SAP Madrid 451/2019, 19 de Noviembre de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución451/2019
Fecha19 Noviembre 2019

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoprimera

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 8 - 28035

Tfno.: 914933872/73,3872

37007740

N.I.G.: 28.005.00.2-2017/0008523

Recurso de Apelación 30/2019

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 05 de Alcalá de Henares

Autos de Procedimiento Ordinario 776/2017

APELANTE: Dña. Bibiana

PROCURADOR Dña. TERESA DEL ROSARIO CAMPOS FRAGUAS APELADO: D. Darío

PROCURADOR Dña. GEMA GARCIA MERINO

MB

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ

Dª. ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 776/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandado: Dª. Bibiana y de otra, como Apelado-Demandante: D. Darío .

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Alcalá de Henares, en fecha veintiocho de junio de dos mil dieciocho, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Darío, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Gema García Merino, contra Dña. Bibiana, rebelde en esta causa, condenado a la demandada a que abone al demandante la cantidad de 11.985,12 euros, además de los intereses legales y las costas procesales causadas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con of‌icio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 4 de marzo de 2019, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día de 12 de noviembre de 2019. CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

La reclamación que formula el demandante D. Darío y que inicia el presente proceso guarda relación con un arrendamiento de servicios profesionales contratado con la demandada Dña. Bibiana, a quien se creía abogado, sin serlo, para reclamar unas cantidades ante el orden jurisdiccional social, habiendo incumplido la demandada sus obligaciones contractuales con una falta de diligencia, por lo que se reclama en la demanda una indemnización de 11.985,12 euros.

Lo que consta acreditado documentalmente es que D. Darío presentó una demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, no se discute que dirigido técnicamente por la demandada, el 14 de diciembre de 2016, contra la empresa Hennes y Mauritz SL, en reclamación de cantidad por salarios, que no se cuantif‌icaba, indicándose en la demanda que el 21 de octubre de 2016 había llegado a un acuerdo ante el Juzgado con el reconocimiento de cantidad por parte de la demandada, señalándose como domicilio para citaciones y notif‌icaciones el despacho de la demandada como letrado.

El Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, al cual correspondió el conocimiento del asunto, dictó diligencia de ordenación el 11 de enero de 2017, no dando lugar por ahora a la admisión a trámite de la demanda, requiriendo...

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