STSJ Asturias 2/2021, 2 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2/2021
Fecha02 Febrero 2021

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 10002/2021

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax : 985 20 06 59

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MGZ

NIG : 33044 34 4 2020 0000045

Modelo: N02700

DFU DERECHOS FUNDAMENTALES 0000037 /2020

Procedimiento origen: /

Sobre: MATERIA SINDICAL

DEMANDANTE/S D/ña: SINDICATO OFICIIOS VARIOS DE OVIEDO DE LA CGT

GRADUADO/A SOCIAL : MIGUEL ANGEL DE LA ROZA ALONSO

DEMANDADO/S D/ña: COMITE DE EMPRESA DE TELEFONICA DE ESPAÑA COMITE DE EMPRESA DE TELEFONICA DE ESPAÑA, TELEFONICA DE ESPAÑA, SAU, UNION GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T., COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES, STC, MINISTERIO FISCAL

ABOGADO/A :, JULIO ALFREDO ROJO DEL CASTILLO

Sentencia nº 2/21

Ilmos. Sres.:

D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO

Dª. MARÍA VIDAU ARGÜELLES

Dª MARIA CRISTINA GARCÍA FERNÁNDEZ

En OVIEDO, a dos de febrero de dos mil veintiuno.

Habiendo visto la SALA SOCIAL del T.S.J. ASTURIAS, compuesta por los/as Ilmos/as Sres/as Magistrados/ as citados/as, el procedimiento DERECHOS FUNDAMENTALES 37/2020 a instancia de SINDICATO OFICIOS VARIOS DE LA CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (CGT OVIEDO), contra COMITE DE EMPRESA DE TELEFONICA DE ESPAÑA, TELEFONICA DE ESPAÑA, SAU, UNION GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T., COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES (STC) y el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrdo Ponente la Ilma. Sra.Dª MARIA CRISTINA GARCÍA FERNÁNDEZ.

EN NOMBRE DEL REY, han pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El SINDICATO OFICIOS VARIOS DE OVIEDO DE LA CGT presentó demanda de MATERIA SINDICAL contra COMITE DE EMPRESA DE TELEFONICA DE ESPAÑA, TELEFONICA DE ESPAÑA, SAU, UNION GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T., COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMUNICACIONES (STC) y el MINISTERIO FISCAL, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, hacía alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y f‌inalizaba con la súplica de que, tras su legal tramitación se dicte sentencia en la que se acceda a lo solicitado en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se han celebrado los ACTOS DE ACONCILIACION Y JUICIO con el resultado que obra en las actuaciones .

TERCERO

En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

  1. - Telefónica España SAU cuenta en Asturias con una plantilla de 324 trabajadores distribuida por toda la Comunidad Autónoma.

    Celebró elecciones sindicales el 16 de mayo de 2019 habiendo votado 292 personas, resultado valido 290 votos, 1 nulo y 1 en blanco. A dichas elecciones concurrieron candidaturas de UGT, CCOO, Sindicato de Of‌icios Varios de la Confederación General del Trabajo (en adelante CGT) y Sindicato de Trabajadores de Comunicaciones( en adelante STC), obteniendo UGT 126 votos, CCOO 116 votos, CGT 29 votos y STC 19 votos.

  2. - El Comité de Empresa resultó formado por 13 miembros con la siguiente distribución sindical:

    - 6 representantes de la UGT:

    1. Carlos Miguel .

    2. Luis Angel .

    3. Luis Francisco .

    4. Socorro .

    5. Jose Augusto .

    6. Ángel Daniel .

      -5 representantes de CC.OO:

    7. Alberto .

    8. Constantino .

    9. Alexander .

    10. Alfredo .

    11. Adela .

      -1 representante de la C.G.T.: Aquilino .

      -1 representante de S.T.C.: Arsenio .

      En fecha 12 de noviembre de 2019 CCOO comunicó al Comité de empresa que se procedía a sustituir como miembro del mismo por parte de CCOOO a Alexander por Cipriano .

  3. - Se constituyó el citado Comité de empresa el 28 de mayo de 2019 y asistieron por UGT: Armando, Desiderio, Luis Francisco, Socorro, Jose Augusto y Ángel Daniel . Por CCOO: Alberto, Constantino, Alexander y Alfredo . Por STC: Gumersindo y nadie por CGT.

    Los puntos del orden del día fueron:

    1. Elección de los cargos representantes del Pleno (Presidente y Secretario).

    2. Reglamento.

    3. Composición del Comité de Seguridad y Salud.

    Como presidente fue nombrado D. Carlos Miguel (U.G.T.) y como Secretario, D. Alberto (CC.OO.).

    En cuanto al Reglamento del Comité, se acordó mantener la esencia y el contenido del anterior reglamento, con la salvedad de modif‌icar los miembros que lo componen y un matiz sobre protección de datos.

    Se da por reproducido.

    El art 3.4 del mismo establece que: "La Comisión Permanente propia de este Comité estará compuesta por: Presidente, Secretario y un miembro de cada uno de los sindicatos con representación en el Comité" y el 7 regula el funcionamiento de la Comisión Permanente en los siguientes términos: "Las decisiones de la Comisión Permanente serán tomadas por unanimidad de los miembros presentes en el momento de la votación. En caso de no existir unanimidad se llevara al pleno para su aprobación. Se considera que hay quórum si la reunión cuenta con la presencia de al menos la mitad más uno de los miembros de esta Comisión, entre los que debe estar el Presidente del Comité de Empresa y el Secretario".

