SAP Toledo 119/2018, 12 de Diciembre de 2018

PonenteEMILIO BUCETA MILLER
ECLIES:APTO:2018:1130
Número de Recurso135/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución119/2018
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1TOLEDO 00119/2018

Rollo Núm.......................135/2018.-Juzg. de lo Penal Núm...1 de Toledo.-P. Abreviado Núm............303/2018.- SENTENCIA NÚM. 119

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

En la Ciudad de Toledo, a doce de diciembre de dos mil dieciocho.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SEN TENCIA

Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 135 de 2018, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, en el Procedimiento Abreviado Núm. 303/2018, por robo con fuerza en las cosas, y en Diligencias Previas Núm. 3/2018 del Juzgado de Instrucción Núm. 7 de Toledo, en el que han actuado, como apelante el Ministerio Fiscal y como apelante y apelado Donato

, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Blanco y defendido por el Letrado Sr. Esquíroz Molina.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, con fecha 1 de octubre de 2018, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "Que debo QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Felix :

A.- Como CÓMPLICE penalmente responsable de UN DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LOCAL ABIERTO AL PÚBLICO cometido en la sucursal de Caja Rural de Castilla La Mancha de Burguillos, previsto por los arts. 237 y 242.1 y 2 del C. Penal, concurriendo la agravante de reincidencia prevista por el art. 22.8 del C. Penal, a:

  1. - La pena de DOS AÑOS, SIETE MESES Y DIECISÉIS DÍAS DE PRISIÓN.

  2. - La pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la pena.

  3. - Que indemnice subsidiariamente a Caja Rural de Castilla La Mancha por importe de 40.130 euros, más el interés previsto por el art. 576 L.E.C ., quedando supeditado el pago a que en fase de ejecución de sentencia sea probado que Caja Rural de Castilla La Mancha no ha sido indemnizada por su entidad aseguradora.

    B.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LOCAL ABIERTO AL PÚBLICO cometido en la sucursal de Caja Rural de Castilla La Mancha de Pantoja, previsto por los arts. 237 y 242.1 y 2 del C. Penal, concurriendo la agravante de reincidencia prevista por el art. 22.8 del C. Penal, a:

  4. - La pena de CUATRO AÑOS Y CINCO MESES DE PRISIÓN.

  5. - La pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la pena.

  6. - Que indemnice, conjunta y solidariamente con Donato, a Caja Rural de Castilla La Mancha por importe de

    6.049'33 euros, quedando supeditado el pago a que en fase de ejecución de sentencia sea probado que Caja Rural de Castilla La Mancha no ha sido indemnizada por su entidad aseguradora.

    C.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO DE HURTO DE USO del turismo Opel Vectra matrícula YE-....-E, previsto por el art. 244.1 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  7. - La pena de QUINCE DÍAS DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de CUARENTA Y CINCO EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Felix, en caso de impago total o parcial, de la pena de multa, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad, por cada dos cuotas impagadas, hasta un máximo de SIETE DÍAS.

  8. - Que indemnice a Inocencio, conjunta y solidariamente con Donato, por importe de 700 euros, más el interés previsto por el art. 576 L.E.C .

    D.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO CONTINUADO DE HURTO DE USO de los vehículos Volkswagen Passat matrícula Y-....-TQ, Volkswagen Passat matrícula ....-QBX y Volkswagen Passat matrícula

    ....-XMS, previsto por los arts. 244.1 y 74 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  9. - La pena de UN MES Y QUINCE DÍAS DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Felix, en caso de impago total o parcial, de la pena de multa, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad, por cada dos cuotas impagadas, hasta un máximo de VEINTIDÓS DÍAS.

  10. - Que indemnice a Olegario, conjunta y solidariamente con Donato y con Primitivo, por los daños provocados en el turismo Volkswagen Passat matrícula ....-XMS consistentes en la cerradura de una puerta y sistema de arranque, que serán objeto de concreción en la fase de ejecución de sentencia, más el interés previsto por el art. 576 L.E.C .

