STSJ Andalucía 386/2020, 30 de Enero de 2020

PonenteROBERTO IRIARTE MIGUEL
ECLIES:TSJAND:2020:1687
Número de Recurso1853/2019
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución386/2020
Fecha de Resolución30 de Enero de 2020
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

APELACIÓN NÚMERO Nº 1853/2019

SENTENCIA

Ilma. Sra. Presidenta:

DOÑA MARÍA LUISA ALEJANDRE DURÁN

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON ROBERTO IRIARTE MIGUEL

DON PEDRO LUIS ROÁS MARTÍN

En la ciudad de Sevilla, a treinta de enero de dos mil veinte.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto la apelación referida en el encabezamiento interpuesta por la A.D. PVO SEVILLA ESTE, representada por el Procurador Dº. Diego José Crespo Vázquez y asistida del Abogado Dº. Jesús María Coslado Camacho, contra el auto de fecha 14 de mayo de 2019 que dictó el Juzgado de lo Contencioso administrativo Número NUM000 de DIRECCION000 en el Procedimiento Ordinario núm. 323/2018; habiéndose formalizado oposición frente al anterior recurso por el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, representado y asistido por la Letrada de sus servicios jurídicos, Dª. Teresa Ojeda Pereira.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo Número NUM000 de DIRECCION000 se dictó el auto indicado en el encabezamiento de la presente y cuya parte dispositiva literalmente expresa:

"Inadmito el Recurso Contencioso Administrativo formulado contra la actuación administrativa indicada en el hecho primero de esta resolución, al darse la causa de inadmisibilidad prevista en el art 51 c) de la LJCA .

Se deja sin efecto el señalamiento de la prueba testif‌ical, señalada para el día 24 de Julio próximo. Comuniqúese a los testigos dicho particular.

Firme esta resolución se acordará." .

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por la A.D. PVO SEVILLA ESTE, y tramitado el mismo de acuerdo con lo establecido en la Ley, se han remitido las actuaciones a este Tribunal para su resolución.

TERCERO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del asunto el día 27 de enero de 2020, fecha en que han tenido lugar, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Dº. Roberto Iriarte Miguel, que sustituye al anterior designado para el asunto, el Ilmo. Sr. Dº. Raimundo, por abstención manifestada que la Sala estimó fundada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto apelado inadmite con fundamento en el artículo 51.1 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa (LJCA), el Recurso Contencioso-administrativo promovido por la A.D. PVO SEVILLA ESTE contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Municipal de Deportes, en su sesión celebrada el día 25 de junio de 2018, mediante el cual, se propone al Pleno del EXCMO AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, la desestimación del Recurso de Alzada formulado por el hoy recurrente contra el instruido expediente 28/2017.

El juzgado a quo recuerda, con cita de numerosa jurisprudencia, la obligada congruencia que debe existir entre los escritos de interposición del Recurso Contencioso-administrativo y de demanda. La parte actora impugnó expresamente el Acuerdo del Consejo de Gobierno del Instituto Municipal de Deportes de...

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