SAP Madrid 76/2019, 4 de Febrero de 2019

PonenteMARIA TERESA GARCIA QUESADA
ECLIES:APM:2019:2795
Número de Recurso1436/2015
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Número de Resolución76/2019
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

Sección nº 07 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 7 - 28035

Teléfono: 914934580,914933800

Fax: 914934579

37051530

N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0025772

Procedimiento sumario ordinario 1436/2015

Delito: Depósito de armas o municiones

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 06 de Alcalá de Henares

Procedimiento Origen: Sumario (Proc.Ordinario) 2/2015

SENTENCIA Nº 76/2019

AUDIENCIAPROVINCIAL

Ilmas. Sras. Magistrado/as de la Sección 7ª

Dña. Mª Teresa García Quesada

Dña. Ana Mercedes del Molino Romera

Dña. Caridad Hernández García

En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil diecinueve.

Visto en juicio oral y público ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial el Procedimiento sumario ordinario nº 2/2015 procedente del Juzgado de Instrucción nº 6 de Alcalá de Henares, seguida de oficio por un delito de depósito de armas de guerra, contra el acusado Demetrio, con domicilio en Olías del Rey (Toledo), con documento nacional de identidad nº NUM000, de ignorada solvencia, sin antecedentes penales y privado de libertad por esta causa del 17 al 19 de diciembre de 2012, encontrándose desde entonces en libertad provisional con obligación de presentación diaria ante el Juzgado hasta el día 25 de marzo de 2013 y desde entonces con obligación de presentación semanal.

Habiendo intervenido: como acusación pública, el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. ALBERTO COBO REUTERS, y el acusado ya reseñado, representado por la Procuradora Sra. Dª. ROCIO BLANCO MARTINEZ y defendido por la Letrada Sra. Dª. MARIA DEL CARMEN GONZALEZ PINILLA; siendo Ponente de la presente resolución la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª Teresa García Quesada, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de tráfico de armas de guerra, fabricación ilícita de armas de guerra y depósito de armas y municiones de guerra, de los art. 566.1.1 º, 567.1, 2, 3 y 4 y 570.1 del C.P ., en concordancia con los arts. 1.2 y 2.22 del Reglamento de Armas ., reputando responsable del mismo en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y solicitó la imposición de las penas de 8 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 11 años, comiso de las armas, municiones, piezas fundamentales y metálico intervenidos y al abono de las costas procesales.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en igual trámite, mostró su disconformidad con las conclusiones del Ministerio Fiscal solicitando la libre absolución de su patrocinado.

  1. HECHOS PROBADOS

Ha resultado probado y así se declara que el procesado, Demetrio, mayor de edad (26-11-64), de nacionalidad española, con DNI NUM000, Brigada del Ejército de Tierra y sin antecedentes penales, contraviniendo la legislación vigente y con ánimo de ilícito enriquecimiento, adquirió tanto de particulares como de armerías de Estados Unidos, Bélgica, Austria y Alemania entre otras, un elevado número de municiones, armas inutilizadas, cañones y otras piezas fundamentales, para proceder a la rehabilitación, ensamblaje y fabricación ilícita de armas de fuego completas a base de sus diferentes piezas y destinarlas al tráfico ilícito.

Entre otras, a través de la página web de la ARMERÍA BROWNELLS en los EE.UU, el acusado, entre los meses de julio 2011 y noviembre de 2012, adquirió, en esta armería, piezas fundamentales (cañones, conjuntos de cierre, correderas, un cajón de mecanismos y los complementos necesarios para rehabilitar armas de fuego, principalmente para fusiles de asalto tipo AR15/M16/M4 y pistolas GLOCK), por un valor aproximado de

22.700$.

Como la venta de este tipo de piezas en los EE.UU, es libre para sus nacionales con residencia en el país, y como no podían ser remitidas directamente al acusado, cuyo domicilio está ubicado en España, contaba con la colaboración del ciudadano estadounidense identificado durante la investigación como Leoncio, persona encargada de la recepción de estas piezas fundamentales en su domicilio de EE.UU, para posteriormente enviar, a través de paquetería y fuera de los cauces legalmente establecidos, dichas piezas fundamentales al domicilio del acusado en España.

En la diligencia de entrada y registro practicada el 17 de diciembre de 2.012, en el domicilio del acusado, sito en la CALLE000, n.° NUM001, piso NUM002 - NUM003, de la localidad de Alcalá de Henares, autorizada mediante auto de fecha 17 de diciembre de 2.012, dictado por el Juzgado de Instrucción n.° 6 de Alcalá de Henares, se hallaron los siguientes efectos:

MUNICIÓN

  1. - incautaron siete (7) proyectiles sin disparar

  2. - quince mil setecientos cuarenta y tres (15.743) cartuchos, de los cuales:

    2.1.1.- Cuatro mil ochocientos noventa y tres (4.893), considerados, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de la Orden Ministerial 81/93, de 29 de julio, que desarrolla el contenido del artículo 6 (Armas de Guerra), del vigente Reglamento de Armas, munición de guerra, en concreto,

    2.1.1.1.- - mil doscientos veintisiete (1.227) cartuchos del calibre 7,62 x 39 mm.,

    2.1.1.2.- dos mil doscientos sesenta y seis (2.166) cartuchos del calibre 5,56 x 45 mm,

    2.1.1.3.- mil cuatrocientos treinta y cinco (1.435) cartuchos del calibre 7,62 x 51 mm.

