STSJ Canarias 419/2018, 23 de Abril de 2018
Ponente | MARIA CARMEN GARCIA MARRERO |
ECLI | ES:TSJICAN:2018:788 |
Número de Recurso | 698/2017 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 419/2018 |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
Sección: CO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL
Plaza San Francisco nº 15
Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 479 373
Fax.: 922 479 421
Email: socialtsjtf@justiciaencanarias.org
Rollo: Recursos de Suplicación
Nº Rollo: 0000698/2017
NIG: 3803844420160006377
Materia: Despido
Resolución:Sentencia 000419/2018
Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000895/2016-00
Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife
Recurrente: Justino ; Abogado: AGUSTIN O ARNAY QUEVEDO
Recurrido: Leonardo ; Abogado: IDAIRA DOMINGUEZ LEMUS GONZALEZ
FOGASA: FOGASA
En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 2018.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA, D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO y D./Dña. FÉLIX BARRIUSO ALGAR, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 0000698/2017, interpuesto por D. Justino, frente a Sentencia 000044/2017 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000895/2016-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO.
Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Justino, en reclamación de Despido siendo demandado/a D. Leonardo y FOGASA y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 25 de enero de 2017, por el Juzgado de referencia.SEGUNDO.- En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- D. Justino prestó servicios para la demandada Leonardo durante los meses de noviembre y diciembre de 2015, con la categoría profesional de oficial de primera y sin que las partes suscribieran contrato de trabajo alguno.
D. Justino no fue dado de alta en el régimen de Seguridad Social por la demandada durante el tiempo que prestó sus servicios. TERCERO.- La demandada Leonardo abonaba al trabajador su salario en efectivo según las horas que hubiese trabajado. CUARTO.- La empresa demandada Leonardo es una empresa dedicada a la pintura y acristalamiento con domicilio social en Calle Américas Barrio Nuevo, 62, San Cristóbal de la Laguna. QUINTO.- La parte actora interpuso en fecha 23 de septiembre de 2016 papeleta de conciliación ante el SEMAC teniendo lugar el acto con resultado Intentado sin efecto, el día 19 de octubre de 2016 (Folio
8). TERCERO.- El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: Que DEBO DESESTIMAR y DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por D. Justino, y, en consecuencia, absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos deducidos en su contra.CUARTO.- Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D. Justino, y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo el día 19 de abril de 2018.
ÚNICO- La parte actora ha formalizado recurso de suplicación al amparo de lo dispuesto en el artículo 193.b) de la LRJS . Señala que la sentencia de instancia da por sentado que el actor no trabajó durante los meses de noviembre y diciembre de 2015 sin ningún soporte documental...
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