STSJ La Rioja 210/2021, 9 de Diciembre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 210/2021 |
Fecha | 09 Diciembre 2021 |
T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL
LOGROÑO
SENTENCIA: 00210/2021
C/ MARQUES DE MURRIETA 45-47
Tfno: 941 296 421
Fax: 941 296 597
Correo electrónico: saladelosocial.tsj@larioja.org
NIG: 26089 44 4 2020 0001653
Equipo/usuario: MRP
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000230 /2021
Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000529 /2020
Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL
RECURRENTE: MC MUTUAL MIDAT CYCLOPS
ABOGADO: RUBEN RANERO RANERA
RECURRIDOS: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EULEN, S.A., Sagrario
ABOGADOS: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, JORGE NISO SAENZ, MIGUEL MINGO DE MIGUEL
Sent. Nº 210/2021
Rec. 230/21
Ilma. Sra. Dª Mª José Muñoz Hurtado:
Presidenta.
Ilmo. Sr. D. Ignacio Espinosa Casares.
Ilma. Sra. Dña. Mercedes Oliver Albuerne.
En Logroño, a nueve de diciembre de dos mil veintiuno.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación nº 230/21 interpuesto por MC MUTUAL MIDAT CYCLOPS asistida del Letrado D. Rubén Ranero Ranera, contra la sentencia nº 228/21 del Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño, de fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno y siendo recurridos el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL asistidos del Letrado de la Administración de la Seguridad Social; la empresa EULEN S.A. asistida por el Letrado D. Jorge Niso Saenz y Dª. Sagrario, asistida del Letrado
D. Miguel Mingo de Miguel, ha actuado como PONENTE EL ILMO. SR. D. IGNACIO ESPINOSA CASARES.
Según consta en autos, por la Mutua MC MUTUAL MIDAT CYCLOPS se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño, contra el INSS, la TGSS, EULEN S.A., Dª. Sagrario, en reclamación de DETERMINACION DE CONTINGENCIA.
Celebrado el correspondiente juicio, con fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno, recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:
"HECHOS PROBADOS:
La trabajadora demandado venía prestando servicios por cuenta y órdenes de la codemandada EULEN S.A. desde el 1.06.2018 como limpiadora.
Esta empresa tiene concertado el aseguramiento de sus contingencias profesionales con la Mutua demandante MC MUTUAL.
Con fecha 5.01.2019 sufrió un accidente de trabajo mientras prestaba servicios en empresa cliente (ARLUY S.L.U.): "Realizando trabajos de limpieza sufre un atrapamiento en el brazo izquierdo, en un rodillo de la línea".
A consecuencia del mismo resultó con lesiones en ESI por las que inició incapacidad temporal por tal contingencia.
Durante el mismo se sometió a 3 intervenciones quirúrgicas (la última en Agosto19). Tras recibir alta hospitalaria el 4.09.2020 continuó RHB ambulatoria.
Con fecha 15.11.2019 sufrió caída accidental, sufriendo fractura de codo derecho intervenida quirúrgicamente el 19.11.2019.
Tras consulta de control el 11.12.2019 en clínica de BCN donde fue intervenida y estabilidad en la evolución del proceso, con opción de realizar implante de grasa autóloga en cicatriz con un objetivo estético únicamente, emitió la Mutua el 17.12.2019 alta con tramitación de secuelas, derivándola al SPS para continuar de baja por CC por las lesiones en ESD.
Instado por la trabajadora expediente de revisión de alta médica, quedaron suspendidos los efectos de ese alta.
Agotada el 4.01.2020 la duración máxima de 365 días resolvió el INSS previa propuesta del EVI de IPT, extinguir en fecha 3.03.2020 la situación de incapacidad temporal e iniciar un expediente de incapacidad permanente, prolongándose durante su tramitación los efectos económicos de la IT.
La situación clínica considerada era la que sigue (Informe de 28.02.2020):
1. DIAGNÓSTICO PRINCIPAL: S52.39- Otra fractura de diáfisis de radio.
2. DIAGNÓSTICO
Atrapamiento de antebrazo izquierdo con FX de cúbito y radio izquierdos y pérdida de sustancias.
18.11.2019 sufre caída accidental con FX codo derecho que precisó IQ artroplastia.
3. DATOS DE RECONOCIMIENTO MÉDICO (Anamnesis, exploración, documentos aportados)
Antecedentes: Rinitis alérgica, metrorragia, porfiria?, dermatitis contacto, hemorroides, sinusitis aguda, bronquitis, distimia, hipotiroidismo 2º a tto con radioyodo en 2011, hallux valgus intervenido 18.10.2017: Exostosectomía + tenotomía del aductor + osteotomía de Akin + tenotomía de flexor/extensor de 2º-3º-4º dedos. Dislipemia, DM tipo 2 diagnóstico reciente (Noviembre19).
.- IT AT de 5.01.2019 a 17.12.2019 por atrapamiento de antebrazo izquierdo con FX de cúbito y radio izquierdos y pérdida de sustancia.
.- Procedimiento de revisión de alta médica 16.01.2020 resuelto como continuar en IT.
Tto habitual: Eutirox 100, Metformina/Sitagliptina, Loracepam cada 12 horas, Quetiapina antes de dormir. Paracetamol, Terbasmin y Pulmocirt inhaladores.
