SAN 90/2021, 30 de Abril de 2021
Ponente | JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ |
Emisor | Audiencia Nacional - Sala de lo Social |
ECLI | ES:AN:2021:1669 |
Número de Recurso | 110/2021 |
AUD.NACIONAL SALA DE LO SOCIAL
MADRID
SENTENCIA: 00090/2021
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Letrada de la Administración de Justicia
Dª. MARTA JAUREGUIZAR SERRANO
SENTENCIA Nº : 90/2021
Fecha de Juicio: 29/4/2021
Fecha Sentencia: 30/04/2021
Fecha Auto Aclaración:
Tipo y núm. Procedimiento: CONFLICTOS COLECTIVOS 0000110 /2021
Materia: CONFLICTO COLECTIVO
Ponente: JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ
Demandante/s: CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Demandado/s: UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO, FEDERACION ESTATAL DE SERVICIOS, MOVILIDAD Y CONSUMO DE UGT, UNION SINDICAL OBRERA, CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS (CSI), CSI-F, TRABAJADORES UNIDOS SINDICALMENTE INDEPENDIENTES (TU-SI), FEDERACJON DE BANCA, AHORRO, SEGUROS Y OFICINAS DE CIG
Resolución de la Sentencia: DESESTIMATORI A
AUD.NACION AL SALA DE LO SOCIAL
-GOYA 14 (MADRID)
Tfno: 914007258
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MAD
NIG: 28079 24 4 2021 0000113
Modelo: ANS105 SENTENCIA
CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000110 /2021
Procedimiento de origen: /
Sobre: CONFLICTO COLECTIVO
Ponente Ilmo. Sr: JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ SENTENCIA 90/2021
ILMO/A. SR./SRA.PRESIDENTE:
D. JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ
ILMOS/AS. SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS: Dª EMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA
D. RAMÓN GALLO LLANOS
En MADRID, a treinta de abril de dos mil veintiuno.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres./as. Magistrados/as citados al margen y EN NOMBRE DEL REY
Han dictado la siguiente
SENTENCIA
En el procedimiento CONFLICTOS COLECTIVOS 0000110 /2021 seguido por demanda de CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO(Letrado D. Raul Maillo García) contra UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A. ( Letrada Dª María Extremadouro Pereiro), FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO (Letrada Dª Sonia de Pablo Portillo), FEDERACION ESTATAL DE SERVICIOS, MOVILIDAD Y CONSUMO DE UGT(Letrado D. Juan Lozano Gallen), UNION SINDICAL OBRERA (Letrado D. Eduardo Serafín López Rodríguez), CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS (CSI)(no comparece), CSI-F(Letrado D. Pedro Poves Oñate), TRABAJADORES UNIDOS SINDICALMENTE INDEPENDIENTES (TU-SI)(Letrado D.Virgilio Romero Benjumea), FEDERACJON DE BANCA, AHORRO, SEGUROS Y OFICINAS DE CIG (Letrada Dª Marta Carretero Martín, sobre CONFLICTO COLECTIVO. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ.
Según consta en autos, el día 30/03/2021 se presentó demanda por CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO contra UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO, FEDERACION ESTATAL DE SERVICIOS, MOVILIDAD Y CONSUMO DE UGT, UNION SINDICAL OBRERA, CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS (CSI),CSI-F, TRABAJADORES UNIDOS SINDICALMENTE INDEPENDIENTES (TU-SI), FEDERACION DE BANCA, AHORRO, SEGUROS Y OFICINAS DE CIG sobre CONFLICTO COLECTIVO.
La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 29/4/2021 a las 09:30 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosíes de prueba.
Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto de juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.
Se ratifica el sindicato demandante, demanda a la que se adhieren el resto de los sindicatos llamados como interesados comparecientes.
Se opone el empresario indica que no son controvertidos los hechos 2º, 3º y 6º de la demanda y en cuanto al hecho 1º precisa que se abonó el plus transporte al personal que tuvo que desplazarse al centro de trabajo, pero no al resto. Que el convenio define dicho plus como extrasalarial y compensa los gastos de transporte en una determinada franja horaria. No está conforme con los hechos 4º y 5º de la demanda dado que el plus se abona en un tramo en el que existen más dificultades de acceso al transporte público.
Resultado y así se declaran, los siguientes
HECHOS PROBADOS
El sindicato CGT cuenta con presencia en los órganos unitarios de la demandada UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A.
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