DECRETO 1/1988 de 8 de enero, por el que se aprueba el «Plan Joven: Formación y Empleo» de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 18-01-1988 Nº Boletín: 10 / 1988

DECRETO 1/1988 de 8 de enero, por el que se aprueba el «Plan Joven: Formación y Empleo» de Castilla y León.

El artículo treinta y dos del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que la Comunidad orientará su actuación económica a la consecución del pleno empleo. Es lo cierto, sin embargo, que a lo largo de los últimos años se ha asistido a un crecimiento continuo del paro, cuya incidencia entre los jóvenes reviste especial importancia, tanto por su relevancia cuantitativa cuanto por los efectos negativos de carácter social y personal que lleva aparejados.

El paro limita la participación de los jóvenes en los procesos de desarrollo económico y social reduciéndolos, en la práctica, a una situación de marginación que frustra sus espectativas individuales y sus aspiraciones a una plena realización personal, a la vez que priva a la Comunidad de una aportación de trabajo, e iniciativas con las que cuenta potencialmente.

De ahí el interés prioritario de la Junta de Castilla y León por articular un programa de actuación dirigido a facilitar la incorporación de los jóvenes al empleo.

Una parte sustantiva del paro juvenil tiene su origen en la insuficiencia del sistema educativo para proveer los contenidos formativos que exige, en realidad, la vida profesional. El acceso al empleo requiere actualmente el dominio de conocimientos específicos, susceptibles de ser aplicados eficazmente en contextos concretos que el sistema formativo no puede proveer sin una estrecha colaboración con las empresas. El continuo cambio tecnológico y la complejidad creciente de los procesos productivos requieren una interrelación creciente entre las empresas y el sistema formativo que no puede llevarse a cabo eficazmente sin el concurso decidido de las instituciones públicas.

Tanto la participación en actividades formativas cuanto la ocupación de jóvenes, que deben completar todavía una parte de su formación, comporta para las empresas costes que deben ser compensados mediante un sistema eficiente de ayudas.

La otra línea de actuación, la constituye el conjunto de incentivos dirigidos a estimular el empleo juvenil, mediante la reducción de los costes de creación de puestos de trabajo.

La coordinación de las actuaciones de formación y las de fomento del empleo a través de un texto normativo único, pretende dotar de coherencia a las diferentes actuaciones, al permitir la coordinación de las líneas de ayuda y, por consiguiente, la potenciación de su eficacia y un mejor aprovechamiento de recursos públicos que, con todo, resultan manifiestamente insuficientes en relación con la magnitud e importancia del problema que se pretende abordar.

El presente Decreto viene, por tanto, a articular un conjunto de acciones coordinadas y complementarias de las hasta ahora establecidas por otras Administraciones y por las Consejerías de la propia Junta, así como de las provenientes del Fondo Social Europeo, con una inicial financiación global de mil millones de pesetas, cuya posibilidad de ampliación se deja abierta.

En su virtud, a propuesta de las Consejerías de Economía y Hacienda, de Agricultura, Ganadería y Montes, y de Cultura y Bienestar Social, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en la reunión del día ocho de enero de mil novecientos ochenta y ocho.

DISPONGO:

Artículo 1 º- 1

Las acciones que se promuevan por la Junta de Castilla y León en materia de formación y empleo juvenil se desarrollarán a través de los programas que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR