STSJ Andalucía 44/2021, 25 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha25 Febrero 2021
Número de resolución44/2021

SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTAY MELILLA

Sección de Apelación

S E N T E N C I A NUM. 44/21

ILTMO. SR. PRESIDENTE......................)

D. MANUEL GUTIÉRREZ LUNA................)

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS..............)

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA..................)

D. JOSE MANUEL DE PAÚL VELASCO..)

Apelación penal nº 216/20

Granada a, veinticinco de febrero de dos mil veintiuno

Vistos en grado de apelación por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados al margen relacionados, el precedente Rollo de apelación nº 216/20 y autos originales de Procedimiento Abreviado seguidos ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga - Procedimiento Abreviado nº 69/19- procedentes del Juzgado de Instrucción n.º Siete de Málaga, por delito continuado de estafa.

Es acusado Severiano, cuyas circunstancias personales constan en la sentencia apelada, representado por el Procurador D. Ignacio Sánchez Díaz, y defendido por el Letrado D. Juan Juan Antonio Urbaneja Guerrero.

Es responsable civil subsidiaria la entidad "Unicaja Banco S.A.", representada por la Procuradora Dª Marta García Solera y defendida por el Letrado D. José Aurelio Aguilar Román.

Son partes acusadoras el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el Letrado de la Seguridad Social, y el Ministerio Fiscal.

Y ponente el Magistrado D. Manuel Gutierrez Luna, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo.- En fecha 10 de Julio de 2020, se dictó sentencia por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga, en la referida causa, cuyos hechos probados, se aceptan, y son del tenor literal siguiente:

"Primero.- Probado y así se declara que, Virgilio, con Documento Nacional de Identidad número NUM000, padrastro de Severiano, nacido el NUM001 de 1956 y con antecedentes penales, tenía reconocida pensión de jubilación desde el año 1986, por un importe de 46.810 pesetas.

Como resulta de certificado de defunción en el Registro Civil de Málaga, el fallecimiento de Virgilio, se produjo el día 24 de Junio de 1.999 en el Hospital Clínico Universitario, según declaración de Severiano, nacido el NUM001 de 1958, y con antecedentes penales, en calidad de hijo suyo, si bien el antes citado no era hijo natural de Virgilio, sino de Inés, cónyuge de Virgilio, teniendo además el mismo domicilio que el fallecido.

Al fallecimiento de Virgilio no hubo comunicación al Instituto Nacional de la Seguridad Social de su fallecimiento, por lo que la entidad gestora continuó haciendo el ingreso de la pensión de jubilación a favor de Virgilio, y ello pese al perfecto conocimiento del fallecimiento de su padrastro por parte de Severiano, que firmó como hijo el certificado de defunción, quien no solo no comunicó esta circunstancia al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sino que además siguió cobrando la pensión del fallecido, extrayendo el dinero del que ilícitamente se beneficiaba, lo que así reconoció a la presencia del Magistrado de Instrucción, en fecha 17 de Septiembre de 2.018.

Virgilio, eligió, como modalidad de cobro de prestaciones económicas de la Seguridad Social el pago de la pensión domiciliada en la Caja de Ahorros de Ronda, número de cuenta NUM002, sucursal 239, sita en la Avenida Santa Rosa de Lima, s/nº , de Málaga.

Según Unicaja, no tenía constancia de la existencia de esta cuenta y sí de la cuenta número NUM003, donde se ingresaba la pensión a partir de Junio de 2001, si bien de la propia documentación aportada por Unicaja en Marzo de 2019, la domiciliación firmada por Don Virgilio se hizo en la Caja de Ahorros de Ronda, que fue absorbida por Unicaja, por lo que no hubo un cambio de domiciliación, sino que la cuenta abierta era de la Caja de Ahorros de Ronda y pasó a ser posteriormente de Unicaja, siendo la misma sucursal sita en Santa Rosa de Lima, s/nº , de Málaga.

En la mencionada cuenta siguió ingresándose la pensión hasta el mes de Julio de 2017, cuando Aurelio, trabajador de la sucursal 151, en fecha 24 de dicho mes y año, detectó que el Documento Nacional de Identidad presentado por una persona que supuestamente se hacía pasar por Virgilio, tenía indicios de ser falso.

