SJCA nº 2 109/2020, 25 de Junio de 2020, de Pamplona

PonenteFRANCISCO JAVIER FUERTES LOPEZ
Fecha de Resolución25 de Junio de 2020
ECLIES:JCA:2020:2154
Número de Recurso112/2020

S E N T E N C I A Nº 000109/2020

En Pamplona/Iruña, a 25 de junio del 2020

El Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER FUERTES LÓPEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de Pamplona/Iruña, ha visto los autos de Procedimiento Abreviado nº 112/2020, promovido por D. Carlos Antonio representado por la procuradora de los tribunales Dña. VIRGINIA BARRENA SOTÉS, y por el letrado D. FERNANDO BARAINCA LAGOS, contra la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL representada y defendida por la LETRADA DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social, de 2 de marzo de 2020, por la que se denegaba a don Carlos Antonio el reconocimiento de los benef‌icios de cotización en el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos establecidos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

SEGUNDO

Por Decreto de 22 de mayo de 2020 se admitió la demanda interpuesta y, al haberse solicitado por el recurrente que el recurso se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista, se dio traslado a la Tesorería General de la Seguridad Social para que contestara la demanda en el plazo de veinte días, con el apercibimiento de que no se admitirá la contestación si la misma no se acompaña del expediente administrativo.

TERCERO

El 18 de junio de 2020 la letrada de la Tesorería General de la Seguridad Social presentó escrito de contestación a la demanda solicitando la desestimación del recurso interpuesto.

CUARTO

Por Providencia de 19 de junio de 2020 se declaró concluso el pleito, sin más trámites, para sentencia, conforma lo previsto en los artículos 57 y 78.3 de la Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de la Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social, de 2 de marzo de 2020, por la que se denegaba a Carlos Antonio el reconocimiento de los benef‌icios de cotización en el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos establecidos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

La parte actora considera que la denegación de benef‌icios efectuada por la Tesorería General de la Seguridad Social no es conforme a Derecho en tanto que se permite al demandado, en su condición de socio y administrador único de una sociedad mercantil, ser trabajador autónomo, pero en esa misma condición no

se le permite acogerse a los benef‌icios establecidos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, en cuanto a la reducción de cotización.

Por la Tesorería General de la Seguridad Social...

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