8.1. Introducción

AutorCharles Zeno Santiago
Páginas231-233

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Hemos examinado en los capítulos anteriores que la mayoría de los países europeos en sus ordenamientos nacionales han adoptado el modelo de responsabilidad vicaria de los empresarios por los actos de sus auxiliares. (Véase Anexo 1)741

Sin embargo, tanto España como Suiza y Alemania permanecen con el modelo de responsabilidad presunta fundado en los supuestos establecidos discutidos en este libro.742

Por tanto, es necesario la adopción en Europa de unas normas uniformes de la Responsabilidad Civil Extracontractual y específicamente de la responsabilidad de los empresarios por los actos de sus auxiliares.

De otra parte, hemos expuesto también en capítulos anteriores que los grupos de estudios sobre este tema sostienen que el modelo de responsabilidad vicaria es el adecuado para atender las reclamaciones por los actos ajenos. Por tal razón comenzamos en este capítulo exponiendo el trabajo y las propuestas realizadas por los grupos de expertos en lo que concierne a la Responsabilidad Civil Extracontractual. Estos estudios son de mucho prove-cho actualmente debido a la inercia del derecho comunitario para uniformar el Derecho Civil europeo.

También discutiremos el impacto del derecho comunitario y su transposición al derecho nacional de los países miembros y por consiguiente a España. Es indudable que las normativas del derecho comunitario son vinculantes a los países miembros de la UE. Por tanto, de adoptarse las propuestas sugeridas por los grupos de estudios, se lograría el objetivo de estos consistente en la creación de un Derecho de la Responsabilidad Civil Extracontractual europeo. En esto queremos destacar que de adoptarse una norma uniforme de responsabilidad de los empresarios por los actos de sus auxiliares en el derecho comunitario, se lograría la unidad jurídica en Europa, o sea, lo que se denomina la «Europeización del Derecho de la Responsabilidad Civil Extra-contractual».

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8.1.1. Antecedentes de la Unión Europea

La Unión Europea (UE) es conocida actualmente como una comunidad política de Derecho, constituida en régimen de organización internacional, sui generis, nacida para propiciar y adoptar la integración y gobernanza en común de los estados miembros de Europa. Al entrar en vigor el 1 de diciembre de 1999 el Tratado de Lisboa, la UE sucedió por completo, aunque con ciertas particularidades a las Comunidades Europeas, y asumió con ello su personalidad jurídica...

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