Desde el 1.999 en que falleció Virgilio hasta el 2001, nada consta al no haber sido aportado por Unicaja.

A partir de 2001, consta que desde la cuenta del fallecido Virgilio, NUM004 se produjeron traspasos a la cuenta de Severiano, NUM005 en las siguientes fechas e importes:

El 2 de Enero de 2004, por importe de 6,36 euros.

El 5 de Marzo de 2004, por importe de 9,19 euros.

El 27 de Septiembre de 2004, por importe de 8 euros.

El 5 de Noviembre de 2004, por importe de 6 euros.

El 29 de Diciembre de 2005, por importe de 8 euros.

El 31 de Marzo de 2006 por importe de 8 euros.

También se produjeron traspasos en sentido inverso, es decir, desde la cuenta de Severiano y por cajero, a la cuenta del fallecido:

El 5 de Julio de 2004 por importe de 8 euros.

El 4 de Junio de 2007, por importe de 6 euros.

Don Severiano, ingresó en prisión en Julio de 2010, por lo que, durante seis meses no se sacó dinero de la cuenta de Virgilio, habiendo procedido a extraerse nuevamente dinero con el mismo modus operandi, a partir de Diciembre de 2010, hasta que en Marzo de 2015, Unicaja bloqueó la cuenta de Virgilio, pues no tenía ficha y no disponía del Documento Nacional de Identidad del antes citado, por lo que, la cuenta permaneció bloqueada, no pudiendo sacarse dinero hasta el 13 de Marzo de 2017, cuando una persona acudió a la sucursal 2050 donde se hicieron una serie de transacciones, se modificaron los datos personales y se imprimió la ficha de cliente, firmada por el suplantador y se escaneó el Documento Nacional de Identidad, que resultó ser falso, dando libreta y nuevo pin, habiéndose extraído a partir de ese momento el dinero que había en la cuenta acumulado durante el tiempo que estuvo bloqueada, hasta que el 24 de Julio de 2017, en la sucursal 151 se detectó por Aurelio la posible falsificación del Documento Nacional de Identidad, dándose parte del posible fraude motivador de la denuncia. El importe total abonado indebidamente a Virgilio, desde su fallecimiento en Julio de 1.999 a Julio de 2017, asciende a 172.077,05 euros.

De la cantidad abonada, en virtud de la normativa de pagos de pensiones de Seguridad Social, la entidad bancaria ha hecho efectiva la cantidad de 42.868,04 euros, correspondiente a los cuatro últimos años, quedando pendiente de pago la cantidad de 129.209,01 euros, por el periodo de Julio 1999 a Agosto de 2.013.

Severiano, según la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, ingresó en el Centro Penitenciario de Málaga el 25 de Julio de 2010, y al alcanzar el tercer grado penitenciario, el 13 de Enero de 2014, ingresó en el Centro de Inserción Social de Málaga, Jon, habiendo sido puesto en libertad en fecha 13 de Marzo de 2.016".

Tercero.- Dicha sentencia, contiene el siguiente Fallo:

"Que debemos condenar y condenamos a Severiano, como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa de los artículos 248.1 y 250.1.5º, en relación con el artículo 74 del Código Penal , habiendo concurrido la circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal, eximen incompleta del artículo 21, en relación con el artículo 20.2 del mismo texto legal , a las pena de prisión de dos años, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de seis meses, con una cuota diaria de seis (6) euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas que resultaren impagadas, así como al pago de las costas, y a indemnizar por vía de responsabilidad civil al Instituto Nacional de la Seguridad Social en 129.209,01 euros, con los correspondientes intereses legales del artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , ratificándose el Auto de insolvencia del antes citado, pronunciado en el Juzgado de Instrucción número Siete de Málaga, en fecha 18 de Noviembre de 2019 , y en su consecuencia, debemos condenar y condenamos a Unicaja Banco S.A., a indemnizar por vía de responsabilidad civil subsidiaria al Instituto Nacional de la Seguridad social y Tesorería General de la Seguridad Social en la referida cantidad...

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