.- Documentación clínica:
Mutua:
Paciente que sufrió atrapamiento de antebrazo izquierdo en Enero 2019, con FX de cúbito y radio izquierdos y pérdida de sustancias, en Bilbao fue sometida a 3 IQ 1º fijador externo penning y fasciotomía (6.01.2019) 2º osteosíntesis radio y cúbito con placas (17.01.2019) 3º RMO cubito y tenolisis extensora.
En último control de Diciembre de 2019 se consideran finalizadas las actuaciones terapéuticas y estabilizadas las lesiones residuales, no susceptibles de mejoría funcional emitiéndose alta médica para iniciar trámite de valoración de secuelas de ESI funcionalmente no dominante (diestra).
Exploración al alta: Injerto cutáneo y cicatrices muy adheridas a planos profundos que limita movilidad de muñeca y dedos. Buen aspecto mano y dedos.
BA de hombro y codo libre.
BA muñeca: FD 25º FP 45º, pronosupinación libre, BA pasivo de dedos mano izquierda:
Pulgar MCF 0º/40º IF 0º/40º (déficit de extensión activa pulgar)
Indice MCF 0º/65º IFP 0º/95º IFD 0º/45º.
Medio MCF 0º/80º IFP 0º/105º IFD 0º/65º
Anular MCF 0º/60º IFD 0º/65º
Meñique 0º/55º IFP 0º/100º IFD 0º75º
Realiza pinza T-T con todos los dedos, consideramos que las secuelas de la ESI están estabilizadas y no precisa más ttos quirúrgicos por parte de Traumatología.
Por otro lado y totalmente independiente el 18.11.2019 sufre caída accidental con FX codo derecho que precisó IQ y en la actualidad limitación de movilidad en RHB.
Traumatología (SPS) 15.11.2019.
Paciente 56 años, sufre caída accidental desde propia altura sobre brazo derecho con dolor intenso y limitación funcional que le impide la flexo-extensión de dicho brazo.
ESD: Limitación funcional. Dolor que imposibilita exploración de la movilidad. Dolor a la palpación en región de olecranon, dolor en antebrazo y húmero distal. Fuerza algo limitada por dolor. Sensibilidad conservada. Vasculonervioso conservado. Buen relleno capilar. Pulso radial simétrico.
RX antebrazo derecho: FX cabeza de radio derecho.
Se aprecia inflamación de codo derecho. No hematoma. No lesiones agudas a nivel de piel. Dolor a la palpación de codo derecho e importante impotencia funcional. Exploración nerviosa normal: Radial, cubital y mediano. Relleno capilar distal OK. Pulsos distales OK. Se inmoviliza con férula braquipalmar posterior¿¿
El 19.11.2019 se realiza exeresis de fragmentos oseos cabeza radial y artroplastia de cabeza de radio con prótesis ACMR (Medcomtech) cabeza 22 y vástago 2.
8.01.2020 Trauma 2 meses: Ext 30º flex 100º, pronación completa, supinación déficit de 45º. Insisto en ejercicios. Pte de RHB.
RX control bien. Refiere parestesias en pulpejo dedos. Durkan + puede ser por continuar con edema postquirúrgico, si en próxima consulta continua pediré EMG.
16.01.2020 RHB remitida tras IQ (protesis cabeza radio derecha).
EF BEG, hombro con molestias libre, codo -35/100 y pronosup casi completa, disestesias mano y refiere edema (no veo).
RX OK. Pauto: IR, ejer Kabat e isométricos (no forzar ni resistidos), estiramientos y tens.
UMEVI 28.02.2020 Acude la paciente sola, enfadada con Mutua porque a pesar de indicarle que continuase, no han realizado ningún tto ni le han mandado al cirujano estético como habían quedado. Relata que no puede trabajar así, aparte de lo mal e inestético que ha quedado el brazo y se lo tapa, añade que aunque es diestra, muchas de las tareas las tiene que hacer con ambas manos e incluso más fuerza con la izquierda.
En relación al otro brazo, dice estar más o menos contenta, continua RHB y le comentaron que posiblemente la movilidad no la recuperaría del todo. Por lo menos la cicatriz ha quedado bien.
Exploración falta de sustancia en el antebrazo, a pesar de los injertos y cicatrices muy adheridas a planos profundos que limita movilidad de muñeca y dedos.
BA de hombro y codo libre.
BA Muñeca: FD 25º FP 45º pronosupinación máxima y forzada dolorosa.
Movilidad e MCF aceptable con limitación en últimos grados.
BA pasivo de dedos mano izquierda: Pulgar MCF 0º/40º IF 0º/40º (mínima movilidad de forma activa), índice prácticamente anquilosis con mínima movilidad, medio, anular y meñique faltan últimos grados para completar puño.
Realiza pinza con todos los dedos pero lateral y sin fuerza de agarre.
Realiza puño solo con 3º 4º 5º dedos, mínimo con 2º dedo, así mismo sin fuerza.
Codo derecho buen estado de la cicatriz sin dolor a la palpación. Limitación de movilidad por tope con extensión -30º y limitación en últimos grados del resto de movimientos.
4. TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES TERAPEUTICAS IQ en 3 ocasiones brazo izquierdo RHB y tto farmacológico (lesión por AT).
19.11.2019 se realiza exeresis de fragmentos oseos cabeza radial y artroplastia de cabeza de radio con prótesis ACMR (Medcomtech) cabeza...
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