SAP Málaga 174/2021, 23 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución174/2021
Fecha23 Abril 2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCIÓN PRIMERA

Iltmos. Sres:

PRESIDENTE Sr. D. RAFAEL LINARES ARANDA

MAGISTRADA Sra. Dª AURORA SANTOS GARCIA DE LEON

MAGISTRADO Sr. D. JUAN RAFAEL BENÍTEZ YÉBENES

Nº Procedimiento: Rollo nº 1003/2018

Procedimiento Origen: procedimiento Abreviado nº 1/2017

Origen: JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 1 DE LOS DE VÉLEZ MÁLAGA

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga, en la causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

SENTENCIA nº 174

En Málaga, a veintitrés de abril de dos mil veintiuno.

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga ha visto, en juicio oral y público, la causa seguida con el número arriba indicado, de rollo de Sala, correspondiente al Procedimiento Abreviado número 1 del 2017, del Juzgado de Instrucción número 1 de los de Vélez Málaga, por supuestos delitos contra la salud pública, pertenencia a grupo criminal y tenencia ilícita de armas.

Contra 1) Arcadio, titular del D.N.I. nº NUM000, nacido en Vilagarcía de Arousa el día NUM001 -1977, hijo de Benita y de Bartolomé, con domicilio en DIRECCION000 NUM002, NUM003 de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), con TMA nº NUM004, sin que consten antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde el día 10-2-2016 hasta el día 25-05-2017, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. María Victoria Muratore Villegas y asistido por el letrado Sr. Eduardo Zuleta Heredia.

Contra 2) Federico, titular del D.N.I. nº NUM005, nacido en Vélez Málaga (Málaga) el día NUM006 -1952, hijo de Isabel y de Genaro, con domicilio en CALLE000, La Caleta de Vélez NUM007, de la localidad de Vélez Málaga (Málaga), con TMA nº NUM008, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde el día 10-2-16 hasta el día 15-6-17, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Buenaventura Osuna Jiménez y asistido por la letrada Sra. Isabel Jesús Ortega Justicia.

Contra 3) Nemesio, titular del N.I.E nº NUM009, nacido en Saimata (Japón) el día NUM010 -1979, hijo de Pio y de Vanesa, con domicilio en CALLE001 n.º NUM011, URBANIZACION000, de la localidad del Rincón de la Victoria (Málaga), con TMA nº NUM012, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde los días 10 y 11-2-16, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. María Victoria León Díaz y asistido por el letrado Sr. Francisco Javier Triviño Díaz.

Contra 4) Teodulfo, titular del D.N.I. nº NUM013, nacido en Málaga el día NUM014 -1980, hijo de Almudena y de Jose Luis, con domicilio en CALLE002, Urbanización CALLE002 nº NUM015, Bloque NUM015, NUM016, 29730, de la localidad del Rincón de la Victoria (Málaga), con TMA nº NUM017, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pedro A. León Fernández y asistido por el letrado Sr. Luis Miguel Ruiz Braña.

Contra 5) Alfredo, titular del D.N.I. nº NUM018, nacido en Jaén el día NUM019 -1986, hijo de Felicisima y de Augusto, con domicilio en CALLE000 NUM020, 29788 de la localidad de Frigiliana (Málaga), con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde los días 10 y 11-2-16, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. María Victoria Muratore Villegas y asistido por la letrada Sra. Carmen Muñoz Zea.

Contra 6) Borja, titular del D.N.I. nº NUM021, nacido en Málaga el día NUM022 -1975, hijo de Justa y de Cipriano, con domicilio en CALLE003 NUM011, 29130, de la localidad de Alhaurín de la Torre (Málaga), con TMA nº NUM023, sin que consten antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pedro A. León Fernández y asistido por e letrado Sr. Manuel Romeo Narváez.

Contra 7) Eladio, titular del D.N.I. nº NUM024, nacido en Málaga el día NUM025 -1980, hijo de Noelia y de Eusebio, con domicilio en CALLE004 NUM026, NUM027, de la localidad de Málaga, con TMA nº NUM028, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. María Ángeles Segovia Gil y asistido por el letrado Sr. Eduardo José Aguilera Crespillo.

