AAP Baleares 38/2019, 27 de Febrero de 2019
Ponente | ANA CALADO OREJAS |
ECLI | ES:APIB:2019:45A |
Número de Recurso | 718/2018 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 38/2019 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
AUTO: 00038/2019
Modelo: N01450
PLAÇA DES MERCAT Nº 12
Teléfono: 971-71-20-94 Fax: 971-22.72.20
Correo electrónico: audiencia.s3.palmademallorca@justicia.es Equipo/usuario: ACO
N.I.G. 07026 42 1 2017 0005475
ROLLO: RQJ RECURSO DE QUEJA (LECN) 0000718 /2018
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de EIVISSA Procedimiento de origen: EJH EJECUCION HIPOTECARIA 0000267 /2017 Recurrente: TEULAVER, S.L.
Procurador: MARIA EULALIA ARBONA NIELL
Abogado:
Recurrido:
Procurador:
Abogado:
Rollo núm. 718/18
A U T O núm. 38
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE ACCTAL:
D. Jaime Gibert Ferragut
MAGISTRADOS:
Dña. María Encarnación González López
Dña. Ana Calado Orejas
En Palma de Mallorca a veintisiete de febrero de dos mil diecinueve.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de queja procedente de la Pieza de Oposición a Ejecución Hipotecaria nº 267/17 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de Ibiza, Rollo de Sala núm. 718/18, entre TEULAVER S.L. como ejecutado-recurrente, representada por la Procuradora Sra. Arbona y asistida del Letrado Sr. Serrano, y SOFIA LUXCO SARL, como ejecutante y no comparecida en la alzada.
ES PONENTE la Ilma. Sra. Dña. Ana Calado Orejas.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Ibiza se dictó Auto en fecha 11 de diciembre de 2018 en los referidos autos en cuya parte dispositiva se acuerda:
ÚNICO.- Inadmitir el recurso de apelación presentado por la Procuradora de los tribunales/ Dña. MARÍA EULALIA ARBONA NIELL, a instancia de TEULAVER SL.
Contra la expresada resolución, y por la representación de la ejecutada se interpuso recurso de queja que fue admitido y, seguido por sus trámites, se señaló para votación y fallo el día 26 de febrero de 2019.
En la Pieza de Oposición a Ejecución Hipotecaria nº 267/17 se dictó el 13 de julio de 2018, auto estimando parcialmente la oposición presentada por la representación procesal de TEULAVER S.L.
Contra dicha resolución se interpuso por parte del mentado, recurso de apelación que fue inadmitido en virtud de Auto de 11 de diciembre de 2018 .
Frente a dicha inadmisión se alza la mencionada entidad interponiendo recurso de queja.
La inadmisión del recurso de apelación se fundamentó en la omisión del depósito previsto en la D.A. 5ª de la L.O.P.J .
El recurrente alega que se debió a un error involuntario por cuanto siendo su intención recurrir en reposición y en apelación, respectivamente, sendas resoluciones dictadas en la pieza separada de oposición y en los autos principales, constituyó dos depósitos de 25 euros aun cuando la dirección letrada...
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