    2.1.1.4.- cincuenta y tres (53) cartuchos del calibre 12,7 x 99 mm.,

    2.1.1.5.- once (11) cartuchos del calibre 12,7 x 75 mm que no constan en la pericial

    2.1.1.6.- cartucho del calibre 14,5 x 114 mm., que se encontraban en correctas condiciones de conservación y funcionamiento, que no constan en la pericial

    2.1.2.- Diez mil ochocientos cincuenta (10.850) cartuchos, entre otros,

    2.1.2.1.- mil ciento setenta y ocho (1.178) cartuchos y seis proyectiles sin disparar, correspondientes a munición metálica de percusión central del calibre .45 Auto,

    2.1.2.2.- dieciséis (16) cartuchos del calibre .45 Auto Rim,

    2.1.2.3.- quinientos ventiocho (528) cartuchos del calibre .38 Special,

    2.1.2.4.- doscientos once (211) cartuchos del calibre .357 Magnum,

    2.1.2.5.- ciento diecisiete (117) cartuchos del calibre 7,63 mm. Mauser,

    2.1.2.6.- cuatrocientos (400) cartuchos del calibre 7,65 mm. Broning,

    2.1.2.7.-ciento cincuenta cartuchos (150) del calibre 7,62mm. Tokarev,

    2.1.2.8.-cien (100) cartuchos del calibre 6,35 mm. Browning,

    2.1.2.9.-cuarenta y un (41) cartuchos del calibre 9mm. Bergman Bayard, todos ellos en buen estado de conservación y funcionamiento, pudiendo ser disparados por cualquier arma adecuada a su calibre.

    Salvo cincuenta y dos cartuchos con proyectiles de tipo semiblindado de punta hueca, que están prohibidos a particulares, el resto de la munición incautada del calibre .45 Auto, .45 Auto Rim, .38 Special, .357 Magnum, 7,63 mm. Mauser, 7,65 mm. Broning, 7,62mm. Tokarev, 6,35 mm. Browning, 9mm. Bergman Bayard, está autorizada para uso civil por personas en posesión de la correspondiente licencia y guía de pertenencia y en los límites marcados por la Ley.

    2.1.2.10.- dos mil cuatrocientos sesenta y siete (2.467) cartuchos del calibre 9 mm. Parabellum y mil treinta y un (1.031) cartuchos del calibre 9 mm Corto, en correctas condiciones de conservación y funcionamiento. De ellos, doscientos cartuchos del calibre 9 mm. Parabellum de la marca "MEN" tipos "QD PEP" Y "PTP" montan proyectiles de punta hueca de tipo policial, que están prohibidos a particulares. El resto de la munición del calibre 9 mm. Parabellum y 9 mm. Corto, está autorizada para uso civil por personas en posesión de la correspondiente licencia y guía de pertenencia y en los límites que marca la Ley.

    2.1.2.11.- También se incautaron un disparo de lanzagranadas automático de 40mm., un disparo del calibre 25/135mm., ocho (8) cartuchos y un proyectil, prohibidos a particulares.

    2.1.2.12.- 1061 cartuchos del calibre 7,62 x 63 mm.,

    2.1.2.13.- 936 cartuchos del calibre 7,62 x 33mm.,

    2.1.2.14.- 10 cartuchos del calibre 9,3 x 74 mm.,

    2.1.2.15.- 990 cartuchos del calibre 7,92 x 57mm.,

    2.1.2.16.- 1.400 cartuchos del calibre 5,56 x 15mm.,

    2.1.2.17.- 20 cartuchos del calibre 6,15 x 52mm.,

    2.1.2.18.- 30 cartuchos del calibre 7,7 x 56mm.,

    2.1.2.19.- 40 cartuchos del calibre 7,62 x 54mm.,

    2.1.2.20.- 8 cartuchos del calibre 7,92 x 33mm.,

    2.1.2.21.- 19 cartuchos del calibre 7 x 57mm.,

    2.1.2.22.- 47 cartuchos del calibre 7,62 x 24mm. y

    2.1.2.23.- 34 cartuchos inertes.

    2.1.2.24.- También se incautaron, entre otros, una granada de mano EXPAL EA M5 ofensiva/defensiva y una granada de mano M5 ofensiva, ambas en óptimo estado de conservación, estando catalogadas como armas de guerra, si bien, su peligrosidad explosiva era nula en el momento de la incautación por carecer de otros elementos necesarios para reconvertirlas en artefactos reales,

    ARMAS Y PIEZAS DE ARMAS

  3. - un soporte de cierre de fusil tipo Kalashnikov,

  4. - tres conjuntos de recuperador de fusil tipo Kalashnikov,

  5. - una culata, un cajón de mecanismos, un cierre y varias piezas de fusil tipo "F.A.L.",

  6. - un cajón de mecanismos de fusil tipo "H&K G-3",

  7. - un fusil tipo Kalashnikov inutilizado sin cargador,

  8. - un cajón de mecanismos de fusil tipo "VZ-58",

  9. - otro fusil tipo Kalashnikov inutilizado y sin cargador,

  10. - un cajón de mecanismos, con cañón, mecanismo de disparo y culata de fusil tipo "VZ-58",

  11. - un armazón, una corredera y un cañón marca SPRINGFIELD ARMORY,

  12. - una corredera de pistola marca "CASPIAN",

  13. - un subfusil inutilizado tipo "UZI",

  14. - un subfusil inutilizado marca "STEYR",

  15. - un cierre inutilizado de subfusil tipo "STEN",

  16. - un cajón de mecanismos superior con cañón inutilizado de pistola ametralladora "SKORPION",

  17. - dos...

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