STSJ Galicia , 6 de Febrero de 2019

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
Fecha06 Febrero 2019
CategoríaSeguridad e higiene en el trabajo,Accidente laboral,responsabilidad contractual,Responsabilidad civil,daños y perjuicios,responsabilidad de la empresa,seguro de responsabilidad civil,responsabilidad extracontractual,ley de ejecución de penas y medidas de seguridad

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N 15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939 Fax: 881-881133/981184853

NIG: 15036 44 4 2017 0000824

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003039 /2018 PM

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000402 /2017

Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL

RECURRENTE/S D/ña TERMINALES MARITIMOS DE GALICIA,S.L., ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., Cesar

ABOGADO/A: LUIS ABELARDO SOUTO MAQUEDA, JESUS PORTA DOVALO

RECURRIDO/S D/ña: NORTEMPO ETT, SL, HELVETIA COMPAÑIA SUIZA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS

ABOGADO/A: CRISTINA MILLARA MARTINEZ

PROCURADOR: EDUARDO LUIS FARIÑAS SOBRINO

Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE PRESIDENTE DE LA SALA

ILMO/AS. SR/AS.

LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a seis de febrero de dos mil diecinueve.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIEREEL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 3039/2018, formalizado por TERMINALES MARITIMOS DE GALICIA,S.L., ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., Cesar, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de FERROL en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 402/2017, seguidos a instancia de Cesar frente a NORTEMPO ETT, SL, TERMINALES MARITIMOS DE GALICIA,S.L., ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS

Y REASEGUROS, S.A., HELVETIA COMPAÑIA SUIZA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Cesar presentó demanda contra NORTEMPO ETT, SL, TERMINALES MARITIMOS DE GALICIA,S.L., ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., HELVETIA COMPAÑIA SUIZA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Cesar, nacido el NUM000 /1957, sufrió el 17/08/2015 un accidente de trabajo.

SEGUNDO

El referido accidente se produjo cuando ese día se estaban realizando trabajos de recepción y depósito en el puerto de A Coruña de barras de acero corrugado. Tales barras, dispuestas en atados de 12 metros de longitud, 12 mm de diámetro, y peso unitario del atado aproximado de entre 2.200 y 2.300 kilos, venían trasportadas en camión, e iban a ser depositadas apiladas en 6 pilas de atados hasta 6 niveles, sobre suelo de hormigón y tacos de madera, por medio de carretilla elevadora, utilizada por un carretillero, en grupos de 4 atados -la carretilla elevadora era capaz de soportar una carga máxima de 12.000 kg aproximadamente-, siendo necesarios también para la tarea dos peones de operaciones, peones en labores de colocación de tacos de madera sobre los cuales descansar los atados de acero y que también se utilizan para separar los distintos niveles de atados, tacos que iban siendo colocados los peones mientras el carretillero con la carretilla elevadora iba a buscar un nuevo grupo de varillas. Así, encontrándose la zona de trabajo delimitada por la parte de atrás con un murete y alambrada, colocaron en el suelo en sentido perpendicular con respecto al murete posterior, cinco líneas tacos de madera, así como dos tacos solapados para hacer una cama sobre la que depositar la carga, y una vez colocados los tacos en sentido perpendicular con respecto al murete, se fueron depositando, sobre los mismos, atados en sentido paralelo con respecto a los trabajadores y al muro, de forma que antes de colocar la siguiente altura, los peones de operaciones, situados en ambos extremos de la carga, colocaban de nuevo tacos sobre los atados. En un momento determinado, cuando se estaba colocando otro nivel, se cae uno de los atados hacia la parte posterior de una pila por el lado contrario por donde estaba circulando la carretilla. Para poder recogerlo se deshizo lo hecho hasta entonces recogiendo con la carretilla las f‌ilas. Cuando se procedía a recoger el restante paquete de cuatro atados de barras corrugadas, levantándolos con las uñas de la carretilla e izándolos a una altura aproximada de entre 20 a 30 cms del suelo, uno de los peones, el demandante, -que había sido contratado ese día por la empresa Nortempo E.T.T, para su puesta a disposición de la empresa Terminales Marítimos de Galicia S.L.-, manteniéndose la carretilla en posición de parada con la carga elevada a dicha altura aproximada, trataba de recolocar un taco de madera, que se había movido durante las maniobras de la máquina, utilizando para ello otro taco de madera, y, en ese instante, el atado más próximo al extremo de las uñas, que se encontraba en la parte exterior de las uñas de la carretilla, de los cuatro que estaban siendo mantenidos elevados por la carretilla, se cayó atrapándole al demandante la mano derecha y un pie. TERCERO.- Al demandante, que había tenido contrataciones previas por parte de la E.T.T. Nortempo, que había valorado su experiencia profesional y formación, le había sido entregadas, teniendo las empresas Nortempo E.T.T. y Terminales Marítimos de Galicia S.L., acuerdo previamente suscrito de coordinación de prevención de riesgos laborales, las evaluaciones de riesgos de la empresa usuaria Terminales Marítimos de Galicia S.L., f‌irmando esté con su recepción sus diversas páginas, que incluyen la de la manipulación de varilla corrugada -perf‌iles atados/paquetes-, con expresión en ella como riesgo identif‌icado el de golpes/cortes por objetos o herramientas, atrapamientos, caída de objetos desprendidos; contemplando en el subapartado de actos/condición: golpes, amputaciones o atrapamientos durante el traqueado de los paquetes de Varillas; desprendimiento o movimiento brusco de las mismas. Cuando se arría la izada de VARILLA, al quedar sin tensión las cadenas que la rodean (son cadenas sinfín y acortadores de cadena) puede zafarse un extremo y derrumbarse la pila, con el consiguiente riesgo de atrapamiento para el personal que se encuentra deslingándola). Y como medidas preventivas se prevén medidas de información (normas) a entregar por escrito y con acuse de recibo, y expresión entre otras, de: *Es obligatorio el uso de botas de seguridad, casco y buzo durante la permanencia en los muelles y buques. *Se prohibe expresamente permanecer delante de las pilas cuando esta operando la carretilla elevadora o la pala. Una vez situado el paquete de la varilla sobre los tacos, el carretíllero debe comprobar que no se encuentre ninguna También esta evaluación de riesgos de la empresa Terminales Marítimos de Galicia S.L, en las páginas que había recibido y f‌irmado el demandante, contenía en su apartado de tareas generales y comunes a las manipulaciones portuarias, la relativa a riesgos de atrapamiento por derrumbamientos o movimientos bruscos de las mercancías mal estibadas, durante el taqueado de las mismas, durante el eslingado o deslingado,

