STSJ Asturias 1233/2019, 12 de Junio de 2019

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJAS:2019:2019
Número de Recurso509/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1233/2019
Fecha de Resolución12 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01233/2019

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33044 44 4 2018 0000139

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000509 /2019

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000023 /2018

Sobre: JUBILACION

RECURRENTE/S D/ña Jose Luis

ABOGADO/A: ELVIRA GUERRERO FERNANDEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: SOCIEDAD ANOMINA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS, MECANIZACIONES CARBONIFERAS Y SERVICIOS SA, HULLERAS DEL NORTE SA, INSS, TGSS, LAS MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA SA, VOKD SA, CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS SA, PRAGARRA SL, VINGOVIS SRO

ABOGADO/A: ARMANDO DÍAZ GARCÍA, ARMANDO DÍAZ GARCÍA, LUIS MANUEL GARCÍA MARTÍNEZ, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL,,,,,

PROCURADOR:,,,,,,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,,,,,,

Sentencia nº 1233/19

En OVIEDO, a doce de junio de dos mil diecinueve.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Ilmos. Sres. Dª. MARÍA VIDAU ARGÜELLES, Presidenta, D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO y Dª. MARÍA CRISTINA GARCÍA FERNÁNDEZ, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000509/2019, formalizado por la Letrada DOÑA ELVIRA GUERRERO FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Jose Luis, contra la sentencia número 562/2018 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000023/2018, seguidos a instancia de Jose Luis frente a SOCIEDAD ANOMINA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS (SATRA), MECANIZACIONES CARBONIFERAS Y SERVICIOS SA, HULLERAS DEL NORTE SA, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LAS MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA SA, VOKD SA, CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS SA, PRAGARRA SL y VING-OVIS SRO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. DON JESUS MARIA MARTIN MORILLO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

DON Jose Luis presentó demanda contra SOCIEDAD ANOMINA PARA TRABAJOS SUBTERRANEOS, MECANIZACIONES CARBONIFERAS Y SERVICIOS SA, HULLERAS DEL NORTE SA, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LAS MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA SA, VOKD SA, CONSTRUCCION DE MINAS Y OBRAS SUBTERRANEAS SA, PRAGARRA SL, VING-OVIS SRO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 562/2018, de fecha doce de noviembre de dos mil dieciocho.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"1º.- D. Jose Luis nacido el día NUM000 de 1961 con NIE NUM001 con número de afiliación NUM002 solicitó pensión de jubilación el día 10 de mayo de 2017. Por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 19 de septiembre de 2017 se le reconoció la solicitud de pensión de jubilación conforme a los siguientes datos: una base reguladora de 1.722,87€/mensuales, Días cotizados en España 6.174 días, Días cotizados en el extranjero 8.350días, bonificación en España 941 días, porcentaje a cargo de España 54,90%, pensión a prorrata 945,86€, efectos económicos 14 de mayo de 2017.Frente a esta resolución se interpuso Reclamación Previa que fue desestimada por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 5 de diciembre de 2017.Frente a esta resolución se interpuso la presente demanda en fecha 12 de enero de 2018.

  1. - El informe de cotización del actor que el INSS tuvo en cuenta para la pensión de jubilación fue el siguiente:

    Empresa Categoría Fecha alta Fecha baja Días Coef Bonif

    MINAS CHEQUIA Electricista

    interior 11/11/1982 31/12/1992 3700 20 740

    MINAS CHEQUIA Electricista

    interior mina 01/01/1993 31/08/1998 1434 20 286,8

    GRAL-VARIAS EMPRESAS Electromec.arranque 01/09/1998 31/05/2008 2994 40 1197,6

    PRAGARRA OF.Electricista 1ª interior

    arranque 01/06/2008 15/07/2008 45 40 18

    PRAGARRA OF.Electricista1ªinte.

    arranque 05/08/2008 31/03/2010 604 40 241,6

    AST.DE

    COMBUSTIBLES OF.Electricista 1ªinter.

    arranque 01/04/2010 31/01/2011 306 40 122,4

    AST.DE COMBUSTIBLES OF.Electrico Explot.int. 01/02/2011 19/09/2014 1258 40 503,2

    AST.DE COMBUSTIBLES OF. Eléctrico explot.int. 20/09/2014 31/01/2015 134 30 40,2

    S.A. PARA TRABA SUBTERRANEOS OF.Eléctrico Explotación

    interior 01/02/2015 13/05/2015 102 30 30,6

    F.Nto.Ficticia:27/04/1952

    Total bonificación 3180 días.

  2. - El actor durante el período de 01/09/1998 a 31/05/2008 estuvo de alta en el Régimen General, para las siguientes empresas:

    LAS MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA S.A. Del 01/09/1998 a 18/12/1998; del 11 /01/1999 a 01/08/1999;del 04/09/1999 a 17/12/1999;del 10/01/2000 al 10/07/2000.

    OVIS CONSTRUCCIÓN DE MINAS El 25/02/2000; del 04/09/2000 al 01/12/2000; del 08/01/2001 al 30/06/2002; del 02/09/2002 al 19/12/2002.

