SJPI nº 1 137/2020, 2 de Septiembre de 2020, de A Coruña

PonenteMARTA CANALES GANTES
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2020
ECLIES:JPI:2020:120
Número de Recurso752/2019

XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 1 A CORUÑA

SENTENCIA: 00137/2020

C/ MONFORTE S/N A CORUÑA 2ª PLANTA

Teléfono: 981.185.155/56/57, Fax: 981.185.212

Correo electrónico: instancia1.coruna@xustiza.gal 0030K0

N.I.G. : 15030 42 1 2019 0011120

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000752 /2019 -R

Magistrado Juez: doña Marta Canales Gantes.

Sobre ACCION REIVINDICATORIA

SENTENCIA

En A Coruña, a dos de septiembre dos mil veinte.

Vistos por mí, Marta Canales Gantes, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el núm. 752/2019-R, sobre acción reivindicatoria, de rectificación del Registro de la Propiedad y de nulidad de negocios jurídicos, siendo parte demandante, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y asistida por los Abogados del Estado don Javier Suárez García y doña Adela Álvarez Caramés y parte demandada, doña Lorenza, don Balbino, doña Manuela, don Bienvenido, doña Mercedes, doña Mónica y la entidad PRISTINA S.L., representados por la Procuradora doña Susana Prego Vieito y con la asistencia letrada de don Luis Felipe Utrera-Molina Gópez y don Antonio Eduardo Gil Evangelista y los IGNORADOS HEREDEROS de doña Paulina, en situación de rebeldía procesal. Y en calidad de partes coadyuvantes adhesivas simple de la parte demandante, la XUNTA DE GALICIA, representada y asistida por los Letrados de la Xunta de Galicia don Guillermo Folgueral Madrigal y don Carlos Abuín Flores, el CONCELLO DE SADA, representado por la Procuradora doña Belén Casal Barbeito y con la asistencia letrada de don Miguel Torres Jack, el AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA, representado y asistido por la Letrada del Ayuntamiento doña María José Macías Mourelle y la DIPUTACION PROVINCIAL DE A CORUÑA, representado y asistido por el Letrado de la misma don Andrés Fernández Maestre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La demanda de la ADMINISTRACION GENERAL DELESTADO.

Con fecha 11 de julio de 2019, procedente del turno de reparto, tuvo entrada en este Juzgado la demanda interpuesta por la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, contra doña Lorenza, don Balbino, doña Manuela, don Bienvenido, doña Mercedes, doña Mónica, la entidad PRISTINA S.L. y los IGNORADOS HEREDEROS de doña Paulina, por la que promovía los presentes autos de juicio ordinario sobre acción reivindicatoria, de rectificación del Registro de la Propiedad ( art. 38 LH) y de nulidad de negocios jurídicos,

basando la misma en los siguientes hechos y fundamentos de derecho, los cuales se reproducen en su integridad:

" HECHOS.

PRIMERO

El 29 de septiembre de 1936, los militares sublevados que integraban la Junta de Defensa Nacional nombran al General Francisco Franco como jefe del Gobierno del Estado Español y Generalísimo de las fuerzas nacionales de tierra, mar y aire. Dicho nombramiento se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional el 30 de septiembre y en el Boletín Oficial del Estado (nueva denominación a partir del 2 de octubre del diario oficial del bando sublevado) del 6 de octubre de 1936. (Documento nº 1). El 30 de enero de 1938 (Boletín Oficial del Estado de 31 de enero. Documento nº 1 bis), el propio Francisco Franco dictó la Ley por la que constituyó en Burgos (zona sublevada) su primer Gobierno, y en la que se disponía lo siguiente respecto de la Jefatura del Estado: - En su artículo 16, que la Presidencia del Gobierno quedaba vinculada al Jefe del Estado;

