ATS, 14 de Octubre de 2019

PonenteMANUEL MARCHENA GOMEZ
ECLIES:TS:2019:12084A
Número de Recurso20907/2017
ProcedimientoCausa especial
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 14/10/2019

Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL

Número del procedimiento: 20907/2017

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez, presidente

Procedencia: EJECUTORIA 11/2019

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: FGR

Nota:

CAUSA ESPECIAL núm.: 20907/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez, presidente

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Manuel Marchena Gomez, presidente, presidente

D. Andres Martinez Arrieta

D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Antonio del Moral Garcia

D. Andres Palomo Del Arco

Dª. Ana Maria Ferrer Garcia

En Madrid, a 14 de octubre de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gomez, presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - Con fecha 14 de octubre de 2019, se dictó sentencia en la presente causa especial en la que se condenó al acusado D. Fructuoso como autor de un delito de desobediencia a las penas de multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros, con responsabilidad penal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio en funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses.

  2. - Dicha sentencia ha sido notificada de manera personal al condenado, a su representación procesal, y a las demás representaciones de cada una de las partes, así como al Ministerio Fiscal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Siendo firme la sentencia dictada en la presente causa especial según lo dispuesto en el art. 141 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y, de conformidad con lo establecido en el art. 988 y concordantes del mismo cuerpo legal, es procedente acordar su ejecución y demás pronunciamientos para llevar a efecto lo acordado.

En atención a lo expuesto, procede dictar la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: Proceder a la ejecución de la sentencia dictada en la presente causa especial. Registrarla en los libros correspondientes con el núm. 11/2019, incoando la correspondiente ejecutoria, dando cuenta al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Remitir nota de condena al Registro Central de Penados y Rebeldes, a través de la aplicación Punto Neutro Judicial, a fin de que se proceda a la anotación de la condena.

Hecho, practiquese la correspondiente liquidación de condena.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Manuel Marchena Gomez, presidente D. Andres Martinez Arrieta D. Juan Ramon Berdugo Gomez de la Torre

D. Antonio del Moral Garcia D. Andres Palomo Del Arco Dª Ana Maria Ferrer Garcia

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR