Acuerdo - Empresas concesionarias del servicio de limpieza en centros dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco y de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, Pais Vasco

Inicio de Vigencia18 de Noviembre de 2021
Fin de Vigencia18 de Noviembre de 2021
Publicado enBoletín Oficial del País Vasco nº 230 de 18/11/2021

Primero.– El día 28 de septiembre de 2021 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al Acuerdo Parcial para la actualización salarial y el abono de atrasos (años 2019-2021) adoptado por la comisión negociadora del convenio colectivo de las Empresas Concesionarias del servicio de Limpieza en centros dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco y de la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea.

Segundo.– Dicho acuerdo fue suscrito, el 28 de septiembre de 2021, por las organizaciones sindicales UGT, LAB, ESK y CC.OO. y la Asociación de Empresas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación.

Tercero.– Se ha nombrado por los firmantes del citado Acuerdo Parcial, en el Acta de Firma, la persona que ha de proceder a la tramitación del registro y publicación.

Primero.– La competencia prevista en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos que en su artículo 2 crea el Departamento de Trabajo y Empleo y siendo de aplicación el artículo 10.1.i del Decreto 7/2021, de 19 de enero, modificado por el Decreto 167/2021, de 6 de julio, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro de convenios colectivos.

Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del referenciado texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de octubre de 2021.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.

Reunidos/as en la sede del Consejo de Relaciones Laborales en Bilbao, por un lado, la Asociación de Empresas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación y, por otro lado, las organizaciones sindicales UGT, LAB, ESK y CC.OO. cuya representatividad acumulada respecto de la parte social de la Comisión negociadora es...

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