- En su artículo 17, que "Al Jefe del Estado, que asumió todos los pode-res por virtud del Decreto de la Junta de Defensa Nacional de 29 de septiembre de 1936, corresponde la suprema potestad de dictar normas jurídicas de carácter general." SEGUNDO.- A principios del año 1938 comienza a surgir un importante movimiento en el seno del Ayuntamiento de A Coruña que propugna la adquisición y posterior donación al antedicho Jefe del Gobierno del Estado Español de un inmueble en el entorno de la ciudad, en consideración a su cargo y presumible victoria en la Guerra Civil. Se trataba de asegurar que los periodos estivales del Jefe del Estado pudieran desarrollarse en un lugar próximo a la capital herculina. De la búsqueda y elección del inmueble se encarga el teniente Alcalde de la ciudad, Sr. Gabino, quien se inclina por las denominadas DIRECCION004, propiedad en aquel entonces de los herederos de Dª María Cristina . La idea pronto será asumida igualmente por la Diputación de A Coruña y otros Ayuntamientos de la provincia. Será el propio Gabino quien se encargue de la negociación con la propietaria del inmueble para proceder a su adquisición por un precio que rondaría las 400.000 pesetas. Al procedimiento de negociación y adquisición del inmueble nos referiremos posteriormente. La iniciativa y las gestiones que venimos mencionando se reflejan en el certificado de la denominada Junta pro Pazo del Caudillo, unido al documento nº 8, en el que se da cuenta de la constitución de esa Junta con fecha 3 de marzo de 1938 para adquirir "una finca para ser regalada o donada en nombre de la provincia de La Coruña al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional Excmo. Sr. D. Francisco Franco Bahamonde, habiéndose decidido, por la conocida con el nombre de DIRECCION004, sita en el Ayuntamiento de Sada de esta provincia". En dicho certificado se refleja igualmente que, con fecha 26 de abril de 1938, se dio cuenta de dos cartas remitidas por la Ilma. Sra. Dª Paulina, Condesa Viuda DIRECCION005 y por la Excma Sra. Dª Josefa, Marquesa DIRECCION006 y Condesa DIRECCION007, en las que se comprometen a la venta de la finca denominada " DIRECCION004 " y de todos los terrenos que se hallen unidos al referido edificio y puedan formar con él una sola finca, por el precio de 400.000 pesetas. Y que en esa misma fecha se acordaba aceptar esa oferta. De la iniciativa y de las operaciones llevadas a cabo también se da cuenta en la Comisión Permanente del Ayuntamiento de A Coruña de 31 de marzo de 1938. En el acta de dicha Comisión se hace constar lo siguiente: (se aporta copia del acta como Documento nº 2): "La Presidencia dio cuenta oficial a la Corporación de la adquisición que la Ciudad y Provincia de La Coruña hacen del DIRECCION004 enclavado en uno de los más bellos rincones de las Mariñas, para ofrecerlo como residencia veraniega a nuestro invicto Generalísimo y Glorioso Caudillo. Esta feliz iniciativa, que ha sido acogida con granentusiasmo y general aplauso por toda la Región, fue sugerida en laPermanente de este Ayuntamiento por el miembro de la misma Don Gabino que puso todo su celo y actividad en realizar las gestiones precisas para ello, y habiendo llegado a conocimiento del Excmo. Señor Gobernador Civil de la Provincia Don Felix, dicha primera Autoridad civil de la Provincia, la acogió con todo calor que vienen a dar cumplida satisfacción a los anhelos de Galicia de ofrecer bello y digno lugar de reposo a su ilustre hijo el providencial Salvador de España. Terminó proponiendo, y así lo acordó por unanimidad de la Comisión Permanente sumarse al júbilo que esta fausta noticia ha producido en todos los sectores de la Ciudad, y felicitar efusiva y cordialmente al Excmo. Señor Gobernador Civil de la Provincia que con su eficacísima ayuda hizo posible la realización de la idea, y a Don Gabino, autor y propulsor de la iniciativa, acordándose igualmente que en el día de mañana una representación de la Permanente acuda a visitar a su despacho al Señor Felix, para transmitirle esta felicitación". Tal y como se deja constancia en el Acta de la Comisión Permanente que acabamos de transcribir, el entonces Gobernador Civil de la provincia, Sr. Felix, tendrá un papel relevante en el procedimiento, siendo éste el encargado de trasladar el ofrecimiento a Francisco Franco, quien por aquel entonces se encontraba en Burgos. Varios medios de la época dejan constancia de las gestiones realizadas por el citado Felix para hacer llegar al Jefe del Gobierno del Estado la iniciativa (se adjuntan noticias de prensa como Documento nº 3). Particularmente relevantes son los telegramas remitidos por el Gobernador Civil a Íñigo y a Jorge, Ministro del Interior y Secretario militar, respectivamente: "En nombre de esta ciudad y provincia, compláceme comunicar V.E. acaba de ser adquirido por pueblo coruñés el DIRECCION004, para donarlo a nuestro Caudillo S.E. Jefe del Estado, confiando merecer honor sea su residencia veraniega cuando circunstancias guerra lo permitan. Formalizada escritura día hoy esperamos solo fecha regreso Caudillo Burgos y aviso V.E. para trasladorepresentaciones militares, obreras, mercantiles y sociales con objeto de hacer su entrega en nombre de Galicia."(El Compostelano 31/03/1938) (telegrama

a Íñigo ) "En nombre del pueblo coruñés agradeceré transmita a S.E. nuestro Caudillo ha sido firmada hoy escritura en la que esta ciudad y provincia se honran donándole DIRECCION004, testimonio no ya de lealtad y fervor que son patentes sino deseo quede vinculado a suelo que le vio nacer y le siguió con fe desde el primer momento deparándonos emoción sea su residencia veraniega cuando circunstancias guerra lo permitan. En momentos que genio militar Generalísimo teje cadenas victorias pueblo coruñés en pie de júbilo y entusiasmo siente satisfacción feliz coincidencia avance triunfal nuestro Ejército y logro anhelo común de que fundador nuevo Imperio español tenga su solar entre nosotros....

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