STSJ Andalucía 2650/2019, 14 de Noviembre de 2019

PonenteFRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ
ECLIES:TSJAND:2019:17600
Número de Recurso408/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2650/2019
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2019
EmisorSala de lo Social

35 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

MJ

SENT. NÚM. 2650/2019

ILTMO. SR. D. FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL ILTMA. SRA. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 408/2019, interpuesto por la AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Almería, en fecha 3 de diciembre de 2018, en Autos núm. 1020/2016, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado

  1. FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Gonzalo, en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra la AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 3 de diciembre de 2018, en la que acuerda: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Gonzalo, defendido y representado por la Letrada Dª. Silvia Martín Arcos, contra la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía, defendida y representada por el Letrado D. Francisco Moreno Hodero, declarando nula la causa de exclusión, al tiempo que se ha de reconocer el derecho del trabajador demandante, como trabajador indefinido no fijo, a participar en el Concurso de Traslado y/o Promoción 2014-2015 publicado por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía de fecha 22 de marzo de 2016, en relación a la plaza solicitada NUM000 Canjáyar. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción).

En cuanto que la plaza NUM000 Canjáyar. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción) quedó desierta en el referido concurso, se reconoce el derecho del trabajador a que la misma le sea adjudicada.".

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante, Gonzalo, mayor de edad, con DNI número NUM001, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con número NUM002, ha venido trabajando por cuenta y bajo la dependencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía, con una antigüedad de 22 de junio de 2013, con la categoría profesional de Vigilante, percibiendo un salario de conformidad con el Convenio colectivo de aplicación.

Durante el periodo de riesgo de incendios el actor realiza funciones de Especialista de Prevención y Extinción de Incendios.

(doc. nº 10,11 y 12 actor; hechos no controvertidos)

SEGUNDO

El demandante no ostenta ni ha ostentado cargo de representación sindical ni delegado de personal (hecho no controvertido).

TERCERO

Por la actividad realizada por la empresa resulta de aplicación el Convenio colectivo para los trabajadores que participan en la prevención y extinción de incendios en Andalucía y en actividades complementarias (INFOCA) para los años 2008 a 2011 (BOJA, número 107, de 30 de mayo de 2008).

Actualmente resulta de aplicación el I Convenio colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía para los años 2018 a 2020.

(doc. nº 1 actor; doc. nº 5 empresa)

CUARTO

Por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía de fecha 22 de marzo de 2016 se acordó ordenar la publicación del Concurso de Promoción y/o Traslado Infoca 2014- 2015.

Por resolución de 18 de mayo de 2016 se ordena la publicación del listado definitivo de vacantes y se abre el plazo para solicitudes por las personas interesadas en el Concurso de Promoción y/o Traslado Infoca 2014-2015.

(doc. nº 3 y 4 actor; doc. nº 1 empresa)

QUINTO

El trabajador formuló solicitud en tiempo y forma para participar en la convocatoria de las siguientes plazas:

  1. NUM000 Canjáyar. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción).

  2. NUM003 Padules. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción).

  3. NUM004 Nodriza Alhama. Conductor Operador/Autobombas (reservada Proceso Traslado y/o Promoción).

En fecha 8 de julio de 2016 se publicaron los listados provisionales de solicitudes admitidas y rechazadas en el Concurso de Traslado y/o Promoción 2014-2015.

El trabajador demandante fue rechazado en las tres plazas por el hecho de tener la condición de trabajador indefinido no fijo.

(doc. nº 5 actor; doc. nº 1 empresa; hechos no controvertidos)

SEXTO

Por resolución de 28 de julio de 2016 se acordó la publicación del listado definitivo de solicitudes recibidas, admitidas y rechazadas, correspondientes al concurso 2014-2015.

En dicho listado figura el trabajador como rechazado por tener la condición de trabajador indefinido no fijo.

