SAP A Coruña 349/2020, 8 de Septiembre de 2020

PonenteMARIA TERESA CORTIZAS GONZALEZ-CRIADO
ECLIES:APC:2020:1869
Número de Recurso647/2020
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución349/2020
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2020
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00349/2020

- RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS

Teléfono: 981.182035-066-067

Correo electrónico: seccion1.ap.coruna@xustiza.gal

Equipo/usuario: MP

Modelo: 213100

N.I.G.: 15030 43 2 2020 0000458

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000647 /2020

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 3 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000013 /2020

Delito: VIOLENCIA EN EL AMBITO FAMILIAR

Recurrente: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Recurrido: Avelino

Procurador/a: D/Dª JUAN LAGE FERNANDEZ-CERVERA

Abogado/a: D/Dª MARIA AZUCENA GONZALEZ CASTRO

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA CONSTITUIDA POR LOS ILUSTRÍSIMOS DOÑA LUCÍA LAMAZARES LÓPEZ, Presidenta, DOÑA ELENA FERNANDA PASTOR NOVO y DOÑA MARÍA TERESA CORTIZAS GONZÁLEZ-CRIADO.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a ocho de septiembre de dos mil veinte.

VISTO, por esta Sección 001 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra Sentencia dictada en el procedimiento JUICIO RÁPIDO 13/2020 del JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 de A CORUÑA; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado Avelino, representada por el Procurador don Juan Lage Fernández Cervera y defendido por la Abogada doña María Azucena González Castro, habiendo sido Ponente la Magistrada Dª María Teresa Cortizas González-Criado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha 28 de enero de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Avelino como autor criminalmente responsable de un delito de MALTRATO FAMILIAR, def‌inido, a la pena de 75 días de trabajos en benef‌icio de la comunidad y privación del derecho a tenencia y porte de armas durante 2 años y 6 meses, con pérdida def‌initiva de vigencia del permiso. Impongo al condenado el pago de las costas.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron el día 15/07/2020, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día de su fecha.

HECHOS PROBADOS:

Como tales expresamente se declaran los así consignados en la sentencia apelada, que son del tenor literal siguiente:

"Se dirige la acusación contra Avelino, nigeriano con NIE NUM000, en situación regular en España, mayor de edad y sin antecedentes penales, quien sobre las 18.30 horas del día 13 de enero de 2020 iba con su hijo menor de edad (tiene 5 años) Eladio y con otra de sus hijas también menor de edad caminando por la C/ DIRECCION000 de la localidad de A Coruña. El acusado recriminó al menor el comportamiento que estaba teniendo per sin más comenzó a agredirlo, dándole varias patadas en uno de sus costados y en el trasero, teniendo que intervenir unos transeúntes que iban por la calle, quienes recriminaron al acusado y apartaron al menor del acusado.

El menor no acudió a ningún centro médico después de los hechos constando en la exploración forense efectuada que presenta una contusión en el glúteo que no precisa de...

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