SAP Madrid 238/2021, 28 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Abril 2021
Número de resolución238/2021

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Décima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 2 - 28035

Tfno.: 914933917,914933918

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2019/0241404

Recurso de Apelación 278/2021

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 02 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1400/2019

APELANTE: REALE SEGUROS GENERALES SA

PROCURADOR D./Dña. MARIA ICIAR DE LA PEÑA ARGACHA

APELADO: CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTINEZ SL

PROCURADOR D./Dña. CELIA LOPEZ ARIZA

SENTENCIA Nº 238/2021

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D./Dña. MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

D./Dña. MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ

D./Dña. JOSÉ MARÍA ORTIZ AGUIRRE

En Madrid, a veintiocho de abril de dos mil veintiuno.

La Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1400/2019 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 02 de Madrid a instancia de REALE SEGUROS GENERALES SA apelante - demandado, representado por el/la Procurador D./Dña. MARIA ICIAR DE LA PEÑA ARGACHA y defendido por Letrado, contra CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTINEZ SL apelado -demandante, representado por el/la Procurador D./Dña. CELIA LOPEZ ARIZA y defendido por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 05/10/2020.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. JOSÉ MARÍA ORTIZ AGUIRRE

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 02 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 05/10/2020, cuyo fallo es el tenor siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda promovida por CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTINEZ S.L., representado por el procurador D. CELIA LOPEZ ARIZA y asistida por el letrado D. JOSE MARTINEZ MERINO contra REALE SEGUROS GENERALES S.A., representada por el procurador Dª. MARIA ICIAR DE LA PEÑA ARGACHA y asistida por el letrado D. CARLOS PALOMARES BARRIOCANAL debo condenar y condeno a los demandados al pago de 24.507,3 euros euros, más los intereses del art. 20 LCS, sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 21 de abril de 2021, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de abril de 2021.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La presente apelación trae causa de la demanda formulada por CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTÍNEZ, S.L frente a la entidad aseguradora REALE SEGUROS GENERALES,

S.A, en la que solicitaba se dictar sentencia por la que, estimando totalmente la demanda se condene a la demandada a pagar a mi representado la cantidad de 32.213,31€.-€, más los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y las costas.

La entidad demandada se opuso a la reclamación en base a un argumento principal; cual es la aplicación del art. 16.3 LEC.

La sentencia de instancia, de fecha 5/10/20, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Madrid, resolvió lo siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda promovida por CONSTRUCCIONES YPROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTINEZ S.L., representado por el procurador D.CELIA LOPEZ ARIZA y asistida por el letrado D. JOSE MARTINEZ MERINO contra REALE SEGUROS GENERALES S.A., representada por el procurador Dª. MARIAICIAR DE LA PEÑA ARGACHA y asistida por el letrado D. CARLOS PALOMARES BARRIOCANAL debo condenar y condeno a los demandados al pago de 24.507,3 euros euros, más los intereses del art. 20 LCS, sin hacer expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Frente a dicha sentencia, se alza la entidad REALE SEGUROS GENERALES S.A formulando recurso de apelación que articula en los siguientes motivos:

1) Infracción legal por inaplicación del artículo 16.3 de la Ley de Contrato de Seguro.

2) Infracción legal por aplicación indebida del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

La mercantil demandante se opuso al recurso señalando, resumidamente:

Que ha probado cumplidamente mediante los documentos aportados como números 4 y 5 de la demanda que remitió a la demanda mediante burofax la demanda notif‌icada y que, no obstante lo anterior, ni contestó a la demandante ni compareció en el procedimiento judicial correspondiente. Igualmente ha probado esta parte que CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES JUAN DE DIOS MARTINEZ S.L. cumplió dicha obligación de hacer, como consta en el certif‌icado f‌inal de obras aportado, y lo comunicó al Juzgado, tal y como consta en los documentos 7 a 11 de la demanda.

Procedencia de la aplicación de los intereses legales del artículo 20 de la LCS.

TERCERO

El primer motivo del recurso se formula en relación con el art. 16.3 LCS y su aplicación al supuesto de autos.

3.1 Alega en su recurso, la entidad apelante, que la primera comunicación del siniestro (que la actora conoce en julio 2008) que facilita la asegurada actora es el burofax remitido a Reale el 7 de abril de 2010 y recepcionado por Reale el 8 de abril de 2010 a las 12.25 horas (documento nº 4 de la demanda).

En dicha comunicación se informa de la interposición de la demanda de la perjudicada por 50.931 euros de principal y expresamente comunica a...

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