Procurador D./Dña. OLGA MARTIN MARQUEZ
Letrado D./Dña. ADELA LOPEZ SALDAÑA
Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA Nº 610/21
Magistrado/as:
Pilar ALHAMBRA PEREZ (Ponente)
Francisco Javier TEIJEIRO DACAL
María Inés DIEZ ALVAREZ
En Madrid, a 18 de noviembre de 2021
Este Tribunal ha deliberado acerca del recurso de apelación interpuesto por Macarena contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 22 de Madrid, en fecha 19 de octubre de 2020, en la causa arriba referenciada.
La apelante ha estado asistida por la Letrada Doña Adela López Saldaña.
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El relato de hechos probados de la sentencia recurrida dice así: "La acusada Macarena, mayor de edad por cuanto nacida el NUM000 de 1994, de nacionalidad española con número de D.N.I NUM001, con número ordinal de informática NUM002, y con antecedentes penales computables en esta causa a efectos de reincidencia fue ejecutoriamente condenada, entre otras por:
Sentencia de fecha 26-04-2017 firme el día 26-04-2017, dictada por el Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid en la causa número 00000906-2017, por el delito de estafa a la pena de cuatro meses de prisión pena que le fue suspendida durante el plazo de 2 años, desde el 26 de abril de 2017.
Sentencia de fecha 15-06-2017 firme el día 01-09-2017 dictada por el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, en la causa número 0000752-2017 por el delito leve de estafa, a la pena de 2 meses de multa. Sentencia de fecha 26-10-2017 firme el día 26-02-2018 dictada por el Juzgado de Instrucción 4 de Madrid, en la causa número 0001910-2017 por el delito leve de estafa a la pena de 45 días de multa.
Sentencia de fecha 30-12.2017, firme el día 9-03-2018 dictada por el Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid, en la causa número 0002121-2017 por el delito leve de estafa a la pena de 30 días de multa. Sentencia de fecha 03-07-2018 firme el día 06-07-2018 dictada por el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid en la causa número 0002144-2017 por el delito leve de estafa a la pena de 2 meses de multa, pena extinguida el 17 de enero de 2019.
La acusada, en compañía de un individuo que no ha podido ser identificado en la causa actuando de común acuerdo en la acción y con el idéntico ánimo de obtener un inmediato beneficio patrimonial, cometió los siguientes hechos:
El día 14 de agosto de 2017, se dirigieron al Hotel AC CUZCO, ubicado en el Paseo de la Castellana, número 133, de Madrid y se alojaron en la habitación número NUM003, permaneciendo en dicho hotel los días 14,15 y 16 de agosto de 2017, realizando diversos gastos, sin intención de abonarlos, hasta el día 16 de agosto de 2017, en que abandonaron el referido establecimiento, no queriendo hacerse cargo del abono de los gastos, sin que hasta la fecha se hubiera satisfecho, el cual ascendía a la cantidad de 506,90 euros.
El día 16 de agosto de 2017, se dirigieron al hotel AC LOS VASCOS sito en la calle Los Vascos número 27 de Madrid, y se alojaron en la habitación número NUM004, permaneciendo en dicho hotel, los días 16,17 y 18 de agosto de 2017, realizando diversos gastos, sin que hasta la fecha se hubiera satisfecho, el cual ascendía a la cantidad de 300,10euros. Entre los gastos no abonados se encontraba la adquisición de un corta-uñas
El fallo de la sentencia recurrida dice así: "se condena a Macarena como autora penalmente responsable de un delito continuado de estafa, anteriormente definido, con la concurrencia de la agravante de reincidencia, a la pena de 2 años 4 meses y 17 días de prisión e inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
En concepto de responsabilidad civil se condena a Macarena a indemnizar al Hotel AC Cuzco en la cantidad de 506,90 euros, y al Hotel AC Los Vascos, ambos de Madrid en la cantidad de 300,10 euros, con aplicación del interés legal del artículo 576 de la LEC.
Todo ello con expresa imposición de las costas procesales,
Notifíquese esta resolución a los ofendidos y perjudicados por el delito aunque no se hayan mostrado como parte en la causa .
Una vez firme la presente resolución comuníquese al Registro Central de Penados y Rebeldes a los efectos oportunos.
Notifíquese esta sentencia a las...
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