SAP Madrid 487/2019, 15 de Noviembre de 2019

PonenteCARMEN MERIDA ABRIL
ECLIES:APM:2019:15546
Número de Recurso727/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución487/2019
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Octava

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 1 - 28035

Tfno.: 914933929

37007740

N.I.G.: 28.080.00.2-2017/0004761

Recurso de Apelación 727/2019 D

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 02 de Majadahonda

Autos de Juicio verbal (Desahucio falta pago - 250.1.1) 505/2017

APELANTE: Dña. María Virtudes

PROCURADOR D. ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE

APELADO: FIDERE IP 2, S.L.U.

PROCURADOR Dña. MARIA DEL CARMEN OTERO GARCIA

SENTENCIA Nº 487/2019

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ

Dña. CARMEN MÉRIDA ABRIL

Dña. MILAGROS DEL SAZ CASTRO

En Madrid, a quince de noviembre de dos mil diecinueve. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal de desahucio número 505/2017, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Majadahonda seguidos entre partes; de una como como demandada-apelante DÑA. María Virtudes, representada por el Procurador D. Roberto Granizo Palomeque; y de otra, como demandante-apelada FIDERE IP 2, SLU, representado por la Procuradora Dña. Mª del Carmen Otero García.

VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN MÉRIDA ABRIL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Majadahonda en fecha 12 de abril de 2019 se dictó Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando íntegramente la demanda formulada por FERROCARRIL DE INTERMEDIACIÓN Y PATRIMONIO S.L.U. (FIDERE IP 2 SLU) contra Dña. María Virtudes, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de 24 de Junio de 2010 por expiración del plazo contractual, contrato suscrito entre la demandada como arrendataria y la entidad FERROCARRIL INTERMEDIACION Y PATRIMONIOS S.L.U. (hoy FIDERE IP 2 SLU) como arrendadora y que tenía por objeto la vivienda sita en la CALLE000, nº NUM000, bloque NUM001, portal NUM001, piso NUM002, con entrada por la CALLE001 NUM003, portal NUM001 ( NUM004 ), de Las Rozas de Madrid, con plaza de garaje nº NUM005 y NUM006, y trastero nº NUM007 como anejos, condenando a la demandada a que desaloje y deje libre y a disposición de la parte actora la finca litigiosa, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, así como al pago de las costas de este procedimiento "

SEGUNDO

- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que fue admitido y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

A la vista de la materia objeto de procedimiento, en fecha 9 de octubre de 2019 por la Letrada de la Admón. de Justicia de esta Sección 8ª se dictó diligencia de ordenación acordando, entre otras cosas, requerir al apelante Procurador Sr. D. Roberto Primitivo Granizo Palomeque, al objeto de acreditar la apelante encontrarse al corriente del pago de las rentas del inmueble objeto de este procedimiento tanto al momento de interponer el recurso de apelación como al día de la fecha en cumplimiento de lo establecido en el art. 449.1 y 2 de la LEC.

Verificado dicho requerimiento, la parte ha dejado transcurrir el plazo concedido sin acreditar dicho extremo ni alegar nada al respecto.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública quedó en turno de deliberación, votación y fallo, lo que se ha cumplido el día 13 de noviembre de 2019.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sobre la inadmisibilidad del recuro.

El art. 449. 1 LEC establece como presupuesto de procedibilidad del recurso que " En los procesos que lleven aparejado el lanzamiento, no se admitirán al demandado los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que...

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