SAP Madrid 514/2021, 18 de Octubre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 514/2021 |
Fecha | 18 Octubre 2021 |
Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 9 - 28035
Teléfono: 914934646,914934645
Fax: 914934639
audienciaprovincial_sec23@madrid.org
GRUPO 7
37051530
N.I.G.: 28.079.43.1-2014/0222288
Procedimiento Abreviado 272/2021
Delito: Estafa
O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 27 de Madrid
Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 3209/2014
SENTENCIA Nº 514/21
Ilmos/as Sres/as MAGISTRADOS :
Dª. Mª ROSARIO ESTEBAN MEILÁN
D. JOSÉ SIERRA FERNANDEZ
D. JESÚS GOMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ
En Madrid a dieciocho de octubre de dos mil veintiuno
VISTA en juicio oral, los pasados días 27 de septiembre y 1 de octubre, ante la Audiencia Provincial, Sección Vigésimo Tercera de esta Capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 27 de los de Madrid seguida por delito de defraudación de prestaciones, contra los siguientes acusados:
1- Alfonso con DNI NUM000 representado por el Procurador Sr Fernando Esteban Cid. y asistido del letrado
D. Luis Ernesto Hidalgo Armijo
2- Milagros - FALLECIDA
3- Artemio con NIE NUM001 representado por el Procurador Sr. Roberto Alonso Verdú y asistido del letrado
D. Alberto Calle Ventocilla y Mª Angeles Delfa Ramos
4- Bruno con DNI NUM002 representado por la procuradora Sr. Rocío Martín Echague y asistido del letrado
D. Luis Sanz Fernández
5- Ruth con DNI NUM003 representada por el Procurador Sr. Javier Glez. Fernández y asistido del letrado
D. Luis Carlos Párraga Sánchez
6- Desiderio con NIE NUM004 representado por la procuradora Sra. Gema Gómez Córdoba y asistido del letrado D. Ángel Mejías Santiago
7- Victoria con DNI NUM005 representada por el procurador Sr. Alejandro Buiza Médina y asistido del letrado
D. Juan Ignacio Blanco del Moral
8- Esteban con DNI NUM006 representado por la Procuradora Sra. María Elena Juanas Fabeiro, y asistido del letrado D. Miguel de la Cruz Hernando
9- Fausto con NIE NUM007 representado por el procurador Sr. Jaime Glez Mínguez y asistido del letrado
D. Ani Urse
10- Africa con DNI NUM008 representada por la procuradora Sra. María Abellá Alberto y asistido del letrado
D. Mariano García Porras
11- Amelia con DNI NUM009 representada por el Procurador Sr. García-Lozano y asistido del letrado D. Javier Sánchez Ribas
12-- Hipolito con DNI NUM010 representado por la Procuradora Sra. Mª Teresa De Donesteve y Velázquez y asistido del letrado D. Juan Jesús Camps Palou de Comasema
13- Bibiana con DNI NUM011 representada por la procuradora Sra. Mónica de la Paloma Fente Delgado y asistido del letrado D. Daniel Sevilla Sanz
14- Carla con DNI NUM012 representada por la procuradora Sra. García Esteban Guadalix y asistido de la letrada D. María del Valle García García
15- Leandro con NIE NUM013 representado por la procuradora Sra. Paloma Rabadán Chaves y asistido del letrado D. Juan Manuel Medina Andrés
16- Marcos con NIE NUM014 representado por la procuradora Sra. Olga Romojaro Casado y asistido del letrado D. Francisco José Ruiz Pedrero
17- Encarna con DNI NUM015 representada por la procuradora Sra. Isabel Rufo Chocano y asistido de la letrada D. Ana de la Cruz García
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- Oscar con NIE NUM016 representado por la procuradora Sra. Beatriz Verdasco Cediel y asistido del letrado D. Francisco José Losada González
19- Florencia con DNI NUM017 representada por la procuradora Sra. Mª Ángeles González Rivero y asistido del letrado D. Mariano Herranz Hernan
20- Herminia con DNI NUM018 representada por la procuradora Sra. Cristina Herguedas Pastor y asistido del letrado D. María Teresa Martín García
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- Julia con DNI NUM019 representada por la procuradora Sra. Almudena Fernández Sánchez y asistida del letrado D. Ricardo de la Peña González
22- Lourdes con DNI NUM020 representada por el procurador Sr. Oscar Gil de Segredo Garicano y asistido de la letrada Dª. Ana Conejero Illanes
23- Marina con NIE NUM021 representada por la procuradora Sra. Paula Guhl Milán y asistida del letrado
D. Emilio Bragulat Pablos
24- Jose Pablo con DNI NUM022 representado por la procuradora Sra. A Gilsanz Madroño y asistido del letrado D. Martín Ochoa Díaz
25- Ángel Daniel con DNI NUM023 representado por la procuradora Sra. Ruth Mª Oterino Sánchez y asistido del letrado D. Jacob Peregrina Barahona
26- Genoveva con NIE NUM024 representada por la procuradora Sra. Beatriz Sordo Gutiérrez y asistida del letrado D. Juan Francisco Antona Peña
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- Amador con DNI NUM025 representado por la procuradora Sra. Ana Isabel Rodríguez Bartolomé y asistido del letrado D. Susana Valdés Huertas
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- Arsenio con DNI NUM026 representado por el Procurador Sr. Juan Luis Senso Gómez y asistido de la letrada Mª Victoria Carnero Tijero
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- Maite con DNI NUM027 representada por la procuradora Sra. Mª J. Santos Martín y asistido del letrado
D. Rafael Orobiyi Bapori
30- Marisol con DNI NUM028 representada por el Procurador Sr. Luis Colmenar Verbo y asistido del letrado
D. Rafael Rubio Sanz
En cuya causa fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL representado por el Fiscal, Ilmo. Sr. Julián Salto Torres; Actuando como Ponente el Magistrado D. Jesús Gómez-Angulo Rodríguez, que expresa el parecer de la Sala.
