STSJ País Vasco 324/2018, 9 de Julio de 2018

PonenteMARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO
ECLIES:TSJPV:2018:2599
Número de Recurso920/2016
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución324/2018
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 920/2016

DE Procedimiento ordinario

SENTENCIA NUMERO 324/2018

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª. MARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO

MAGISTRADOS:

D. JOSE ANTONIO GONZÁLEZ SAIZ

Dª. TRINIDAD CUESTA CAMPUZANO

En Bilbao, a nueve de julio de dos mil dieciocho.

La Seccion 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados/as antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 920/2016 y seguido por el procedimiento ordinario, en el que se impugna: Resolución de 26/10/2016 del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Bizkaia por la que se f‌ija el justiprecio de la f‌inca registral 19.474/A, de Begoña, integrada en la Unidad de Ejecución UE 234.01 Zurbarambarri, que ha sido objeto de un expediente urbanístico de ocupación directa tramitado por el Ayuntamiento de Bilbao, al amparo de lo dispuesto en el Art. 188 por el "Proyecto de Ocupación Directa de los terrenos ubicados en el U.E. 234.01 con destino a dotaciones públicas, Procedimiento de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco", en la cantidad de 203.354,61 ?.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : PROMOCIONES ARTXANDAPE S.L., representado por la Procuradora Dª. ROSA ALDAY MENDIZABAL y dirigido por el Letrado D. DIEGO LASHERAS ORTIZ.

- DEMANDADA : ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, representado y dirigido por el Letrado del SERVICIO JURÍDICO CENTRAL DEL GOBIERNO VASCO.

- OTRAS DEMANDADAS: AYUNTAMIENTO DE BILBAO, representado y dirigido por el Letrado Municipal D. RAFAEL PINEDA USPARITZA.

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora Dª. MÓNICA DURANGO GARCÍA y dirigido por el Letrado D. JULEN EGUILUZ OLANO.

Ha sido Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Dª. MARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 30-12-2016 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. ROSA ALDAY MENDIZABAL actuando en nombre y representación de PROMOCIONES ARTXANDAPE S.L., interpuso recurso contenciosoadministrativo contra Resolución de 26/10/2016 del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Bizkaia por la que se f‌ija el justiprecio de la f‌inca registral 19.474/A, de Begoña, integrada en la Unidad de Ejecución UE 234.01 Zurbarambarri, que ha sido objeto de un expediente urbanístico de ocupación directa tramitado por el Ayuntamiento de Bilbao, al amparo de lo dispuesto en el Art. 188 por el "Proyecto de Ocupación Directa de los terrenos ubicados en el U.E. 234.01 con destino a dotaciones públicas, Procedimiento de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco", en la cantidad de 203.354,61 ?.; quedando registrado dicho recurso con el número 920/2016.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en el expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimase los pedimentos de la actora.

TERCERO

En los escritos de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso contencioso-administrativo interpuesto, conf‌irmándose el acto administrativo impugnado, con condena en costas a la demandante.

CUARTO

Por Decreto de 22/6/17 se f‌ijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 15/3/18 se señaló el pasado día 20/3/18 para la votación y fallo del presente recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por PROMOCIONES ARTXANDAPE, S.L., se recurre en vía contencioso administrativa la Resolución de 26/10/2016 del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Bizkaia por la que se f‌ija el justiprecio de la f‌inca registral 19.474/A, de Begoña, integrada en la Unidad de Ejecución UE 234.01 Zurbarambarri, que ha sido objeto de un expediente urbanístico de ocupación directa tramitado por el Ayuntamiento de Bilbao, al amparo de lo dispuesto en el Art. 188 por el "Proyecto de Ocupación Directa de los terrenos ubicados en la U.E. 234.01 con destino a dotaciones públicas, Procedimiento de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco", en la cantidad de 203.354,61 ?.

SEGUNDO

La presente causa trae causa de los siguientes hechos:

  1. -El Acta de Ocupación Directa lo fue en fecha 28/10/2008, efectuada por el Ayuntamiento de Bilbao, al amparo de lo dispuesto en el Art. 188 por el "Proyecto de Ocupación Directa de los terrenos ubicados en la U.E. 234.01 con destino a dotaciones públicas (dotación local de vialidad pública-zonas verdes), Procedimiento de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco". Siendo subrogada la f‌inca registral nº 19.474/A, en virtud de dicha Acta por el reconocimiento del derecho a un aprovechamiento urbanístico equivalente en el Área de Reparto 234, el cual fue inscrito a nombre de la mercantil Promociones Artxandape, S.L. inscrito en el Registro de la Propiedad con fecha 23/01/2009, con el siguiente contenido: "consiste en la EDIFICABILIDAD URBANÍSTICA DE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS Y NOVENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS. DE APROVECHAMIENTO DE USO Y TIPOLOGÍA CARACTERÍSTICOS DEL ÁREA DE REPARTO 234, correspondiente a la, PARCELA DE TERRENO f‌inca registral 19.474/A, obrante al folio 51 del libro 1268 de Begoña, y cuya cuantía se adecuará, según la superf‌ici resultante, a lo que determine la legislación y el planeamiento de aplicación en el momento de la reparcelación de la UE 234.01, o del ámbito que resulte de modif‌icarse el planeamiento, o, en su caso, en el de la expropiación."

  2. - Con fecha 26/05/2015, Promociones Artxandape, S.L. solicito al Ayuntamiento de Bilbao, que se incoara expediente de expropiación forzosa de la f‌inca ocupada y, mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local de 14/10/2015, se acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa y aprobar inicialmente la relación de bienes derechos afectados, declarando la necesidad de la ocupación. Y tras la audiencia de la mercantil recurrente se presentó su escrito de alegaciones acerca de la f‌inca registral de Begoña nº 14.474/A, no la del registro de la Propiedad 2.120 m2 sino la de 2.335,90m2, recogida en el Catastro inmobiliario, y que se trasladase la corrección al aprovechamiento urbanístico reconocido en el Acta de Ocupación Directa, que partía de 2.120 m2.

  3. - Que mediante Resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de fecha 16/03/2016, acordó aprobar def‌initivamente la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación y declarar la necesidad de ocupación, manteniendo la edif‌icabilidad urbanística reconocida en el Acta de Ocupación Directa, de 1659,96 Unidades de .Aprovechamiento.

  4. - Que en fecha 28/04/2016, se dictó Acuerdo por el Ayuntamiento de Bilbao y se otorgó carta de naturaleza a la rectif‌icación del aprovechamiento tipo del Área de Reparto 234, f‌ijándola en 0,73m2/m2.

  5. - En fecha 6/05/2016, Promociones Artxandape, S.L. presento escrito de alegación aportando la Hoja de aprecio, fundamentando su valoración en el informe emitido por D. Luis Pedro, de fecha mes de diciembre de 2014. Y en el que se valora el justiprecio de la f‌inca expropiada en el importe de 2.034.960 ?, premio de afección incluido.

  6. -En fecha 3/06/2016, Resolución del Concejal Delegado del Área de Planif‌icación, se desestimó la hoja de aprecio de la mercantil Promociones Artxandape, S.L. aprobando en su lugar la hoja de aprecio donde se f‌ijaba el Justiprecio expropiatorio, premio de afección incluido, en la cantidad de 203.354,60?, en base al informe elaborado por la Jefa de Negociado Técnico de Expropiaciones de 30/05/2016, concediendo plazo a la mercantil para realizar alegaciones las cuales presento.

    7 º.- Y tras lo cual, en fecha 26/10/2016, se dictó la Resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa, que acordó estimar la hoja de aprecio formulada por el Ayuntamiento de Bilbao y f‌ijar el justiprecio en 203.354?, premio de afección incluido, acto impugnado en el presente recurso.

  7. - Y se recurre de manera indirecta por el Art 26 LJCA, el PGOU, aprobado por la Resolución de la Diputación Foral de Bizkaia de 27/12/1994, (BOB nº 170 de 26/06/1995) en relación a la naturaleza reglamentaria de la delimitación de suelo urbano de las Áreas de reparto y Unidades de ejecución, con motivo de la inviabilidad económica y arbitraria delimitación en el suelo urbano de las áreas de reparto 234 y Unidad de Ejecución 234.01, así como la inadecuada adscripción de la f‌inca registral nº 19.474/A al ámbito del Área de Reparto 234.

TERCERO

Interesa de esta Sala en el Suplico de la demanda el dictado de sentencia que:

1.- Anular y dejar sin efecto el Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao, impugnado indirectamente, en lo que se ref‌iere a la delimitaicón del Área de Reparto 234 y de la Unidad de Ejecución UE234.01.

Subsidiarimente, se acuerde la adscripción de la f‌inca registral nº 19.474/A de Begoña al Área de Reparto 220, modif‌icando a tal efecto la delimitación de dicho Área de Reparto, así como la del Área de Reparto 234.

2.- Anular y dejar sin efecto la resolución del Jurado Territorial de Exporiación Forzosa de Bizkaia, adoptada en sesión nº 8/2016, de 26 de octubre.

3.- Fijar el justiprecio expropiatorio del aprovechamiento urbanísitco corespondiente a la...

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