    E.- Como AUTOR penalmente responsable de UN DELITO DE RESISTENCIA cometido contra agente de Guardia Civil NUM000 previsto por el art. 556 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  11. - La pena de OCHO MESES DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de SETECIENTOS VEINTE EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Felix para el caso de impago de la pena de multa, total o parcial, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad por cada dos cuotas de multa no pagadas, hasta un máximo de CUATRO MESES.

    D.- El pago de diez treintaiseisavas partes de las costas del proceso.

    QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Donato :

    A.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LOCAL ABIERTO AL PÚBLICO cometido en la sucursal de Caja Rural de Castilla La Mancha de Pantoja, previsto por los arts. 237 y 242.1 y 2 del C. Penal, concurriendo la agravante de reincidencia prevista por el art. 22.8 del C. Penal, a:

  12. - La pena de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN.

  13. - La pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la pena.

  14. - Que indemnice, conjunta y solidariamente con Felix, a Caja Rural de Castilla La Mancha por importe de

    6.049'33 euros, quedando supeditado el pago a que en fase de ejecución de sentencia sea probado que Caja Rural de Castilla La Mancha no ha sido indemnizada por su entidad aseguradora.

    B.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO DE HURTO DE USO del turismo Opel Vectra matrícula YE-....-E, previsto por el art. 244.1 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  15. - La pena de QUINCE DÍAS DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de CUARENTA Y CINCO EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Donato, en caso de impago total o parcial, de la pena de multa, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad, por cada dos cuotas impagadas, hasta un máximo de SIETE DÍAS.

  16. - Que indemnice a Inocencio, conjunta y solidariamente con Felix, por importe de 700 euros más el interés previsto por el art. 576 L.E.C .

    C.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO CONTINUADO DE HURTO DE USO de los vehículos Volkswagen Passat matrícula Y-....-TQ, Volkswagen Passat matrícula ....-QBX y Volkswagen Passat matrícula

    ....-XMS, previsto por los arts. 244.1 y 74 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  17. - La pena de UN MES Y QUINCE DÍAS DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Donato, en caso de impago total o parcial, de la pena de multa, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad, por cada dos cuotas impagadas, hasta un máximo de VEINTIDÓS DÍAS.

  18. - Que indemnice a Olegario, conjunta y solidariamente con Felix y con Primitivo, por los daños provocados en el turismo Volkswagen Passat matrícula ....-XMS consistentes en la cerradura de una puerta y sistema de arranque, que serán objeto de concreción en la fase de ejecución de sentencia, más el interés previsto por el art. 576 L.E.C .

    D.- El pago de cuatro treintaiseisavas partes de las costas del proceso.

    QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Primitivo :

    A.- Como COAUTOR penalmente responsable de UN DELITO CONTINUADO DE HURTO DE USO de los vehículos Volkswagen Passat matrícula Y-....-TQ, Volkswagen Passat matrícula ....-QBX y Volkswagen Passat matrícula

    ....-XMS, previsto por los arts. 244.1 y 74 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a:

  19. - La pena de UN MES Y QUINCE DÍAS DE MULTA, a razón de TRES EUROS DIARIOS, por un total de CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS. Se declara la responsabilidad personal subsidiaria de Primitivo, en caso de impago total o parcial, de la pena de multa, de un día de privación de libertad o de trabajo en beneficio de la comunidad, por cada dos cuotas impagadas, hasta un máximo de VEINTIDÓS DÍAS.

  20. - Que indemnice a Olegario, conjunta y solidariamente con Felix y con Donato, por los daños provocados en el turismo Volkswagen Passat matrícula ....-XMS consistentes en la cerradura de una puerta y sistema de arranque, y solo él por el resto de daños ocasionados al turismo, que serán objeto de concreción en la fase de ejecución de sentencia, más el interés previsto por el art. 576 L.E.C .

    B.- Como AUTOR penalmente responsable de UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL POR CONDUCCIÓN TEMERARIA, previsto por el art. 380.1 del C. Penal, sin concurrencia de circunstancias...

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