    CONSTRUCCIONES DE MINAS Y DE OBRAS SUBTERRÁNEAS, del 07/01/2003 al 22/08/2003; del 09/09/2003 al 29/12/2003;del 07/01/2004 al 19/08/2004;del 06/09/2004 al 29/12/2004; del 10/01/2005 al 18/08/2005;del 05/09/2005 al 29/12/2005; del 09/01/2006 al 31/03/2006.

    PRAGARRA S.L. del 01/04/2006 al 17/08/2006; del 04/09/2006 al 18/08/2007; del 03/09/2007 al 31/05/2008.

  3. - Constan en el ramo de prueba los siguientes certificados emitidos por D. Braulio :

    -(De fecha 24 de noviembre de 2009) como director de la empresa LAS MINAS DE OSTRAVA Y KARVINA S.A. declara que el actor ha prestado servicios por cuenta de esta empresa en el interior de la mina desempeñando labores de electromecánico de minador y ayudando en labores de fortificación de los frentes de avance con la categoría profesional de especialista de primera en la realización de trabajos en frentes de avance en galería con Minador AM 50P en Pozos de la empresa HUNOSA en los siguientes períodos de tiempo: 01/09/1998 a 18/12/1998;de 11/01/1999 a 01/08/1999;de 04709/1999 a 17/12/1999; de 10/01/2000 a 01/07/2000. Se indica que la empresa se dedicaba a la actividad de la construcción (minas y obras subterráneas).

    - (De fecha 30 de noviembre de 2009)como director de la empresa VOKD S.A. Sucursal en España que el actor ha prestado servicios por cuenta de esta empresa en el interior de la mina desempeñando labores de electromecánico de minador y ayudando en labores de fortificación de los frentes de avance con la categoría profesional de especialista de primera en la realización de trabajos en frentes de avance en galería con Minador AM 50P en Pozos de la empresa HUNOSA durante el período de 08/01/2001 a 01/07/2001.Se indica que la empresa se dedicaba a la actividad de la construcción ( minas y obras subterráneas).

    - (De fecha 9 de diciembre de 2009) como director de la empresa CONSTRUCCIÓN DE MINAS Y OBRAS SUBTERRÁNEAS S.A. el actor ha prestado servicios por cuenta de esta empresa en el interior de la mina desempeñando labores de electromecánico de minador y ayudando en labores de fortificación de los frentes de avance con la categoría profesional de especialista de primera en la realización de trabajos en frentes de avance en galería con Minador AM 50P en Pozos de la empresa HUNOSA, durante los siguientes períodos. 07/01/2003 a 22/08/2003;09/09/2003 a 29/12/2003;07701/2004 a 19/08/2004;06/09/2004 a 29/12/2004;10/01/2005 a 18/08/2005;05/09/2005 a 29/12/2005;09/01/2006 a 31/03/2006.Se indica que la empresa se dedicaba a la actividad de la construcción ( minas y obras subterráneas).

  4. - Constan en el ramo de prueba certificado (de fecha 30 de noviembre de 2009) emitido por D. Dimas como director de la empresa OVIS CONSTRUCCION DE MINAS S.L. en que declara que el actor ha prestado servicios por cuenta de esta empresa en el interior de la mina desempeñando labores de electromecánico de minador y ayudando en labores de fortificación de los frentes de avance con la categoría profesional de especialista de primera en la realización de trabajos en frentes de avance en galería con Minador AM 50P en Pozos de la empresa HUNOSA durante los siguientes períodos: el 25 de febrero de 2000; del 04/09/2000 al 01/12/2000; del 08/01/2002 al 30/06/2002; del 02/09/2002 al 19/12/2002.

  5. -Constan en el ramo de prueba certificado emitido de fecha 21 de mayo de 2010)por D. Dimas como director de la empresa PRAGARRA S.L. en que declara que el actor ha prestado servicios por cuenta de esta empresa en el interior de la mina desempeñando labores de electromecánico de minador y ayudando en labores de fortificación de los frentes de avance con la categoría profesional de especialista de primera en la

    realización de trabajos en frentes de avance en galería con Minador AM 50P en Pozos de la empresa HUNOSA durante los siguientes períodos. 01/04/2006 al 17/08/2006; del 04/09/2006 al 14/08/2007; del 03/09/2007 al 31/05/2008; Certificado de 3 de mayo de 2010 en los mismos términos durante los periodos de 01/06/2008 al 15/07/2008 y desde el 05/08/2008 al 31/03/2010. En el primero de los certificados se indica que la empresa se dedicaba a la actividad de la construcción (minas y obras subterráneas).

  6. - Se aportan contratos de trabajo de obra o servicio entre el actor y CONSTRUCCION DE MINAS Y DE OBRAS SUBTERRÁNEAS S.A. suscritos el 7 de enero de 2003,9 de septiembre de 2003,1 de octubre de 2003,siete de enero de 2004,1 de julio de 2004,6 de septiembre de 2004,10 de enero de 2005,5 de septiembre de 2005,9 de enero de 2006,1 de abril de 2006,4 de septiembre de 2006. En todos ellos se le contrató en la categoría de electromecánico especialista de primera para realizar trabajos en el Pozo Sotón, Avance en Galería o en Carga con minador. También se aportan...

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