STSJ Andalucía 391/2020, 13 de Febrero de 2020

PonenteFERNANDO OLIET PALA
ECLIES:TSJAND:2020:2181
Número de Recurso1184/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución391/2020
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2020
EmisorSala de lo Social

33 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

RO

SENT. NÚM. 391/20

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ ILTMO. SR. D. BENITO RABOSO DEL AMOILTMA. SRA. Dª BEATRIZ PÉREZ HEREDIA MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a trece de Febrero de dos mil veinte.-.-La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1184/19, interpuesto por PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y GENERALIFE contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 DE GRANADA, en fecha 20/12/18, en Autos núm. 665/17, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO OLIET PALÁ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Hortensia en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y GENERALIFE y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 20/12/18, que contenía el siguiente fallo:

SE ESTIMA parcialmente la demanda interpuesta por Dª Hortensia frente al PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE, y en consecuencia, declaro que la relación de prestación de servicios existente entre la demandante y el PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE es de carácter laboral indefinida desde el 24/07/2007, absolviendo a la demandada del resto de peticiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Hortensia, mayor de edad, con DNI nº NUM000 presentó reclamación previa frente al PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE en fecha 17/04/2017 en la que solicitaba el reconocimiento de la condición de trabajadora indefinida y a jornada completa en el PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE, con inclusión de la plaza en caso de no existir en la relación de puestos de trabajo y demás

actuaciones preceptivas, incluida la regularización de la demandante en Seguridad Social. Asimismo solicitaba en tal escrito que se le reconociera antigüedad desde 01/08/2006 y retribuciones salariales acordes con las aplicables al personal dependiente del PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE.

Las peticiones de la demandante fueron desestimadas por el PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE en resolución de 09/05/2017.

SEGUNDO

El Patronato de la Alhambra y Generalife, constituye un Organismo Autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Bellas Artes, a quien corresponde en régimen de descentralización las funciones que se le atribuyen en virtud de sus Estatutos y entre ellas, la custodia, conservación y administración de la Alhambra y Generalife, Palacio de Carlos V y de todas las edificaciones, bosques, jardines, cultivos y terrenos pertenecientes al recinto monumental de la Alhambra y Generalife; garantizar la protección y conservación de los bienes muebles e inmuebles de valor histórico que están dentro del recinto monumental, así como promover su mejora; elaborar y desarrollar los planes de conservación, consolidación, mantenimiento, restauración, excavaciones e investigaciones de los bienes que están dentro del recinto monumental; posibilitar el acceso al recinto de visitantes; facilitar su estudio a los investigadores; organizar, fomentar y promover cuantas iniciativas culturales, impulsen el conocimiento y difusión del recinto monumental, de sus valores estéticos y de su historia; desarrollar programas de investigaciones, culturales, arqueológicos, epigráficos, etc. y de cooperación con otras instituciones culturales o centros de investigación afines.

El Patronato es una entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa y financiera para el cumplimiento de sus fines, así como para la gestión de su patrimonio y de los fondos que se le asignan.

TERCERO

El PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE suscribió con la actora en fecha 24/07/2007 contrato administrativo que tenía por objeto la realización del servicio de "Gestión de Actividades Culturales relacionadas con visita pública". Expediente: NUM001 . El plazo de ejecución del contrato se establece en 12 meses.

El precio del contrato es de 30.000€.

CUARTO

Entre el 19/03/2007 y el 28/10/2008, la demandante, giró contra el Patronato de la Alhambra y el Generalife, al menos, las siguientes facturas:

- de 19/03/2007, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales", por importe total de

5.224,13€.

- de 25/04/2007, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales", por importe total de

5.224,13€.

- de 3/08/2007, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", expediente: NUM001, por importe total de 4.353,44€.

- de 31/10/2007, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", expediente: NUM001, por importe total de 2.500 €.

- de 27/11/2007, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", expediente: NUM001, por importe total de 6530,19€.

- de 5/03/2008, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", expediente: NUM001, por importe total de 2.698,47€.

- de 11/06/2008, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 3831,71€.

- de 28/10/2008, por el concepto "Servicio de asesoría para la revisión de la guía oficial y plano del recinto de la Alhambra y Generalife. Coordinación de las Jornadas "Valparaiso, un río de oro: Alhambra-Sacromonte", por importe total de 6529,78€.

QUINTO

El PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE suscribió con la actora en fecha 2/12/2008 contrato administrativo que tenía por objeto la realización del servicio de "Gestión de Actividades Culturales relacionadas con visita pública". El plazo de ejecución del contrato se establece en 24 meses.

El precio del contrato es de 51.724,14€, IVA 8275,86€, total: 60.000€

SEXTO

Entre el 19/12/2008 y el 10/01/2011, la demandante, giró contra el Patronato de la Alhambra y el Generalife, al menos, las siguientes facturas:

- de 19/12/2008, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 13.060,35€.

- de 25/02/2009, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4353,10€.

- de 1/06/2009, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.353,10€.

- de 4/09/2009, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.353,10€.

- de 22/12/2009, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.353,10€.

- de 24/02/2010, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.353,10€.

- de 14/04/2010, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 8.706,90€.

- de 29/06/2010, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.353,10€.€.

- de 10/01/2011, por el concepto "Gestión y Organización de Actividades Culturales relacionadas con la visita pública", por importe total de 4.364,41€.

SÉPTIMO

Dª Hortensia y Dª Rafaela constituyeron el 01/01/2011 la comunidad de bienes denominada " DIRECCION000 ", que tenía por objeto declarado la "GESTIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (Dinamización del Patrimonio Histórico, diseño de proyectos culturales, difusión de actividades, comercialización del turismo cultural, interpretación del patrimonio, comunicación y marketing cultural, gestión de equipamientos culturales, fomento de la cohesión social y/o participación ciudadana a través de la cultura, planificación de recursos educativos, elaboración de itinerarios culturales, y organización de actos institucionales y protocolarios.).

El 12/07/2011 se modifican los Estatutos de la Comunidad de Bienes " DIRECCION000 ", acordando la incorporación como comunera de Dª Rosa .

OCTAVO

El PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE tramitó expediente nº NUM002 para contratar por el procedimiento negociado sin publicidad la realización del servicio denominado: "gestión de actividades culturales institucionales y docentes relacionadas con la visita pública del patronato de la Alhambra y Generalife".

Mediante Resolución de fecha 15-04-2011 de la Directora del Patronato de la Alhambra y el Generalife se acordó la adjudicación del contrato a DIRECCION000, CB.

El PATRONATO DE LA ALHAMBRA Y EL GENERALIFE suscribió con DIRECCION000, CB. en fecha 25/04/2011 contrato administrativo que tenía por objeto la realización del servicio de "gestión de actividades culturales institucionales y docentes relacionadas con la visita pública del patronato de la Alhambra y Generalife".

El precio del contrato es de 51694,91€, IVA 9.305,09€, total: 61.000€

En la cláusula 3ª del contrato se indicó que "La ejecución del contrato se realizará en el lugar o lugares que el propio desarrollo...

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