STSJ Andalucía 1029/2020, 24 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Junio 2020
Número de resolución1029/2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN

MALAGA

N.I.G.: 2906744420190006604

Negociado: MA

Recurso: Recursos de Suplicación 2260/2019

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 520/2019

Recurrente: SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (S.A.S.)

Representante: S.J. SERVICIO ANDALUZ DE SALUD - MALAGA

Recurrido: FREMAP MUTUA y INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Representante:ANTONIO CESAR OJALVO RAMIREZS.J. DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE MALAGA

Sentencia Nº 1029/2020

ILTMO. SR. D. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO

En la ciudad de MALAGA a veinticuatro de junio de dos mil veinte

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA,, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (S.A.S.) contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por FREMAP MUTUA sobre Seguridad Social en materia prestacional siendo demandado SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (S.A.S.) y INSTITUTO NACIONAL DE

LA SEGURIDAD SOCIAL habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 30/9/2019. La parte dispositiva de dicha resolución expresa: Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por MUTUA FREMAP, frente al SERVICIO ANDALUZ DE SALUD.,debo condenar y condeno al demandado a abonar a la Mutua demandante la cantidad de 156,92 euros.- SEGUNDO .- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Jose Carlos, af‌iliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000, prestaba servicios para la entidad Seguridad Integral Secotex SA, la cual tenia concertadas las contingencias profesionales y comunes con la entidad Mutua Fremap, acude en fecha 4-6-18 a los servicios médicos de la citada mutua, precisando asistencia medica y no considerando posteriormente la Mutua Fremap como laboral el proceso . Inicio un proceso de incapacidad temporal el 3-6-18 .

SEGUNDO

Iniciado expediente de determinación de contingencia, el 3-9-18 se dicto resolución por el INSS por la que se declaraba que el proceso de IT padecido por el trabajador D. Jose Carlos el 3-6-18 deriva de accidente no laboral .

TERCERO

La Mutua Fremap se presto al trabajador asistencia sanitaria, por importe según precios públicos de 156,92 €.

CUARTO

La Mutua Fremap cubre la incapacidad temporal por contingencia común .

QUINTO

Se ha agotado la via administrativa previa .

SEXTO

La demanda es de fecha 29-5-19 .

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La cuestión a resolver en la presente suplicación recur consiste en determinar si la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social, en este caso, Fremap, puede resarcirse de los gastos médicos derivados de la asistencia sanitaria prestada en un primer momento a un trabajador cuya baja fue calif‌icada como derivada de accidente no laboral tras un cambio en la determinación de la contingencia.

La sentencia ha estimado la demanda interpuesta por la mutua y condenado al Servicio Andaluz de Salud a reintegrar el gasto médico prestado en aquella primera asistencia, por importe de 156,92 euros.

Como quiera que la cuestión afecta a una generalidad de benef‌iciarios de la Seguridad Social, la Letrada de la Administración Sanitaria ha interpuesto recurso de suplicación, que ha sido admitido a trámite, articulado a través de un único...

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