Desde sus Diligencias Previas núm. 2165/2014 el Juzgado de Instrucción núm. 27 de los de Madrid instruyó su Procedimiento Abreviado de igual número, en el que fueron acusados las personas reflejadas en el encabezamiento por el delito de defraudación de prestaciones, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm.272/2021 de esta Sección Vigésimo tercera
El MINISTERIO FISCAL modificó sus conclusiones provisionales, 1. Incluyó un último párrafo en su relato de hechos del siguiente tenor: "Desde que se incoo la presente causa han pasado siete años, y pese lo complejo por el número de acusados no ha sido tramitación complicada, habiéndose dilatado en exceso por causas no imputables a los acusados. Desde la calificación del Ministerio Fiscal de fecha 13 de diciembre de 2018 al momento del juicio han transcurrido más de dos años".
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Calificó definitivamente los hechos como constitutivos de A) UN DELITO DEDEFRAUDACION DE PRESTACIONES previsto y penado en el art. 307ter.2 del Código Penal, y B) UN DELITO DE DEFRAUDACION DE PRESTACIONES previsto y penado en el art. 307ter del Código Penal.
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De los delitos referenciados en el apartado A) son autores conforme a los artículos 27 y 28 del Código Penal los acusados (1) Alfonso, (3) Artemio, y (4) Bruno
Del delito referenciado en el apartado B son autores conforme a los artículos 27 y 28 del Código Penal el resto de acusados (5) Ruth ; (6) Desiderio ; (7) Victoria ; (8) Esteban ; (9) Fausto ; (10) Africa ; (11) Amelia ; (12) Hipolito ; (13) Bibiana ; (14) Carla ; (15) Leandro ; (16) Marcos ; (17) Encarna ; (18) Oscar ; (19) Florencia ;
(20) Herminia ; (21) Julia ; (22) Lourdes ; (23) Marina ; (24) Jose Pablo ; (25) Ángel Daniel ; (26) Genoveva ; (27) Amador ; (28) Arsenio ; (29) Maite ; (30) Marisol
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Concurre respecto de todos los acusados, la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas del art. 21.6 CP, por lo que rebajando la pena dos grados, procede la imposición de las siguientes penas.
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A los tres primeros acusados, 1) Alfonso, (3) Artemio, y (4) Bruno, como autores de un delito defraudación de prestaciones, la pena de SEIS MESES DE PRISION, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 62.000€ de multa con responsabilidad personal subsidiaria de tres meses en caso de impago, art. 53.2 CP y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de UN AÑO
A los restantes acusados como autores de un delito defraudación de prestaciones, la pena de dos meses de prisión, que por imperativo legal se sustituye por la CUATRO MESES MULTA con fijación de una cuota diría de tres euros, y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de NUEVE MESES
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La acusada (5) Ruth indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 8.464,70 euros.
El acusado (6) Desiderio indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 3.458,47 euros.
La acusada (7) Victoria indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 10.089,33 euros.
El acusado (8) Esteban indemnizará a la Tesorería General de ia Seguridad Social en la cantidad de 6162,80 euros.
El acusado (9) Fausto indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 8.141,96 euros.
La acusada (10) Africa indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 3.937,35 euros.
La acusada (11) Amelia indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 15.808,20 euros.
El acusado (12) Hipolito indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 11.991,75 euros
La acusada (13) Bibiana indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 3.834 euros.
La acusada (14) Carla indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 6.889,33 euros.
La acusada (15) Leandro indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 7.611,20 euros.
El acusado (16) Marcos indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 1.882,18 euros.
La acusada (17) Encarna indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la cantidad de 13.657,20 euros.
El acusado (18) Oscar indemnizará a la Tesorería General de la Seguridad Social en la...
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