    En relación con la composición del Comité de Seguridad y Salud, se presentó una propuesta por parte de CCOO y UGT de que se compondría de tres representantes para ambas organizaciones, seis en total, siendo aprobada la votación con 10 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención.

  4. - El 3 de junio de 2019 UGT y CCOO comunicaron al Comité de Empresa de Telefónica en Asturias, la identidad de sus delegados de Prevención, que eran:

    UGT- Jose Miguel, Desiderio y Elias .

    CCOO- Cipriano, Victoria y Alexander .

  5. - La reunión de la Comisión Permanente del Comité de Empresa, de 3 de junio de 2019, tuvo como único punto del orden del día la "Elección de representantes de Prevención y Riesgos Laborales", a la que asistieron tres miembros del Comité(1 de UGT y 2 de CCOO).

    Se presentó la propuesta conjunta de UGT y CCOO de Cipriano (CCOO), Victoria (CCOO), Alexander (CCOO), Jose Miguel (UGT), Desiderio (UGT) y Elias (UGT).

    El 5 de junio de 2019 se comunicó al Departamento de RRHH de Telefónica Asturias el nombramiento de delegados de Prevención de Riesgos Laborales.

  6. - El 12 de junio de 2019, el Pleno del Comité de Empresa, con los votos de UGT y CCOO aprobó el acta de la Comisión Permanente que nombró a los citados Delegados de Prevención. A dicho pleno asistieron 5 miembros de UGT, los 5 de CCOO y el miembro del STC.

  7. - El 3 de julio de 2019 CGT presentó escrito al Comité de empresa de Asturias en el que solicitaba que se disolviera el Comité Provincial de Seguridad y Salud y a todos sus miembros(sic) designados por los representantes de los Sindicatos UGT y CCOO miembros del Comité de Empresa de Asturias, y se proceda a designar un nuevo Comité Provincial de Seguridad y Salud de forma que no quede vulnerado el derecho a la libertad sindical del sindicato CGT que tiene representación en el Comité de Empresa de Asturias, alegando que la conf‌iguración del Comité de Seguridad y salud no guarda proporción correspondiente exigida por el art 190 del Comenio de aplicación.

    En la reunión ordinaria del Comité de Empresa celebrada el 19 de julio de 2019, se discutió la propuesta y se desestimó por mayoría.

  8. - La Gerencia de Recursos Humanos Norte de Telefónica de España respondió el 17 de febrero de 2020 al escrito de CGT del día 13 del mismo mes, diciendo: "Le indicamos que, de acuerdo con el Reglamento de funcionamiento interno de los Comités de Seguridad y Salud, el II Convenio colectivo de Empresas Vinculadas 2019-2021 y la legislación vigente, los miembros de los Comités Provinciales de Seguridad y Salud son los designados por el Comité de Empresa. Escogiendo este órgano, a las personas que éste estima más adecuadas por perf‌il y conocimiento de la Seguridad y Salud y en el ámbito de la Empresa y su competencia, corresponde por otra parte la designación de su propia representación exclusivamente."

  9. - CGT interpuso demanda el 10 de marzo de 2020 en materia de tutela del derecho fundamental de libertad sindical, frente a las mismas partes que en el presente caso, que fue admitida por Decreto de 12 de marzo, convocando la vista para el 28 de mayo de ese año, que se celebró y al que comparecieron todas las partes excepto STC.

    El sindicato actor pretendía que se declarara atentatorio contra el derecho a su libertad sindical la conf‌iguración del Comité Provincial de Seguridad y Salud de Asturias porque el nombramiento fue realizado sin reunir el quorum necesario y porque el reparto no guardaba la proporcionalidad del convenio.

    Se dictó sentencia el 10 de agosto de 2020, que devino f‌irme, en la que declaró la incompetencia objetiva del juzgado, remitiendo al sindicato actor a la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia.

  10. - CCOO y UGT presentaron el 26 de mayo de 2020, una propuesta al Comité consistente en la revocación de los delegados de prevención que componen el Comité Provincial de Seguridad y Salud de Asturias, nombrados el día 3 de junio de 2019 en la comisión permanente e instan al Comité para que con la mayor celeridad se reúnan para debatir la composición de los delegados de prevención de riesgos laborales nuevamente.

    El mismo día 26 de mayo, el Comité de Empresa acordó la revocación en los términos interesados y asumió el compromiso de debatir la composición de los delegados de prevención, lo que comunicó a la empresa al día siguiente.

  11. - El 29 de mayo de 2020 el Secretario del Comité de empresa convocó una reunión extraordinaria a celebrar el 1 de junio para examinar la "Composición del Comité Provincial de Seguridad y Salud" entre otros asuntos. En la misma fecha el orden del día sobre ese punto pasó a ser "Nombramiento de los delegados de prevención que componen el Comité Provincial de Seguridad y Salud."

  12. - CGT presentó el 31 de mayo, un escrito dirigido al Comité de Empresa para que se cumpliera el artículo 190 del convenio colectivo de empresa para...

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