o durante el guiado de paquetes, jaulas y en general cualquier mercancia que necesite ser guiada a su ubicación en operaciones de estiba, como medida preventiva la de medidas de información -normas- a entregar por escrito y con acuse de recibo, y expresión, entre otras, de: *Se prohibe realizar el taqueado, eslingado o deseslingado al mismo tiempo que los paquetes son depositados mediante la grúa, la carretilla o pala cargadora. *Los tacos se colocarán antes de que se aproxime de la carga, y en ningún momento se realizarán resposicionamientos de las mismas directamente con las manos bajo la carga suspendida (se utilizaran cuñas largas o elementos auxiliares que permitan introducirlas bajo las cargas en estos casos). *Es obligatorio el uso de los guantes de seguridad, casco y buzo durante la permanencia en los muelles y buques. CUARTO.- El demandante contaba con diversa formación, entre otra, curso impartido en diciembre de 2014 de formación presencial específ‌ica de ocho horas en materia de prevención de riesgos laborales directamente de la empresa Terminales Marítimos de Galicia S.L, para el puesto de peón de operaciones, y también cubrió en diciembre de 2014 un cuestionario de comprobación de formación sobre prevención de riesgos laborales donde, en relación a reglas preventivas básicas a observar en el trabajo portuario de estiba, acreditó su conocimiento de la de no permanecer bajo una carga suspendida y su trayectoria. QUINTO.- El demandante inició un proceso de incapacidad temporal por la contingencia accidental con efectos del mismo día 17/08/2015, y una base reguladora diaria de 79,20 euros, y agotada con fecha de 15/08/2016 la duración de 365 días, el INSS resolvió reconocerle situación de prórroga por un plazo máximo de 180 días. Posteriormente el INSS, previo dictamen propuesta del EVI de 25/01/2017, le reconoció el 24/02/2017 prestación de incapacidad permanente en el grado de total para la profesión habitual por la contingencia del accidente de trabajo, resolución del INSS de reconocimiento de grado incapacitante que ha sido impugnada por la empresa Terminales Marítimos de Galicia

S.L en demanda presentada el 15/06/2017. SEXTO.- Tiene también a consecuencia del accidente las siguientes secuelas: mano derecha catastróf‌ica (miembro rector) en la que presenta amputación transmetacarpiana de 2° dedo, cicatrices en dorso de mano (7 cm) y palma (5.5 cm con mínima retracción), y realiza puño y pinza con 3,4, y 5° dedos con un mínimo déf‌icit de fuerza, siendo la f‌lexoextensión de los dedos conservada, así como presenta limitación en la...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex
37 sentencias
  • STSJ Galicia 5770/2022, 21 de Diciembre de 2022
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • 21 Diciembre 2022
    ...en particular, debemos recordar que, tal como tenemos indicado en ocasiones anteriores -así, en SSTSJ Galicia 10/05/19 R. 210/19, 06/02/19 R. 3039/18, 26/11/18 R. 2433/18, 27/09/18 R. 1721/18, 08/02/18 R. 4425/17, 16/03/17 R. 3932/16, 13/10/16 R. 1495/16, 29/04/16 R. 3389/15, etc.-, la más ......
  • STSJ Galicia 4278/2019, 29 de Octubre de 2019
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • 29 Octubre 2019
    ...la jurisprudencia sobre el particular: "...debemos recordar que, tal como tenemos indicado en ocasiones anteriores -así, en SSTSJ Galicia 06/02/19 R. 3039/18, 26/11/18 R. 2433/18, 27/09/18 R. 1721/18, 08/02/18 R. 4425/17, 16/03/17 R. 3932/16, R. 1495/16, 29/04/16 R. 3389/15, etc.-, la más a......
  • STSJ Galicia , 28 de Mayo de 2020
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • 28 Mayo 2020
    ...jurídica puede compartirse; en particular, debemos recordar que, tal como tenemos indicado en ocasiones anteriores -así, en SSTSJ Galicia 06/02/19 R. 3039/18 , 26/11/18 R. 2433/18, 27/09/18 R. 1721/18, 08/02/18 R. 4425/17, 16/03/17 R. 3932/16, 13/10/16 R. 1495/16, 29/04/16 R. 3389/15, etc.-......
  • STSJ Galicia 2556/2022, 27 de Mayo de 2022
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • 27 Mayo 2022
    ...la jurisprudencia sobre el particular: "...debemos recordar que, tal como tenemos indicado en ocasiones anteriores -así, en SSTSJ Galicia 06/02/19 R. 3039/18, 26/11/18 R. 2433/18, 27/09/18 R. 1721/18, 08/02/18 R. 4425/17, 16/03/17 R. 3932/16, 13/10/16 R. 1495/16, 29/04/16 R. 3389/15, etc.-,......
  • Comienza Gratis