Contra 8) Heraclio, titular del D.N.I. nº NUM029, nacido en Loja (Granada) el día NUM030 -1984, hijo de Tomasa y de Bartolomé, con domicilio en CALLE005 NUM031, de la localidad de Málaga, con TMA nº NUM032, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde los días 10 y 11-2-2016, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pedro A. León Fernández y asistido por el letrado Sr. Luis Miguel Ruiz Braña.

Contra 9) Mariano, titular del N.I.E nº NUM033, nacido en Marruecos el día NUM034 -1986, hijo de Antonieta y de Ovidio, con domicilio CALLE006 nº NUM035, NUM036, de la localidad de Málaga, con TMA nº NUM037, sin que consten antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Remedios Peláez Salido y asistido por el letrado Sr. Ochando Delgado.

Contra 10) Severiano, titular del D.N.I. nº NUM038, nacido en Argentina el día NUM039 -1980, hijo de Emma y de Genaro, con domicilio en CALLE007 NUM040, Escalera NUM035, NUM041, de la localidad de Málaga, con TMA nº NUM042, sin que consten antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde los dias 10 y 11-2-2016, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pedro

A. León Fernández y asistido por el letrada Sr. Luis Miguel Ruiz Braña.

Contra 11) Jose Daniel, titular del D.N.I. nº NUM043, nacido en Málaga el día NUM044 -1984, hijo de Luz y de Miguel Ángel, con domicilio en CALLE008 NUM045, P. NUM046, 29018 de la localidad de Málaga, con TMA nº NUM047, con antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado cautelarmente desde los días 10 y 11-2-2016, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Raquel Valderrama González y asistido por el letrado Sr. Luis Alfonso López Quiñones Toledano.

Contra 12) Armando, titular del D.N.I. nº NUM048, nacido en Nerja (Málaga) el día NUM049 -1980, hijo de Regina y de Bernardo, con domicilio en CALLE009 nº NUM050, de la localidad de Nerja, con TMA nº NUM051, sin que consten antecedentes penales, sin que conste solvencia; cuyas demás circunstancias personales constan suf‌icientemente en las actuaciones; en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo

privado cautelarmente desde los días 10 y 11-2-2016, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Eugenia Farre Bustamante y asistido por la letrada Sra. María Jesús Yañez Santos.

El Ministerio Fiscal estuvo representado por el Ilmo. Sr. D. Fernando Bentabol Manzanares. El Señor Magistrado Don Rafael Linares Aranda, actuó como Ponente, y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 y 7 del presente mes de abril ha tenido lugar la celebración de la vista, en juicio oral y público, de la causa seguida por supuesto delito contra la salud pública, pertenencia a grupo criminal y tenencia ilícita de armas, con el resultado que consta en la video grabación a tal efecto realizada.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en su escrito de calif‌icación provisional estimaba que los hechos relatados en su escrito son constitutivos de son constitutivos de:

A) un delito contra la salud pública de los artículos 368, 369 5 ° y 370, 3°, todos del código penal .

B) delito de pertenencia a grupo criminal del artículo 570 ter, 1, B ) y 2, C) del código penal .

C) delito de tenencia ilícita de armas del artículo 564, 1, 1 ° y 2° del código penal .

Responden todos los acusados en concepto de AUTOR ( artículos 27 y 28, párrafo 1 del Código Penal ) de los delitos A) y B); y Alfredo del delito C).

Procede imponer a cada acusado, por el delito A), la pena de cinco años de prisión, con la accesoria privación del derecho a sufragio pasivo durante toda la pena privativa de libertad y multa de 1.700.000 €; por el delito B), dos años de prisión, con la accesoria de privación del derecho sufragio pasivo durante toda la pena privativa de libertad; y a Alfredo, por el delito C), la pena de dos años de prisión, con la accesoria de privación del derecho sufragio pasivo durante toda la pena privativa de libertad.

Costas entre todos.

Decomiso de la droga, así como, e conformidad con el art. 374 CP, decomiso del dinero, efectos e instrumentos del delito, que deberán ser adjudicados al fondo especial previsto en la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de Bienes Decomisados por Tráf‌ico Ilícito de Drogas y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR