STSJ Cataluña 1549/2020, 20 de Mayo de 2020

PonenteCARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH
ECLIES:TSJCAT:2020:2901
Número de Recurso5873/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1549/2020
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2020
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 34 - 4 - 2019 - 0004869

EL

Recurso de Suplicación: 5873/2019

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH

En Barcelona a 20 de mayo de 2020

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1549/2020

En el recurso de suplicación interpuesto por INFORMACIO I COMUNICACIO DE BARCELONA S.A. (SPM) frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 25 de junio de 2019 dictada en el procedimiento Demandas nº 112/2018 y siendo recurrido/a Diego, Domingo, Tania, Teresa, Emilio, Erasmo, Yolanda, MINISTERI FISCAL, BCN Audiovisual, S.L. y Evelio . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Carlos Hugo Preciado Domenech.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 25 de junio de 2019 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimo la demanda interpuesta por Diego, Domingo, Tania, Teresa, Emilio, Erasmo, Yolanda frente a BCN AUDIOVISUAL, S.L. y frente a INFORMACIO I COMUNICACIO DE BARCELONA S.A. SOCIEDAD PRIVADA MUNICIPAL, y en consecuencia:

1) Debo declarar y declaro la existencia de cesión ilegal de los trabajadores demandantes desde la empresa BCN AUDIOVISUAL SA a la empresa ICB SA reconociendo el derecho de los trabajadores demandantes por su opción a adquirir la condición de trabajadores indef‌inidos no f‌ijos en la empresa ICB SA.

2) Debo declarar y declaro que Diego tiene una antigüedad en la empresa ICB SA de 31 de julio de 2012, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 16594,72 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia .

3) Debo declarar y declaro que Domingo tiene una antigüedad en ICB SA de 7 de julio de 2014, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 23580,50 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia

4) Debo declarar y declaro que Tania tiene una antigüedad en ICB SA de 13 de noviembre de 2014, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y

pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 20860,53 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia.

5) Debo declarar y declaro que Teresa tiene una antigüedad en ICB SA de5 de mayo de 2010, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 17 .645,17 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia .

6) Debo declarar y declaro que Emilio tiene una antigüedad en ICB SA de 5 de enero de 2010, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 24529,14 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la

presente Sentencia.

7) Debo declarar y declaro que Erasmo tiene una antigüedad en ICB SA de 15 de noviembre de 2015, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 20595,43 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia .

8) Debo declarar y declaro que Yolanda tiene una antigüedad en ICB SA de 16 de enero de 2006, grupo profesional 3 como técnico superior y debo condenar y condeno a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte demandante de forma conjunta y solidaria la suma de 24.146,46 euros y al pago del 10% por mora en el pago respecto de las cantidades de naturaleza salarial desde la fecha de su devengo hasta la de la presente Sentencia .

Que procede absolver y absuelvo al administrador concursal .

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" 1º.- La parte demandante Diego con categoría de ENG, jornada de 20 horas semanales, y antigüedad de 31 de julio de 2012 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 1102,55 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV . Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos .

La parte demandante Domingo con categoría de redactor polivalente y antigüedad de 7 de julio de 2014 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 2205, 11 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV .

Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos .

La parte demandante Tania con categoría de productora y antigüedad de 13 de noviembre de 2014 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 1318,93 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios

materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV .

Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos .En fecha de 17 de agosto de 2015 la Sra. Tania suscribió con BCN AUDIOVISUALS un contrato indef‌inido para prestar servicios con la categoría de productora. Desde entonces la Sra. Tania realiza las mismas funciones de productora de informativos.

La parte demandante D. Teresa con categoría de ENG, jornada de 24 horas semanales, y antigüedad de 5 de mayo de 2010 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 1323,05 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV . Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos, eventuales y de obra y servicio con LAVINIA BCN AUDIOVISUALS SL, los contratos de obra y servicio y de interinidad suscritos con AMARANTA TEC COM SL, y con BCN AUDIOVISUAL SLU . La antigüedad que se reconoce en la nómina es la de 1 de septiembre de 2014.

La parte demandante Emilio con categoría de productor y antigüedad de 5 de enero de 2010 se encontraba formalmente contratada, hasta 31 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 2425,61 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV .

Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos .

La parte demandante D. Erasmo con categoría de ENG y antigüedad de 15 de noviembre de 2015 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 1102,53 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el

domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV .

Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos . Un contrato de interinidad f‌inalizó el 7 de agosto de 2015 y el siguiente eventual suscrito lo fue en 15 de noviembre de 2015.

La parte demandante D. Yolanda con categoría de ENG y antigüedad de 16 de enero de 2006 se encontraba formalmente contratada, hasta 1 de mayo de 2018, por BCN AUDIOVISUALS SLU percibiendo un salario según nómina de 2205,10 euros y presta y ha prestado siempre sus servicios en el domicilio social de BTV /ICB SA, utilizando exclusivamente medios materiales de actividad puestos a su disposición por parte de ICB / BTV y prestando servicios exclusivamente en programas de BTV .

Se dan aquí por reproducidos los contratos suscritos .

(Documental y testif‌ical )

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