El día 19 de octubre de 2016 se aprueba la relación definitiva de adjudicaciones de vacantes en el Proceso de Concurso de Promoción y/o Traslado 2014-2015, con el siguiente resultado:

  1. NUM000 Canjáyar. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción). Desierta.

  2. NUM003 Padules. Especialista Prevención y Extinción de Incendios (reservada Proceso Traslado y/o Promoción). Adjudicada proceso de traslado.

  3. NUM004 Nodriza Alhama. Conductor Operador/Autobombas (reservada Proceso Traslado y/o Promoción). Adjudicada proceso de traslado y promoción.

(doc. nº 6 y 7 actor; doc. nº 1 empresa)

SÉPTIMO

Promovido conflicto colectivo por demanda de fecha 5 de febrero de 2016 se dictó sentencia por el TSJ de Andalucía, sede Sevilla, de 22 de junio de 2016, por la cual, estimando la demanda, reconoció el derecho de los trabajadores indefinidos no fijos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía a participar en igualdad de condiciones que el personal fijo y fijo discontinuo en los procesos de promoción profesional.

Recurrida que fue esta sentencia en casación, se dictó sentencia por el Tribunal Supremo de fecha 2 de abril de 2018 por la cual se acordó desestimar el recurso de casación, conformando la sentencia de instancia.

(doc. nº 13 y 14 actor; doc. nº 11 empresa)

OCTAVO

Por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía de fecha 14 de noviembre de 2018 se acordó ordenar la publicación del Concurso de Promoción y/ o Traslado Infoca 2016-2017.

El trabajador ha presentado solicitud el día 21 de noviembre de 2018.

En este concurso, de acuerdo con el acta de la Comisión Negociadora por la que se aprueba el I Convenio colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Junta de Andalucía puede participar el personal laboral fijo, fijo discontinuo, indefinido e indefinido no fijo.

(doc. nº 8 actor; doc. nº 4, 6, 7 y 12 empresa)

NOVENO

El actor ha impugnado judicialmente su exclusión del concurso 2016-2017, habiendo recaído la demanda en el Juzgado de lo Social número Dos de Almería (doc. nº 9 actor; doc. nº 17 empresa)

Presentada la preceptiva reclamación administrativa previa en fecha 17 de junio de 2016 por la trabajadora demandante, la misma ha sido desestimada por resolución de fecha 20 de julio de 2016 por entender que "comprobadas las inscripciones registrales practicadas, estas son conformes con las situaciones descritas" (documental que acompaña a la demanda).

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por la AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El trabajador, titular de relación laboral indefinida no fija, interpuso demanda en solicitud de la declaración de nulidad de la causa de exclusión que le habría sido aplicada, el reconocimiento de su derecho a participar como trabajador indefinido no fijo en el concurso de promoción y/o traslado Infoca 2014/2015 publicado del 28 de julio de 2016, incluyéndosele en los listados definitivos de solicitudes admitidas, con las consecuencias inherentes a la participación en el concurso, condenando a la Administración a la inclusión del recurrente en los listados definitivos de adjudicatarios en el proceso de promoción correspondiente a las plazas solicitadas conforme a su mejor derecho.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Almería de fecha 3 de diciembre de 2018 estimó la demanda interpuesta, declarando la nulidad de la causa de exclusión, al tiempo que se reconocía el trabajador, como indefinido no fijo, el derecho a participar en el concurso de traslado y promoción mencionado en relación a la plaza solicitada NUM000 Canjáyar, como especialista de prevención y extinción de incendios (reservada proceso traslado y o promoción). En cuanto que la plaza mencionada quedó desierta en el referido concurso, se reconocía el derecho del trabajador a que la misma le fuese adjudicada.

Se alza frente a la misma en suplicación la Agencia demandada, aduciendo diversos motivos al efecto.

SEGUNDO

Plantea en primer término el recurso al amparo del artículo 193 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social aduciendo la infracción del artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Alega que si se examina el petitum de la demanda iniciadora de las actuaciones, se aprecia que...

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